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Pág. 162020 e[peruara, c’MXLW-M~~ Lima, vierne s 10 de julio d e 199 8 - Región Grau: Piura y Twbes - Huancabamba, Piura, Talara, Tumbes. - Región Andrés AvcXno Cáceres: Juuín, Huánu- co y Pasto - Alto Pichinaqui, Aoti, Ashaninga, Cahuapanas, Ciudad Constitución, Codo del Pozuzo, Coriri, Cutivereni, Chichireni, Delfín de Pozuzo, Esperanza/ Amuesha, Huamancaca, Huánuco Nuevo, Iscozasín, Jauja, Llulla Pichis, Mazamari/Manuel Prado, Oxa- pampa, Potsateni, Poyeni, Pueblo Libre de Codo, Puerto Ocopa, Puerto Bermúdez, Puerto Victoria. Puerto Inca, Quempiri, San Ramón, Santa Marta, Santaro, Satipo, Shiringamasú, Tingo María, Tsomaveni, IJ;:hubamba, Vicco, Villa América. - Región Ucayaii: Ucayali -Atalaya, Balta, Bufeo Pozo, Culina, Chicosa, Encuen- tro, Paititi, Pucallpa Nuevo, Puerto BreuPTipishsa, Puer- to Fsperanza, San Marcos, Sepahua, Ywrinacsocha. - Región La Libertad: La Libertad - Gochapita, Pacasmayo, Trujillo, Urpay. - Departamento de Lima: Provincia Constitucio- nal del Callao - Internacional Jorge Chávez. - Región Loreto: Loreto - Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Anga- mos, Contamana, El Estrecho, Intuto, IquitosKoronel Francisco Secada V., [quitos/Antigua, Orellana, Pampa Hermosa, Paranapura, Requena, San Lorenzo, Sillay, Yurimaguas. BASE DE OPERACIONES: - Aeródromo de Palmas del Espino. Artículo 3”.- Las aeronaves autorizadas a la compa- ñía PALMAS DEL ESPINO S.A., deben estar provistas de su correspondiente Certificado de Matrícula vigente ex- pedido por el Registro Público de Aeronaves de la OficinaRegistra1 de Lima y Callao; de su Certificado de Aerona- vegabilidad vigente. expedido o convalidado por la Direc-ción General de Transporte Aéreo; y de la Póliza o Certi-ficado de Seguros que cubran los riesgos derwados de su actividad aérea. Artículo 4”.-La compañía PALMAS DEL ESPINO S.A., empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección General de Transporte Aéreo. Artículo 5”.-La compañía PALMAS DEL ESPINO S.A., está obligada a establecer un Sistema de Radioco- municación entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente información sobre el tráfico aéreo que realizasu aeronave. Artículo 6”.- La compañía PALMAS DEL ESPINO S.A., presentará mensualmente a la Dirección General de Transporte Aéreo los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad. Artículo 7”.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolución opierda alguna de las capacidades legal, técnica o finan- ciera, exigidas por la Ley N° 24882, modificada por el Decreto Legislativo N” 670, su Reglamento y demás dispo- siciones legales vigentes. Artículo so.-El Permiso otorgado precedentemente queda sujeto a la Ley N° 24882, modificada por el Decreto Legislativo N° 670, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas que dicte la Dirección General de Transporte Aéreo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PALCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7441 PESQUERIA Autorizan cambio de nombre de titular de permiso de pesca para operar embarcaciones pesqueras de bandera nacional RESOLUCION MINISTERIAL No 334-9%PE Lima, 8 de julio de 1998 Visto el escrito de Registro N” CE-162001 de fecha 3 de junio de 1998, presentado por la empresa ANICO S.A. CONSIDERANDO: Que el Artículo 47” del Reglamento de la Ley Gene- ral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” 01-94- PE, establece que la transferencia de la propiedad oposesión de la embarcación pesquera durante la vigen-cia del permiso de pesca, conlleva la transferencia dedicho permiso en los mismos términos y condiciones enque fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial N” 57%97-PE de fecha 16 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca aplazo determinado, a la empresa SERVICIOS Y MONTA- JE S.A., para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas “PESCONSA V” y “PES- CONSA VI” en la extracción del recurso hidrobiológico merluza con destino al consumo humano directo, en el ámbito del litoral peruano, utilizando cajas con hielo con pistema de preservación a borde y redes de arrastre con longitud mínima de malla en el copo de 90 mm.; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita el cambio de nombre del titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial mencionada en el anterior considerando, para operar las embarcacio- nes pesqueras denominadas “ANICO 1” (ex “PESCONSA V”) y “ANICO II” (ex “PESCONSAVI”), asimismo, solicita el cambio de denominación de las indicadas embarcacio-nes pesqueras; Que de la evaluación efectuada a los documentos proporcionados por la recurrente, se ha determinado queha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N” 3, correspondiente a la Dirección Nacional de Extracción, del Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos del Mmisterio de Pesquería, aproba- do por Decreto Supremo N” OOl-9%PE; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 43” inciso c) numeral 1) del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca y los Artículos 47” y 138” de su Regla-mento aprobado por el Decreto Supremo N” Ol-94-PE y en la Resolución Ministerial N” 200-9%PE que actualiza el Decreto Supremo N” 000%97-PE; y. Con la opinión favorable del Viceministro; SE RES‘CTELVE: Artículo lo.- Autorizar el cambio de nombre del titu- lar del permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional que se indican a continua- ción, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado: NQ de R.M. Fecha Nuevo Titular Nombre de la EmbarcaciónCapacidad de Bodega (m3)Wde 578-97-P E161097 ANICO SA “ANICO 1” 51 98 PT-628:XM (ex “PESCONSA V”) 57%97-P E161097 ANICO SA “ANICO ll” 5198 PT-628 S-CM (ex “PESCONSA VI”) Artículo 2”.- Dejar sin efecto la titularidad del permi- so de pesca que le fuera otorgado a la empresa SERVI- CIOS Y MONTAJE S.A. a través de la Resolución Minis-terial N” 57%97-PE de fecha 16 de octubre de 1997. Dara operar las embarcaciones pesqueras denominadas ‘PES- CONSA V” y “PESCONSA VI”, de Matrículas N”s. PT- 6282-CM y PT-6283-CM, respectivamente.