Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 1998 (03/07/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 1998 Paz de MORDAZA Nominacion del distrito Los Morochucos, de la Resolucion Prefectura1 Regional N" 063-97DGGI-PRLWA de fecha 18 de MORDAZA de 1997, que nombra en el cargo de Gobernador del distrito de Los Morochucos, provincia de Cangallo, a don MORDAZA Garamendi Quicano; y, 2) El Oficio N" 114-98-MDLMAE que remite a este Organo Supremo Electoral don MORDAZA Garamendi Quicano. quien alega ser Gobemador del distrito de Los Morochucos, y otras autoridades del citado distrito. Que, don MORDAZA Garamendi Quicano al ejercer el cargo de Gobernador del distrito de Los Morochucos presenta incompatibilidad con el ejercicio del cargo de Regidor en el municipio en mencion, al mismo que fuera llamado provisionalmente por Resolucion N" 07598.JNE; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 23" numeral 2 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; Que, existiendo incompatibilidad en el desempeno del cargo de Gobernador del distrito de Los Morochucos de don MORDAZA Garamendi Quicano con el cargo de Regidor del citado distrito; y, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, los regidores son reemplazados por los integrantes de sus respectivas listas; que revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Cangallo corresponde asumir provisionalmente el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Los Morochucos a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA al candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente N" 9 "Cambiovecinal"; a fin de completar el numero legal de miembros de dicho Municipio; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atrlbuciones; RESUELVE:

c[mO Pag.161721
previstas en el Articulo 27" de la misma, modificado por el Articulo 1" de la Ley N" 26491; Que, del analisis de autos aparece que el Concejo Distrital de Paracas en sesion extraordinaria de fecha 6 de MORDAZA de 1998 acordo la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta don MORDAZA MORDAZA Munoz, por no convocar a sesiones ordinarias de Concejo desde el mes de febrero del presente, consta de fojas 5 a 12; que, el hecho que se le imputa a don MORDAZA MORDAZA Munoz que en su calidad de MORDAZA del citado distrito, el de no convocar a sesiones de Concejo, no constituye causal de vacancia establecida en la ley; Que, es competencia del Alcalde. entre otras, convocar y presidir las sesiones de Concejo; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47" numeral 1 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; que, en caso que el MORDAZA no convoque a sesiones de Concejo dentro de los 5 dias siguientes a la peticion presentada, podra realizarla el MORDAZA MORDAZA o cualquier Regidor, previa notificacion al MORDAZA, mediando entre la convocatoria y la sesion 2 dias habiles; de conformidad con lo establecido por el Articulo 39" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE: extraordinaria de Concejo Distrital de Paracas, provincia MORDAZA, de fecha 6 de MORDAZA de 1998, res ecto a la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA deI Concejo Distrital de Paracas que ostenta don MORDAZA MORDAZA Munoz; dejando a salvo los derechos de los Regidores del citado distrito para ejercerlos conforme a ley. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA Munoz continua ejerciendo el cargo de MORDAZA en el Concejo Distrital de Paracas, provincia de Pisco; conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 7311

Articulo Primero.- Declarar NULO el acuerdo de sesion

Articulo Primero.- Dejar sin efecto el Articulo Tercero y MORDAZA de la Resolucion N" 075-98-JNE de fecha 19 de febrero de 1998, en la parte que llama provisionalmente a don MORDAZA Garamendi Quicano para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Los Morochucos 3; en el otorgamiento de la correspondiente credencial. Articulo Segundo.- Llamar provisionalmente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente N" 9 "Cambio Vecinal" para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Los Morochucos, provincia de Cangallo, a fin de completar el numero legal de Regidores en el citado municipio; dehiendosele otorgar la credencial correspondiente. Articulo Tercero.- Otorear la corresoondiente credencial a don MORDAZA MORDAZA Bellido. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad.
Registrese y comuniquese SS. MORDAZA SEGUItA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO

RESOLUCION No 381-98-JNE
Lima. 2 de MORDAZA de 1998 Visto, el Oficio N" 189.98-A-MDM, recibido el 18 de jumo del ano en curso. remitido oor don MORDAZA J. MORDAZA Boza. MORDAZA del Concejo Dis&al de Maranura, provincia La Convencion, comunicando que en sesion extraordinaria de fecha 13 de MORDAZA de 1998, el Concejo Distrital de Maranura ha acordado la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor que ostenta don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse incurso en las causales de vacancia establecidas en el Articulo 26" numerales 2 y 5 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36" numeral 10 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, es atribucion de los Concejos Municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor; por las causales previstas en los Articulos 26". 38"modiiicado por la Ley N"26483, y 88" de la MORDAZA acotada; siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27" de la misma; Que, el Concejo recurrente no ha adjuntado a su comunicacion el expediente completo con los instrumentos probatorios que acrediten que el regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrido en las causales de vacancia de que se le hace cargo; de conformidad con lo previsto por el Articulo 27" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, modificado por el Articulo 1" de la Ley N" 26491; no habiendo remitido a este organo electoral: a) Las constancias de notificacion con la firma de recepcion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA o utilizando cualquier otro medio eficaz que permite el Codigo Procesal Civil que acredite en forma fehaciente que tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de Concejo, debiendo mediar entre la convocatoria y la sesion cuando menos 2 dias habiles, de conformidad con los dispuesto con los Articulos 39" y 43" de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853, o MORDAZA emitida por autoridad competente que acredite que el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encL:entra ausente de la circunscripcion del distrito de Maranura por mas de 30 dias, ademas certificacion del municipio que no concedio autorizacion; b) Las copias de las actas de sesion de Concejo en las que habria inasistido

7314

Declaran que MORDAZA y regidor de los Concejos Distritales de Paracas y de Maranura, continuan en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION N" 377-98.JNE
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 1998 Visto, el Oficio N" 047.98.MDPISG, recibido el 21 de MORDAZA del ano en curso, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cartagena, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Paracas, provincia de MORDAZA, comunicando que el Concejo Distrital de Paracas en sesion extraordinaria del 6 de MORDAZA del nno en curso, se acordo la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta don MORDAZA MORDAZA Munoz en el citado municipio, por no convocar a sesiones ordinarias de (`oncejo desde el mes de febrero del presente ano; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el Articulo 36' numeral 10 de la Ley Organica de Municipalidades N" 23853. es atribucion de los Concejos Municipales, declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidor; por las causales previstas en los Articulos 26". 38" modificado por la Ley Ny 26483, y 88" de la MORDAZA acotada; siguiendo las formalidades

/ -

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.