Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1998 (31/12/1998)


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gado de establecer, mediante acuerdos de Sala Plena, los nrncr&&aekw ruuliarr7&3~~sl ,w&r$.vae~mneIk~& las criterios de sus Salas. La Sala Plena podra ser convocada de oficio por el Presidente del Tribunal Fiscal o a pedido de cualquiera de las Salas. En caso que el MORDAZA o asuntos a tratarse estuvieran referidos a disposiciones de competencia exclusiva de las MORDAZA especializadas en materia tributaria o de las MORDAZA especializadas en materia aduanera, el Pleno podra estar integrado exclusivamente por las MORDAZA competentes por razon de la materia, estando presidida por el Presidente del Tribunal Fiscal, quien tendra MORDAZA dirimente." Articulo 26".- Funcionamiento y atribuciones del Tribunal Fiscal Incorporese como numeral 9) del Articulo 101" del Codigo Tributario, el texto siguiente: "9. Celebrar convenios con otras entidades del Sector Publico, a fin de realizar la notificacion de sus resoluciones, asi como otros que permitan el mejor desarrollo de los procedimientos tributarios." Articulo 27".- Jerarquia de las normas Sustituyase el Articulo 102" del Codigo Tributario, por el texto siguiente: "Articulo 102".-Al resolver el Tribunal Fiscal debera aplicar la MORDAZA de mayor jerarquia. En dicho caso, la resolucion debera ser emitida con caracter de jurisprudencia de observancia obligatoria, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 154"." Articulo 28".- Actos de la Administracion Tributaria Sustituyase el Articulo 103" del Codigo Tributario, por el texto siguiente: "Articulo 103".- Los actos de la Administracion Tributaria seran motivados y constaran en los respectivos instrumentos o documentos. La notificacion Ide los mismos se considera valida cuando se realice en el domicilio fiscal del deudor tributario, mientras este no MORDAZA comunicado el cambio de domicilio, salvo lo dispuesto en el Articulo 104"." Articulo 29".- Formas de notificacion Sustituyase el Articulo 104" del Codigo Tributario, por el texto siguiente: "Articulo 104".- La notificacion de los actos administrativos se realizara, indistintamente, por cualquiera de los siguientes medios: a) Por correo certificado o por mensajero, en el domicilio fiscal, con acuse de recibo o con certificacion de la negativa a la recepcion. En este ultimo caso, adicionalmente, se podra fijar la notificacion en la MORDAZA principal del domicilio fiscal. Asimismo, si no hubiera persona capaz alguna en el mismo o este estuviera cerrado? se lijara la notificacion en la MORDAZA principal del domiciho fiscal. b) Por medio de sistemas de comunicacion por computacion, electronicos, fax y similares, siempre que los mismos permitan confirmar la recepcion. c) Por MORDAZA administrativa, cuando por cualquier circunstancia el deudor tributario se acercara alas oficinas de la Administracion Tributaria. d) Mediante acuse de recibo, entregada de manera personal al deudor tributario o al representante legal de ser el caso, en el lugar en que se los ubique, siempre que el notificado no resida en el domicilio fiscal declarado, nc MORDAZA comunicado su cambio a la Administracion Tributa ria y esta MORDAZA ubicado el MORDAZA domicilio del deudo] tributario; o cuando la direccion consignada como domicilio fiscal declarado sea inexistente. Asimismo, en el caso de personas juridicas o empresas sin personeria juridica, la notificacion podra ser efectuada en el establecimiento donde se ubique al deudor tributario y ser realizada con este o con su representante legal de ser el caso, persona expresamente autorizada, con el encargado de dicho establecimiento o con cualquier dependiente del deudor tributario.
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MORDAZA, jueves 3 1 de diciembre de 1998 e) Mediante la publicacion en el Diario Oficial y en el lisrin ~-~lorpli~dancareadgde los avisos iudiciales o, ocalidad cuando la notificacion no pudiera ser realizada :n el domicilio fiscal del deudor tributario o el del reprejentante del no domiciliado fuera desconocido y cuando, oor cualquier otro motivo imputable al deudor tributario 10 pueda efectuarse la notificacion en alguna de las Formas MORDAZA senaladas. La publicacion que realice la Administracion Tributaria en lo pertinente, debera contener el nombre o razon social de la persona notificada, la numeracion del documento en el que consta el acto administrativo, asi como la mencion a su naturaleza, el MORDAZA de tributo o multa, el monto de estos y el periodo o el hecho gravado; asi como las menciones a otros actos a que se refiere la notificacion. Para efectos de lo establecido en los incisos b), d) y e), si la notificacion fuera recepcionada en dia u hora inhabil, kta surtira efectos al primer dia habil siguiente a dicha ecepcion. Existe notificacion MORDAZA cuando no habiendose vericado notificacion alguna o esta se hubiere realizado sin umplir con los requisitos legales, la persona a quien ha iehidn ndifirarse una actuacion efectua cualquier acto o _-__- ___ __.._-. Testion que demuestre o suponga su conocimiento. Se :onsiderara como fecha de la notificacion aquella en que se practique el respectivo acto 0 gestion." Articulo 30".- Cobranza coactiva como facultad de la Administracion Tributaria Sustituyase el Articulo 114" del Codigo Tributario, por el texto siguiente: "Articulo 114".- La cobranza coactiva de las deudas tributarias es facultad de la Administracion Tributaria, se ejerce a traves del Ejecutor Coactivo y se regira por las normas contenidas en el presente Titulo. La SUNAT, y la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS aprobaran sus respectivos reglamentos mediante Resolucion de Superintendencia respecto de los tributos que administra o recauda. El Ejecutor Coactivo actuara en el procedimiento de cobranza coactiva con la colaboracion de Auxiliares Coactivos. Para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo, se deberan reunir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles; b) Tener titulo de abogado expedido o revalidado 1 conforme a ley; c) No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso; d) No haber sido destituido de la MORDAZA judicial o del Ministerio Publico o de la Administracion Publica o de empresas estatales por medidas disciplinarias, ni de la actividad privada por causa o falta grave laboral; e) Tener conocimiento y experiencia en derecho administrativo ylo tributario; y , f) No tener ninguna otra incompatibilidad senalada por ley. Asimismo, para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo, se deberan reunir los siguientes requisitos: a) Ser ciudadano en ejercicio y estar en pleno goce de sus derechos civiles; b) Acreditar por lo menos el tercer ano de estudios universitarios o concluidos en especialidades tales como Derecho, Contabilidad, Economia o Administracion, o su equivalente en semestres; c) No haber sido condenado ni hallarse procesado por delito doloso; d) No haber sido destituido de la MORDAZA judicial o del Ministerio Publico o de la Administracion Publica o de empresas estatales por medidas disciplinarias, m de la actividad privada por causa o falta g==~p l*horal. e) Tener conocimiento y experiencia en derecho administrativo y/o tributario; f) No tener vinculo de parentesco con el Ejecutor, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad ylo MORDAZA de afinidad, y, g) No tener ninguna otra incompatibilidad senalada por-ley.
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