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Pág. 1601012 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de junio de 1998 En vista de ello, solicitaron que el boleto aéreo fuera endosado a Faucett, pero la supervisora de Aerocontinente no pudo realizar el endoso, obli- gando a los pasajeros a contratar por su propio costo los servicios de otra línea aérea. En el reporte de SPT se indica que la cancelación del vuelo se debió a mantenimiento de la nave, precisando que el clima se encontraba en perfec- tas condiciones. Aerocontinente :Mediante carta de fecha 7 de marzo de 1997, Aerocontinente señaló que el vuelo fue cancelado por una fuga hidráulica en el OB P4ASA y que Faucett no aceptó el endoso de los boletos aé- reos, enterándose luego que los pasajeros ya habían adquirido boletos en otra línea aérea (fojas 90 a 92 y 146 del expediente). 4 Reclamo :25 de enero de 1997 / Marisol Lloréns, Christina Girard y Judith Caskey. Vuelo :Nº 1087, ruta Cusco-Puerto Maldonado del 22 de enero de 1997. Argumento :El vuelo fue cancelado y las pasajeras fueron embarcadas en el siguiente vuelo, pero su equi- paje quedo en tierra llegando al día siguiente. Sólo tuvieron acceso a él el 24 de enero de 1997 cuando arribaron a Lima de Puerto Maldonado. Al abrir el equipaje en el hotel, se percataron que habían sustraído de sus maletas prendas de vestir avaluadas en US$ 725,00 aproximada- mente. Aerocontinente :Mediante Carta Nº JES 020/97, emitida a raíz de una comunicación dirigida por el SPT, Aeroconti- nente indicó que las reclamantes habían formula- do su reclamo después de recibir su equipaje en la Aduana, y que, por este motivo, el reclamo era improcedente. (fojas 36 a 41 del expediente) 5 Reclamo :17 de enero de 1997 / César Ramírez Luna Victoria y Ana María Ibáñez Roldán Vuelo :Ruta Tacna-Lima-Trujillo Argumento :Tal como se señaló en el anexo referido a retra- sos, se informó a los pasajeros que el vuelo a la ciudad de Trujillo había sido cancelado. Treinta minutos después se les indicó que el vuelo a Trujillo saldría a las 08.30 horas del día siguiente y que podrían abordarlo si había cupo, añadiendo que la aerolínea no podía responsabilizarse por la cancelación del vuelo por tratarse de una caso fortuito (mal tiempo en la ciudad de destino). En dicha ocasión, se ofreció a los pasajeros la posi- bilidad de pernoctar en el aeropuerto, a pesar de que media hora antes les habían informado que la aerolínea correría con todos los gastos, incluso el hospedaje. Aerocontinente :Mediante Carta Nº CAR-GC-009/97, Aeroconti- nente señaló que el vuelo fue cancelado por mal tiempo, agregando que este hecho era ajeno a su control (fojas 83 a 85 y 140 del expediente). 6 Reclamo :31 de marzo de 1997 / Beatriz L Rázuri M. Vuelo :Ruta Juliaca-Lima del 29 de marzo de 1997. Argumento :El vuelo debía realizarse el 29 de marzo de 1997 a las 17.00 horas. Los días 27 y 28 de marzo de 1997 la reclamante estuvo tratando de comuni- carse con la Oficina de Reservaciones de Aero- continente a fin de confirmar su vuelo, sin resulta- do alguno por avería en las líneas telefónicas. Al llegar al aeropuerto el día 29 de marzo de 1997, le informaron que todos los vuelos de Aeroconti- nente habían sido cancelados por Semana Santa. La señora Rázuri reclamó una pronta solución a su problema, recibiendo como respuesta que el reclamo debía formularlo en Lima, lugar donde adquirió su boleto. Ante la insistencia de la recla- mante, Aerocontinente le ofreció un cupo en el vuelo que partía al día siguiente por la mañana, lo que significó gastos adicionales de alojamiento y comida a la señora Rázuri. Aerocontinente :Mediante Carta Nº CAR-GC-024/97 de fecha 10 de abril de 1997, emitida a raíz de una comunica- ción dirigida por el SPT, Aerocontinente informóque los días 27, 28 y 29 de marzo de 1997 las líneas telefónicas de sus oficinas en Juliaca se encontraban en perfecto estado. (fojas 114 a la 123 del expediente). 