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Lima jueves 3 1 de diciembre de 1 998 TABLA III CODIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES QUE SE ENCUENTREN EN EL REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO- INFRACCIONES sistemas o programas computarizados de contabilidad los soportes magneticos o los mcroarchlvos --~ -- - 1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES No presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda Inbularla dentro de los plazos establecldos. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos astablecidos Presentar las declaraciones que contengan la determmaaon de la deuda tributaria en forma incompleta Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta -Presentar más de una declaraciones rectkalona o presentar las declara iones retificatorias sin tener en cuenta la forma y condtaones que establezca id Administracion Tributaria Presentar las declaraciones en IR forma y/o condiciones distintas establecidas por la Administración Tributaria. Presentar las declaraciones en lugares distlntos a los establecidos Administración Trlbutarla.-- ---- - 5. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA. No exhibir los libros registros u otros documenlos que esta solicite -Ocultar antecedentes, bienes documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento antes del termino prescnptono Destruir antecedentes. bienes. documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento antes del termino prescriptorio -Poseer 0 comercializacion productos o bienes gravados sin el signo de control visible exIgido por las normas tributarias Transportar productos o blenes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias -No mantener en condvxnes de operacion los soportes portadores de nxroformas grabadas y los sopotes magneticos utulizados en las aplicaciones que incluyen datos vinculados con la materia imponible cuando se efectuen registros mediante microarchivos o sistemas computanrados -Reabrir indebidamente el local sobre el cual se haya Impuesto la sancion de cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes sin haberse venrkio el plazo del cierre y stn la presencia de un funcionario de ta Administracion -No proporaonar informacion que sea requerida por la Administracion Tributaria sobre sus actidades o las de terceros con los que guarde relacion o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administración Tributaria. -Proporcionar a la Admiinistracion Tributaria !nformactbn no conforme con la realidad -NO comparecer ante la Administración Tributaria cuando esta lo solicite -Autorizar balances, declaraciones u otros documenlos que se presenten a la Administración Tributaria conteniendo información falsa No exhlbw. ocultar o destruir carteles, señales y demás medlos uUli.zadní o dlstnbuldos por la Administracion Tributaria -No facllltar a la Administracion Tributaria los equipos tecmws de recuperación visual pantallas, visores y artefactos similares para la revision de orden tributario de la documentación micrograbada que se realice en el local del contn?Uyenle violar los precintos de segundad empleados en la inmovilizacion de libros archivos documentos. registros en general y bienes de cualquier naturaleza - No efectuar las retenciones o percepciones establecidas por la ley, salvo que el agente de telenc#on o percepcdn hubiera cumpk~o con efectuar el pago del tributo que debido retener o percibir en el plaza establecido por la ley No proporcionar o cominicar a ta Admlnlstraclbn Tributaria en las condiciones que-- ---__--_____-LEFERENCU SANCION Articulo 176 Numeral 1 Cierre y Multa (4) Numeral 2 20% del Impueslo Bruto Numeral 3 20% del Impuesto Bruto Numeral 4 Numeral 510% del Impuesto Bruto 20% del Impuesto Bruto Numeral 6 20% del Impuesto Brulo Numeral 6 30% del Impueslo Bruto Articulo 177 Numeral 1 Numeral 2Cierre Cierre Numeral 2 Cm-re ( 1) Numeral 3 Comlso 0 Multa (3) Numeral 3 Numeral 4Internamiento temporal del vehículo o Multa (2) Clerre Numeral 5 Cierre ( 1) Numeral 6 Clerre Numeral 7 Clerre Numeral 8 Numeral 930% del Impuesto Bruto 50% de la UIT Numeral 10 10% del Impuesto Bruto Numeral ll 10% del Impuesto Bruto Numeral 12 Clerre ( 1) Numeral 1: 60% del tnbuto no retenido o no perctbido Numeral 14 20% del Impuesto Bruto