Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1998 (31/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Lima. jueves 3 1 de diciembre de 1998

TABLA II CODIGO TRIBUTARIO - LIBRO MORDAZA (INFRACCIONES Y SANCIONES)
PERSONAS NATURALES QUE PERCIBAN RENTA DE CUARTA CATEGORIA. PERSONAS ACOGIDAS AL REGIMEN ESPECIAL DE RENTA Y OTRAS PERSONAS Y ENTIDADES NO INCLUIDAS EN LAS TABLAS I Y III, EN LO QUE SEA APLICABLE

INFRACCIONES sistemas o programas computarizados de contabilidad, los soportes magneticos o los microarchivos. 4. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES No presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. Presentar las declaraciones que contengan la determinacion de La deuda tributarla en forma incompleta. Presenlar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta. -Presentar mas de una declaracion rectificatoria o presentar las declaraciones rectificalorias sin tener en cuenta la forma y condiciones que establezca la Administracion Tributaria -Presentar las d e c l a c i o n e s en la forma y/o condiciones distintas establecidas por la Administracion Tributaria. Presentar las declaraciones en lugares distintos a los establecidos Administracion Tributarla. -

!FERENCIA

SANCION

b'ti~ul0 176

Numeral 1

Clene y Mulla (4)
20% da le UIT 20% de le UIT 10% de la UIT 20% de b UIT

Numeral 2
Numeral 3 Numeral 4 Numeral 5

Numeral 6 Numeral 6

20% de la UIT 3036 de la UIT

5. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA. -No exhibir los libros, registros u otros documentos que esta solicite. -Ocultar antecedentes, bienes. documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento, MORDAZA del termino presuiptorio. -Destruir antecedentes. bienes, documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento MORDAZA del termino prescritorio -Poseer o comercializar productos o bienes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias Transportar productos o bienes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias -No mantener en condiciones de operacion los soportes portadores de microformas grabadas y los soportes magneticos utilizados en las aplicaciones que Incluyen datos vinculados con la materia imponible, cuando se efectuen registros mediante microarchivos o sistemas computarizados -Reabrir Indebidamente el local sobre el cual se MORDAZA impuesto la sancion de cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes sin haberse vencido el plazo del cierre y sin la presencia de un funcionario de la Administracion -No proporcionar informacion que sea requerida por la Admmistracion Tributarla sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde ralacion o proporclonarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administracion Tributaria. .Proporcionar a la Administracion Tributaria informacion no conforme con la realidad -No comparecer ante la Admmistracion Tributaria cuando esta lo solicite -Autorizar balances, declaraciones u otros documentos que se presenten a la Administracion Tributaria conteniendo informacion falsa -No exhibir ocultar o destruir carteles, senales v demas medios utilizados o distribuidos por la Administracion Tributaria. -No facilitar a la Administraci6n Tributaria los equipos tknicos de recuperacion visual. pantallas, visores y artefactos similares, para la revisi6n de orden tributario de la documentaci6n micrograbada que serealice en el local del contribuyente. - Violar los precintos de seguridad empleados en la inmov~iiza&n de libros, archivos, documentos, registros en general y bienes de cualquier naturaleza. No efectuar las retenciones o percepctones estableudas por ley salvo que el agente de retenci6n o percepcion hubiera cumplido con efectuar el pago del tributo que debi6 retener o percibir en el plazo establecido por la ley. No proporcionar o comunicar a la Administracion Tributaria. en las condiciones que MORDAZA establezca, las informaciones relativas a hechos generadores de obligaciones tributarias que renga en conocimiento en el ejercicio de la funci6n notarial.

bt¡CUb 177

Numeral 1 Numeral 2 Numeral 2
Numeral 3 Numeral 3 Numeral 4

Cmrre Cierre Cierre (1)
comleo 0 Multe (3) Inl~mamlwdo temporal del vehlculo o Multa (2) Uene

Numeral 5

Cierre (1)

Numeral 6

Cierre

Numeral 7

Cierre
30% de la UIT 60% de la UIT 10% de la UIT 10% de b UIT

Numeral 8 Numeral 9 Numeral 10 Numeral ll

Numeral 12 Numeral 13
60%

Cbne(l)

del tributo r-ta relemdo onoperdbldo
20% da ie UIT

Numeral 14

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