7 Reclamo :6 de febrero de 1997 / Armando Dianderas Luna. Vuelo :Nº 1008, ruta Arequipa-Lima del 31 de enero de 1997. Argumento :Antes de abordar su vuelo, personal de Aerocon- tinente comunicó al señor Dianderas que sólo abordarían la nave aquellas personas que se encontraban esperando antes que él, sin explicar- le la razón de ello. El señor Dianderas señaló que este hecho le había causado un grave perjuicio, pues la razón de su viaje a Lima era el concurrir a una diligencia judicial programada para ese mis- mo día, 31 de enero de 1997, a las 10.00 a.m., sustentando tal afirmación con la citación judicial correspondiente. Asimismo, acompañó una cons- tancia emitida por la sucursal de Aerocontinente en Arequipa, en donde se indica que por razones de limitaciones de peso de la aeronave no pudo embarcarse el reclamante en el referido vuelo. Cabe indicar que el señor Dianderas obtuvo el reintegro del ticket comprado, según consta en la Carta Nº 424-97-INDECOPI-SPT de fecha 19 de febrero de 1997, emitida por el SPT al señor Dianderas (fojas 24 a 28 del expediente). ANEXO 3 MATERIA: MALTRATO A LOS PASAJEROS 1 Reclamo :22 de enero de 1997 / Eduardo López Coira, Patricia Olguín, Valeria Patané Pisano, Lina Cem- brano de Porcarelli (de nacionalidad española) y María Del Rocío Vesga. Cabe señalar que las cuatro primeras personas presentaron una de- nuncia en conjunto, mientras que la señora María Del Rocío Vesga interpuso denuncia en forma personal. Vuelo :Nº 1069, ruta Tarapoto-Lima del 3 de noviembre de 1996. Argumento :Según lo expresado por los reclamantes ante el SPT, personal de Aerocontinente retiró algunos maletines y mochilas de mano a los pasajeros, argumentando que la nave tenía sobrepeso. Lue- go, a aquéllos que aún permanecían con su equipaje de mano, se les indicó que lo entregaran al personal de cabina, pues de lo contrario el vuelo no podía llevarse a cabo y los pasajeros tendrían que permanecer en Tarapoto. Ello motivó una fuerte discusión entre dos turistas de nacionali- dad francesa y el jefe de la cabina. En este contexto, cuando una turista extranjera (de pasa- porte diplomático) tomó de la manga a la aeromo- za para avisarle que otro pasajero requería de su servicio, esta última reaccionó de manera "des- controlada" alegando que la turista extranjera la había agredido físicamente, acudiendo a la cabi- na para solicitar el auxilio de la tripulación. Al llegar la aeronave a su destino, personal de seguridad de Aerocontinente y miembros de la Policía Nacional se encontraban al final de la escalinata dispuestos a detener a los tres turistas involucrados en el incidente, hecho que no ocurrió debido a la intervención de una funcionaria de la Dirección Nacional de Turismo, que es precisa- mente uno de los pasajeros reclamantes. Aerocontinente :Aerocontinente envió una carta dirigida al Conse- jero de la Embajada de Italia, esposo de la turista extranjera involucrada en el incidente, pidiendo disculpas por el percance ocurrido, indicando que había tomado las medidas pertinentes con el personal de tripulación involucrado ( fojas 4 a 9 y 148 del expediente). 2 Reclamo :14 de enero de 1997 / Lesley Fairthorne (de nacionalidad neozelandesa) Vuelo :1072, ruta Cusco-Lima Argumento :Al llegar al aeropuerto para tomar el vuelo Nº 1072, le informaron que aún no salía por mal tiempo.