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Iha, viernes 10 dc julio de II)% mm Pág.162021 Artículo 3”.-Modificar las denominaciones con las ue p:se consignan a las embarcaciones pesqueras “PES- ONSA V” y “PESCONSA VI”, en el Artículo 1” de la Resolución Ministerial N” 57%97-PE, yen el literal F) del Anexo 1 y en el Anexo VII de la Resolución Ministerial N” 200-9%PE, alas que les corresponden las denominaciones “ANICO 1” y “ANICO II”. Artículo 4”.- Incorporar a la empresa ANICO S.A., como titular del permiso de pesca otorgado para operar las embarcaciones “ANICO 1” y “ANICO II”: así como la presente resolución, al literal Fl del Anexo 1 y al Anexo VII de la Resolución Ministerial N” 200-9%PE que actualiza al Decreto Supremo N” 000%97.PE, retirando a la empresa SERVICIOS Y MONTAJE S.A. y ala Resolución Ministe- rial N” 57%97-PE consignadas en dichos anexos. Artículo 5”.- Transcríbase la presente resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Mi- nisterio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesquería de las Regiones Grau, Nor Oriental del Mara- ñón, La Libertad, Chavín, Los Libertadores Wari, Arequi- pa y Moquegua-Tacna-Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 7589 Declaran la caducidad de autorizacián de empresa para instalar plantas de consumo humanodirectoenestableci- miento industrial pesquero RESOLUCION MINISTERIAL N” 33598-PE Lima, 8 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N” 181-97-PE de 14 de abril de 1997, se otorgó a PESQUERA HAYDUK S.A. autorización para la instalación de plantas de consumo humano directo en su establecimiento industrial pesque- ro ubicado en el puerto de Chicama (Malabrigo), distrito de Rázuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, con las siguientes capacidades proyectadas: Enlatado : 2 000 cajasiturno Congelado : 40 tidía; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expe- diente de la indicada empresa, se ha determinado que la autorización otorgada mediante la citada Resolución Mi- nisterial ha cumplido el plazo de su vigencia. sin que a la fecha haya solicitado, PESQUERA HAYDUK S.A. la correspondiente licencia de operación de las plantas de enlatado y congelado o la renovación del plazo de instala- ción de las mismas; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Procesamiento Pes uero mediante Informe N” 1049% PE/DNPP-Dn, de 41.e junio de 1998 y con la visación de la Oficina General de Asesoria Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 4” de la Resolución Ministerial N” 181-97-PE; SE RESUELVE: Artículo l”.- Declarar la caducidad del derecho otor- gado a PESQUERA HAYDUK S.A., mediante Resolución Ministerial N” 181-97-PE de 14 de abril de 1997, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te resolución. Artículo 2”.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquerfa de Trujillo, Región La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 7590Aprueban Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA RESOLUCION MINISTERL4L W 337-9%PE Lima, 8 de julio de 1998 Visto el Oficio N” 304-98.PRONAAIP, de fecha 23 de junio de 1998; CONSIDERANDO: Que en fecha 30 de octubre de 1997, se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Mi- nisterio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma- no y el Ministerio de Pesquería, con la finalidad de contri- buir al desarrollo de la actividad pesquera artesanal, orientada sustantivamente a mejorar las condiciones de trabajo y calidad de vida de las mujeres que participan en la comunidad pesquera artesanal y a favor de las mujeres organizadas, a nivel nacional; Que el Ministerio de Pesquería, conjuntamente con el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA han concordado en aunar esfuerzos a efectos de promover una mayor presencia del Estado en apoyo a los gremios de pescadores artesanales, armadores pesqueros y agentes de comercialización para que sus productos hidrobiológi- cos sean comercializados a precios menores de mercado a través de los Comedores Populares y/o Clubes de Madres; Que en ese sentido, resulta necesaria la suscripción de un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Pesquería - MIPE y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, para el acertado cumplimiento de los fines antes indicados; Estando a lo dispuesto en el Artículo 7” del Decreto Ley N” 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; Con la visación de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto. y de Administra- ción; De conformidad con lo establecido en el Artículo 54” de la Ley N” 26703 Ley de Gestión Presupuestaria del Estado,; y Decreto Legislativo N” 560 - Ley del Poder Ejecutivo; Con la opinión favorable del Viceministro: SE RESUELVE: Artículo lo.- Aprobar el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Pesquería - MIPE y el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRO- NAA, a efectos de promover una mayor presencia del Estado en apoyo a los gremios, pescadores artesanales, armadores pesqueros y agentes de comercialización para que sus productos hidrobiológicos sean comercializados a precios menores de mercado a traves de los Comedores Populares y/o Clubes de Madres a los cuales asiste el PRONAA en el ámbito de Lima y Callao, contribuyendo de esta forma a complementar la canasta alimentaria a precios promocionales. Artículo 2”.- Autorízase al Viceministro de Pesquerfa a suscribir el Convenio a que se hace referencia en el Artículo 1” de la presente resolución. Artículo 3”.- Los gastos que demande la participación del Ministerio de Pesquería en la ejecución del presente Convenio, se afectará al Pliego 018: Ministerio de Pes- quería; Función 12: Pesca, Programa 044: Promoción de la Producción Pesquera; Subprograma 0117: Fomento de la Pesca; Actividad / Proyecto 1.00345: Normar, promover y desarrollar la actividad pesquera; Componente: 3.1285 Transferencia de Tecnología y Capacitación; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados! 5: Gastos Corrientes; 3: Bienes y Servicios, del Ejercicio Fiscal 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería