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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (31/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

Lima, jueves 3 I de diciembre de 19% TABLA II CODIGO TRIBUTARIO - LIBRO CUARTO (INFRACCIONES Y SANCIONES) PERSONAS NATURALES QUE PERCIBAN RENTA DE CUARTA CATEGORIA. PERSONAS ACOGIDAS AL REGIMEN ESPECIAL DE RENTA Y OTRAS PERSONAS Y ENTIDADES NO INCLUIDAS EN LAS TABLAS I Y III. EN LO QUE SEA APLICABLE INFRACCIONES sistemas o programas computarizados de contabilidad. los soportes magneticos o los microarchivos.- - 4. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACIONES Y COMUNICACIONES No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda Iribularia dentro de los plazos establecidos. No presentar otras declarauones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. Presentar las declaraciones que contengan fa determinacion de la deuda tributarla en forma incompleta Presenlar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta -Presentar mas de una declaración rectificatoria o presentar las declaraciones rectificatorias sin tener en cuenta la forma y condiciones que establezca la Administración tributaria -Presentar las declaraciones en la forma y/o condlclones distintas Numeral 6 --. 5. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE PERMITIR EL CONTROL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, INFORMAR Y COMPARECER ANTE LA MISMA. No exhibir los libros, registros u otros documentos que éstas solicite Ocultar antecedentes. bienes, documentos u olros medios de prueba o de conlrol de cumplimiento antes del termino prescriptono. Destruir antecedentes. bienes. documentos u otros medios de prueba o de conlrol de cumplimiento antes del termino prescriptorio Poseer o comercializar productos o bienes gravados sin el signo de conlrol visible exigido por las normas tributarias Transportar productos o bienes gravados sin el signo de control visible exigido por las normas tributarias No mantener en condiciones de operacion los soportes portadores de microformas grabadas y los soportes magneticos utilizados en las aplicaciones que incluyen dalos vinculados con la materia imponible cuando se efectuen registros mediante microarchivos o sistemas computarizados Reabrir indevidamente el local sobre el cual se haya Impuesto la sanción de cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes sin haberse vencido el plazo del cierre y sin la presencia de un funcionario de la Administración .No proporcionar información que sea requerida por la Administración Tributaria sobre sus actividades o las de terceros con los que guarde relación o proporcionarla sin observar la forma, plazos y condiciones que establezca la Admlnlttraclón Tributaria. .Proporcionar a la Administración Tributaria Información no conforme con la realidad -No comparecer ante la Admmtstración Tributaria cuando ésta lo solicite Autorizar balances. declaraclones u otros documentos que se presenten a la Administración Tributaria conteniendo información falsa -No exhibrr. ocultar o destruir carteles, señales y demás medros ulikados 13 distribuidos por la Administración Tributaria. -No facilitar a la administracion Tributaria los equipos tecnicos de recuperación visual, pantallas. visores y artefactos similares. para la revision de orden tributario de la documentación micrograbada que se realice en el focal del wnlribuyente. - Violar los precintos de segundad empleados en la inmovilizacion de libros. archivos, documentos, registros en general y bienes de cualquier naturaleza. No efectuar las relenciones o percepciones establecidas por ley, salvo que el agente de retencion o percepci6n hubiera cumplido con efectuar el pago del tributo que debi6 retener o perabir en el plazo establecido por la fey. No proporcionar o comunicar a la AdministraUón Tributarta. en las condiciones que esta establezca, las informacfones relativas a hechos generadores de obligaciones tributarias que tenga en conocimiento en el ejercicio de la funci6n notarial.EFERENCIA Articulo 176 Numeral 1 Numeral 2Numeral 3 Numera l 4 Numeral 5 Numeral 6 Ali1culo 177 Numera l 1 Numeral 2 Numeral 2Numeral 3Numeral 3Numeral 4 Numeral 5 Numeral 6 Numeral 7 Numeral 8 Numeral 9 Numeral 10 Numeral ll Numeral 12 Numeral 13 Numeral 14SANCIDN Cerre y Multa (4) 20% de b UIT 20% de la IJIT 10% de la UIT 20% de b UIT 20% de la UIT 30% de la UIT Cwre Cierre Cierre (1) Coml*o 0 Mulla (3) Inlem8ml~nlo temporal del vehkulo o Multa (2) ciene Cbrre (1) Cierre Cwre 30% de b UIT 50% de b UIT 10% de b UIT 10% de b UIT clerre (1) 60% del Iributo M retenufo omparclbkto 20% da le UIT