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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 1998 (02/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 73

TEXTO PAGINA: 69

Lima, jucvcs 2 dejulio de I WX las necesidades de la Universidad en función de la estruc- tura orgánica y estructura académica aprobada por Reso- lución Rectoral N” 021-9%UH. Artículo 2”.- Nombrar una Comisión Especial de Evaluación a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente la misma que está integrada por los siguientes Miembros: -Decana de la Facultad de Ciencias Agropecuarias y Pesqueras PRESIDENTE -Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas Miembro -Decano de la Facultad de Educación Miembro Artículo 3”.- Las funciones de la citada Comisión Especial serán la siguientes: 1.. Elaborar el Reglamento de Evaluación y Ratifica- ción Extraordinaria a que se refiere el Artículo 1”. 2.- Llevar a cabo el Proceso de Evaluación dispuesta por la presente resolución. Artículo 4”.- El Reglamento de Evaluación y Ratificación Extraordinaria será aprobado por Resolu- ción Rectoral. Artículo 5”.- El Proceso de Evaluación y Ratificación Extraordinaria del Personal Docente de la UNSACA a que se refiere la presente resolución, se inicia el 30 de junio de 1998. Artículo 6”.- Los resultados del Proceso de Evalua- ión así como la Ratificación serán aprobados por la Comisión Reorganizadora y formalizados por Resolución Rectoral. Artículo 7”.- Suspender, hasta la culminación del Proceso de evaluación a que se refiere la presente resolu- ción, el otorgamiento de nuevas licencias, por todo con- cepto, con excepción de las licencias por enfermedad y maternidad. Artículo 8”.- Transcribir la presente resolución a las Instancias correspondientes de la Universidad, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y archívese. LEONCIO RUIZ RIOS Presidente de la Comisión Reorganizadora 7266 MfPNICIPALIDAD DE SAN ISIDRQ Aorueban el Texto Unico de Procedi- m’ientos Administrativos de la Munici- JalidadSan Miguel, 18 de junio de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL ORDENANZA No 04-98-MS1POR CUANTO: EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N” 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada se ha estable- cido la obligatoriedad, para todas las Entidades de la Administración Pública, la aprobación y publicación de su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA);El Concejo de San Miguel, en Sesión Extraordinaria delafecha,conelvotodelamayoríalegalyconladispensa del trámite de Comisiones y de Aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LA EXONERACION DE LA TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DICTADA POR LA ORDENANZA No 07-98 Que, por Decreto Supremo N” 094.92-PCM, se han establecido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligación a que se refiere el considerando anterior; Que, los Gobiernos Locales siendo parte de la Admi- nistración Pública deben aprobar su correspondiente TUPA mediante ordenanza; Que, mediante Ordenanza N” Ol-96.MS1 de fecha 28.MAR.96, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Isi- dro, el mismo que requiere de la adecuación y modifica- ción necesarias. acorde con su eficiente servicio en bene- ficio de la comunidad; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 22” del Decreto Legislativo N” 757; y en uso de las facultadesconferidas por el Artículo 109” de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley W 23853; l JPOR CUANTO: En SesiónExtraordinaria de fecha 11 dejuniode 1998, nl Concejo Distrital ha aprobado por unanimidad la si- guiente ordenanza: TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Artículo l”.- APROBAR el TEXTO UNICO DE PRO- CEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Municipalidad de San Isidro que forma parte integrante de la presente ordenanza, como Anexo N” 1 en veinticua- tro (241 folios. Artículo 2”.- Entiéndase que los procedimientos ad- ministrativos que no constan expresamente en el Anexo N” 1 de la presente ordenanza, han sido eliminados. Artículo 3”.-El presente Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. El Alcalde de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 110” yen uso de las facultades que le confiere el inciso 2) del Artículo 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N” 23853, la promulga en San Isidro a los once días del mes de junio de mil novecientos noventiocho. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 7267 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Amplían alcances de exoneración de la Tasa-Licencia de Funcionamiento iyiguesta mediante la Ordenanza N2I ORDENANZA N” 12-98 Artículo Unico.- Amplíese la exoneración de la Tasa- Licencia de Funcionamiento dispuesta por el Artículo 1” de la Ordenanza N” 07.98, incluyéndose en la misma las cuotas trimestrales que se devenguen hasta el mes de diciembre de 1998. POR TANTO: Mando se publique y cumpla MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 7269