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se presenta como prueba en un pedido de insolvencia o en un pedido de reconocimiento de créditos. Para efectos de la tramitación de dicho proceso, SC dispone que resultarán aplicables en forma supletoria las normas del proceso de nulidad de cosa juzgada fraudulenta contenidas en el Codigo Procesal Civil. 4.14 Se precisa que sólo el Presidente de las Comisiones firma las resoluciones aprobadas: Con el objeto de reducir las horas hombre que se destinan a la firma de resoluciones, se precisan los términos del Artículo 41” del Reglamenko de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI aprobado por Decreto Supremo N” 02%93-ITINCI, en el sentido que las resoluciones que expidan las Comisiones serán suscritas únicamente por el Presidente. 4.15 Se establecen mayorías requeridas para sesionar válidamente y aprobar resoluciones: Se modifican los literales D y g) del Artículo 19” del Decreto Ley N” 25868, disponiendo que las Comisiones requieren la concurrencia de cuatro de sus miembros para sesionar y que aprueban sus resoluciones con tres votos conformes, teniendo el Presidente vot.0 dirimente en caso de empate. 5. Análisis económico de la reforma propuesta Las modificaciones que se plantean al régimen de reestructuración patrimonial buscan mejorar la calidad de los servicios de reestructuración patrimonial que presta el Indecopi, reduciendo los costos de acceso a este tipo de procedimientos y mejorando la confianza tanto de los acreedores como de los deudores en las decisiones que adopte la Junta de Acreedores. La Ley de Reestructuración Patrimonial busca proveer del marco normativo necesario para la mejor protección de los intereses de los accionistas y acreedores en las situaciones de insolvencia. Esta norma constituye un elemento clave del conjunto de normas en las áreas de derecho empresarial y de promoción de sistemas alternativos de financiamiento a través de los mercados de capitales. 5.1 El principio de responsabilidad limitada En términos generales, el régimen de reestructuración patrimonial se sustenta en el principio de responsabi- lidad limitada que caracteriza a las instituciones empresariales modernas. Este principio permite que los accionistas de una empresa respondan hasta por el íntcgro del capital aportado y que, en casos de insolvencia, los primeros que cobren sean los acreedores hasta por el monto de recursos disponibles. El sistema de reestructuración patrimonial también permite que en los casos de insolvencia, los acreedores tengan la posibilidad de participar, a través de la Junta de Acreedores. en las decisiones sobre el destino futuro de la empresa freestructuración o liquidación). Las unidades empresariales organizadas de acuerdo a este principio generan eficiencias económicas dentro de la empresa que benefician tanto a accionistas como a acreedores, entre las que destacan la reducción de los costos de supervisión de la capacidad de pago de la empresa y la creación de incentivos para la supervisión de su comportamiento. 5.1.1 Reducción de los costos de supervisión sobre la capacidad de pago de la empresa En lo que respecta a la reduccion de los costos de supervisión que los arreedores y accionistas ejercen sobre la capacidad de pago de la empresa, los accionistas, por un lado, tienen incent,ivos para vigilar el comportamiento de la gerencia de la empresa, si desean mantener el valor de su inversión en el tiempo. Los acreedores, por su parte, saben que en casos de insolvencia existen mecanismos ordenados de pago con cargo a los recursos disponibles de la empresa, que no benefician a ningún acreedor en forma particular. 5.1.2 Incentivos para la supervisión del comportamiento de las empresas De otro lado, se generan incentivos para que a través de los precios y los mecanismos de mercado, se supervise el comportamiento de la empresa. La posibilidad de listar las participaciones accionarias en sistemas de negociación bursátil, permite generar mayores recursos para la empresa, atraer inversionistas con mayor visión del negocio, proporcionar mayor liquidez a los accionistas y mayor información a los acreedores sobre la capacidad de pago de las empresas. 5.2 Reducción de costos para acceder a financiamientos La reforma del sistema de reestructuracitin patrimonial que se plantea, busca avanzar en la reducción de los costos de obtener financiamiento a través de los proveedores, garantizándoles un mecanismo ordenado de pago de acreencias en caso de insolvencias. Este en la práctica se ha revelado como un mecanismo eficiente y superior en relación a otros mecanismos referrdos al establecimiento de seguros contra insolvencia o a la constitución de contratos de garant,ías que encarecen los costos de proveerse de financiamiento. En este contexto, corresponde al Estado sentar las bases del marco institucional que garantice mayor transparencia a las operaciones financieras de las empresas, costos reducidos de acceso a mecanismos de financiamiento a través de mercados de valor?s y de capitales de riesgo, así como un sistema normativo que proteja los intereses de los accionistas y acreedores, distribuya en forma clara los riesgos de las operaciones comerciales, y disponga como operaran los mecanismos de decisión sobre el destino futuro de una empresa en situación de insolvencia. El sistema también abre la posibilidad de que acreedores importantes busquen mecanismos especiales para la protección de sus intereses a través de la constitución de contratos de garantía específicos o el establecimiento de sistemas más elaborados para la supervisión de las operaciones de la empresa. En estos casos, los mayores costos de supervisión y contratación de segurcjs, estarán compensados con la reducción de los niveles de riesgo de la inversión. 6. Bibliografía BASTIN, Jean. De la insolvencin al incumplimiento de pago. Temis Revista de Derecho N” 31. Segunda Epoca, 1996.