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CONSIDERANDO: Que, por Ley N” 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial encargada de la gestión y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por la Ley N” 26623, encargándosele la función de calificar y evaluar alpersonal de los Organos Auxiliares y Administrativos del Poder Judicial y ratificar o cesar al personal, según los resultados de la evaluación; Que, en el marco de la política laboral establecida en el Plan Estratégico de Modernización y Reforma del Poder Judicial se hace necesario elevar el nivel técnico y profesio- nal del personal administrativo y auxiliar jurisdiccional, porlo que se deben ejecutar y desarrollar acciones de califica-ción, evaluación, selección y racionalización del personal yunificarlo en el régimen de la actividad privada, ejecutandolos diversos programas y acciones técnico-administrativaspara lograr este objetivo; Que, para la efectividad y operatividad de las acciones señaladas se hace necesario emitir el acto administrativoque apruebe la ejecución del Programa de Traslado al Régi- men Laboral de la Actividad Privada del Decreto Legislativo N” 728 al Personal Administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial; En uso de las facultades conferidas por las Leyes N”s. 26546, 26623 y 26695, Resoluciones Administrativas N”s. Ol8-CME-PJ, 032-CME-PJ, 031-98-SE-TP-CME-PJ y demás disposiciones concordantes sobre la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la ejecución del Programa de Traslado al Régimen Laboral de la Actividad Privada del Decreto Legislativo N” 728 al Personal Administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del Poder Judicial de los diferentes Organos del Poder Judicial a nivel nacional, el mismo quecomprenderá las siguientes etapas: A. Etapa de Inducción. B. Etapa de Evaluación del personal que no optó por el cambio de Régimen Laboral. Artículo Segundo.- Aprobar las normas para la Ejecu- ción de la Primera Etapa denominada “Inducción” del Pro- grama aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Cortes Supe- riores de Justicia del país, serán los responsables del cumpli-miento de la presente resolución de acuerdo a los lineamien- tos que en la misma se establecen. Artículo Cuarto.- La Gerencia General del Poder Judi- cial! a través de sus diversas dependencias, tendrá la respon- sabilidad de la ejecución de las acciones administrativas queconlleve el cumplimiento del presente Programa. El Gabinete Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial realizará las acciones de coordinación necesarias para el logro del objetivo propuesto del Programa aprobadopor esta resolución. Artículo Quinto.- Los gastos operativos que demande el cumplimiento de la presente resolución, serán de cargo de la Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial, y losbeneficios sociales que se generen serán asumidos por la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de laRepública, a la Gerencia General y a la Gerencia Central de la Reforma del Poder Judicial para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCOTitular del Pliego del Poder Judicial NORMAS QUE REGULAN LA ETAPA DE INDUCCION DEL PROGRAMA DE TRASLADO DEL REGIMEN LABORAL PUBLICO AL RJZGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y AÚXILIAR JURISDICCIONAL DEL PODER JUDICIAL FINALIDAD Artículo l”.-La presente norma tiene por finalidad, establecer la metodología y procedimientos que permitan lograr mediante la inducción el traslado voluntario del personal administrativo y auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, del régimen laboral del Decreto Legislativo N” 276 al régimen laboral del Decreto Legislativo N” 728.OBJETIVO Artículo 2”.- Regular el procedimiento que permita el cambio de régimen laboral del personal auxiliar jurisdic- cional y administrativo del Poder Judicial al régimen laboral del Decreto Legislativo W 728, como consecuencia de las acciones de inducción. ALCANCE Artículo 3”.- Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente norma, el personal administrativo y auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N” 276. BASE LEGAL Artículo 4”.- La presente norma tiene su sustento legal en las siguientes disposiciones: - Ley N” 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial. - Leyes N”s. 26623 y 26695 que amplían las atribuciones conferidas a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial. - Resolución Administrativa N” 305-96-SE-TP-CME-PJ, que aprueba el Reglamento Interno de Trabajo del PoderJudicial. - Decreto Supremo N” 002-97-TR, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N” 728 “Ley de Formación y Promoción Laboral”. DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL Artículo 5”.- La etapa de Inducción está orientada a que el personal administrativo y auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, conozca las ventajas y beneficios que ofrece el régimen laboral del Decreto Legislativo N” 728. Las acciones necesarias serán ejecutadas por la Supervisión de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General y la Gerencia Central de la Reforma siendo coordi-nada por la Jefatura del Gabinete Técnico de la SecretaríaEjecutiva del Poder Judicial. Artículo 6“.- Las acciones de Inducción consistirán en: a.- De Difusión.- Consistente en la distribución y propa- lació n a través de afiches y dípticos sobre el régimen laboral de la actividad privada, precisando sus ventajas para quienes se acojan a dicho régimen. b.- De Inducción.- Brindando información a través de charlas y absolución de consultas in situ y de manera individual. c.- Transferencia formal propiamente dicha.- El personal que desee trasladarse al régimen laboral del Decreto Legis- lativo N” 728, deberá presentar su solicitud de cambio de régimen al Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial donde labora, a partir del día siguiente en que sea publicada la presente resolución hasta el día 15 de diciembre de 1998, según modelo anexo. La Gerencia General, recibirá las solicitudes del personal de las demás dependencias del Poder Judicial, dentro delplazo señalado. Artículo 7”.- El personal Auxiliar Jurisdiccional que viene desempeñándose como Magistrado Suplente, podrá optar por el cambio de régimen laboral. Si opta por dichocambio será contratado a plazo indeterminado, como Auxi-liar Jurisdiccional, Contrato que quedará suspendido mien- tras dure su designación como Magistrado Suplente. Al término de su designación como Magistrado Suplente, automáticamente será rehabilitado su Contrato de Trabajo suscrito anteladamente. El personal Auxiliar Jurisdiccional que viene desem- peñándose como Magistrado Suplente y no opte por el cambio de régimen laboral al término de su designación será evaluado. Artículo 8”.-No están comprendidos en el presente Programa de Cambio de Régimen Laboral, el personal que se encuentre con proceso administrativo instaurado, quienesserán considerados en la etapa de evaluación. El personal cuyo proceso administrativo concluya antes de la etapa de evaluación y fuera absuelto o sancionado conmedidas disciplinarias que no impliquen cese o destitución,podrá optar por el traslado de régimen laboral. Artículo so.-El personal comprendido dentro de los alcances de la Ley N” 20530, de optar por el traslado de régimen laboral, podrá tramitar ante la Supervisión de Personal de la Gerencia de Administración y Finanzas de laGerencia General su pensión de jubilación, la misma que quedará suspendida hasta que finalice su vínculo laboral. En