Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1998 (31/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

L i m a jueves 3 1 de diciembre de 1 998

TABLA III CODIGO TRIBUTARIO - LIBRO MORDAZA (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS Y ENTIDADES QUE SE ENCUENTREN EN EL REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO

INFRACCIONES sistemas o programas computarizados de contabilidad los soportes magneticos o los mcroarchlvos --~ Articulo 176 LEFERENCU SANCION

1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES N o presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda Inbularla dentro de los plazos establecldos. No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos astablecidos Presentar las declaraciones que contengan la determmaaon d e la deuda tributaria en forma incompleta Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta -Presentar mas de una declaraciones rectkalona o presentar las declara iones retificatorias sin tener en cuenta la forma y condtaones que establezca id Administracion Tributaria Presentar las declaraciones en IR forma y/o condiciones distintas establecidas por la Administracion Tributaria. Presentar las declaraciones en lugares distlntos a los establecidos Administracion Trlbutarla. --

Numeral 1 Numeral 2 Numeral 3 Numeral 4 Numeral 5

Cierre y Multa (4) 20% del Impueslo MORDAZA 20% del Impuesto MORDAZA 10% del Impuesto MORDAZA 20% del Impuesto MORDAZA

Numeral 6 Numeral 6

20% del Impuesto Brulo 30% del Impueslo MORDAZA

5. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA. No exhibir los libros registros u otros documenlos que esta solicite -Ocultar antecedentes, bienes documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento MORDAZA del termino prescnptono Destruir antecedentes. bienes. documentos u otros medios de prueba o de control de cumplimiento MORDAZA del termino prescriptorio -Poseer 0 comercializacion productos o bienes gravados sin el signo de control visible exIgido por las normas tributarias Transportar productos o blenes gravados s i n el signo de control visible exigido por las normas tributarias -No mantener en condvxnes de operacion los soportes portadores de nxroformas grabadas y los sopotes magneticos utulizados en las aplicaciones que incluyen datos vinculados con la materia imponible cuando se efectuen registros mediante microarchivos o sistemas computanrados -Reabrir indebidamente el local s o b r e el cual se MORDAZA Impuesto la s n i n de cierre temporal a co de establecimiento u oficina de profesionales independientes sin haberse venrkio el plazo del cierre y stn la presencia de un funcionario de ta Administracion -No proporaonar informacion que sea requerida por la Administracion Tributaria sobre sus a c t i d a d e s o las de terceros con los que guarde relacion o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Administracion Tributaria. -Proporcionar a la Admiinistracion Tributaria !nformactbn no conforme con la

Articulo 177

Numeral 1 Numeral 2 Numeral 2 Numeral 3 Numeral 3 Numeral 4

Cierre Cierre Cm-re ( 1) Comlso 0 Multa (3) Internamiento temporal del vehiculo o Multa (2) Clerre

Numeral 5

Cierre ( 1)

Numeral 6

Clerre

Numeral 7 Numeral 8 Numeral 9 Numeral 10 Numeral ll

Clerre 30% del Impuesto MORDAZA 50% de la UIT 10% del Impuesto MORDAZA 10% del Impuesto MORDAZA

realidad -NO comparecer ante la Administracion Tributaria cuando esta lo solicite -Autorizar balances, declaraciones u otros documenlos que se presenten a la Administracion Tributaria conteniendo informacion falsa N o exhlbw. ocultar o destruir carteles, senales y demas medlos uUli.zadni o dlstnbuldos por la Administracion Tributaria -No facllltar a la Administracion Tributaria los equipos tecmws de recuperacion visual pantallas, visores y artefactos similares para la revision de orden tributario de la documentacion micrograbada que se realice en el local del contn?Uyenle violar los precintos de segundad empleados en la inmovilizacion de libros archivos documentos. registros en general y bienes de cualquier naturaleza - No efectuar las retenciones o percepciones establecidas por la ley, salvo que el agente de telenc#on o percepcdn hubiera cumpk~o con efectuar el pago del tributo que debido retener o percibir en el plaza establecido por la ley No proporcionar o cominicar a ta Admlnlstraclbn Tributaria en las condiciones que - ---__--_____-

Numeral 12 Numeral 1:

Clerre ( 1) 60% del tnbuto no retenido o no perctbido

Numeral 14

20% del Impuesto MORDAZA

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