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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (23/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 1601013 NORMAS LEGALES Lima, martes 23 de junio de 1998 Según lo expresado por esta turista extranjera, la persona que la atendió fue malcriada, agregando que anteriormente ya había recibido el mismo trato por parte del personal de Aerocontinente (en los vuelos de rutas de Lima-Pucallpa y Lima- Cusco). Aerocontinente :Mediante Carta Nº CAR-GC-006-97, Aeroconti- nente presentó sus argumentos en relación con los reclamos efectuados por la señorita Fairthor- ne ante SPT. Sin embargo, en dicha comunica- ción no hizo referencia alguna a los maltratos de los que fue objeto la mencionada turista (fojas 21 a 23 del expediente). 3 Reclamo :2 de abril de 1997, Carlos Miguel Ríos Pickmann. Vuelo :no se indica. Argumento :El señor Ríos reclamó porque a pesar de haber confirmado su vuelo, Aerocontinente no lo consi- deró en la lista de pasajeros. De acuerdo a declaraciones del reclamante, el Gerente de Aerocontinente en el Cusco lo maltra- tó y agredió física y verbalmente. (foja 112 del expediente) 4 Reclamo :6 de enero de 1997 / Juan Mariano Zevallos. Vuelo :Nº1066, ruta Lima-Pucallpa. Argumento :Sostuvo que recibió un maltrato por parte del personal de Aerocontinente (fojas 78 del expe- diente). 5 Reclamo :18 de enero de 1997 / Jorge E. Paz, Sylvie Paz y Geraldine Paz (todos de nacionalidad canadiense). Vuelo :Nº1002 Ruta Lima-Arequipa del 18 de enero de 1997. Argumento :Los reclamantes exigieron al personal de Aero- continente la devolución de sus maletas pues habían decidido ya no viajar. En vista de ello, personal de Aerocontinente les informó "de forma mal educada" que el avión ya había partido con sus equipajes (fojas 81-82 del expediente). 6 Reclamo :6 de enero de 1997 / Juan Mariano Zevallos Vuelo :Nº 1066 Ruta Lima-Pucallpa. Argumento :Según lo expresado por el reclamante, además de que el vuelo programado para las 16.30 horas salió retrasado, recibió maltratos por parte del personal de Aerocontinente (fojas 78 del expe- diente). ANEXO 4 MATERIA: SUSTRACCION DE EQUIPAJE 1 Reclamo :29 de marzo de 1997 / Edmundo Luna Aparicio Vuelo :Nº 2072, del 26 de marzo de 1997. Argumento :El pasajero salió de Cusco el miércoles 26 de marzo de 1997 con su equipaje, sin embargo al arribar a Lima se percató que le faltaba un maletín de cuero de color negro. El 31 de marzo de 1997 volvió a dicha ciudad por motivos de trabajo y se vio en la necesidad de comprar ropa nueva y otro maletín, ante la falta de equipaje. Según lo señalado por el SPT, hasta el mes de junio de 1997 Aerocontinente no dio solución a este reclamo, a pesar de las constantes conver- saciones que el personal de esta oficina sostuvo directamente con la aerolínea (fojas 102 a 107). 2 Reclamo :26 de marzo de 1997 / Charlotte Mai Therkildsen (de nacionalidad danesa) Vuelo :no se indica. Argumento :La reclamante arribó con rumbo al Cusco el 24 de marzo de 1997, percatándose que su bolso esta- ba totalmente rayado. Personal de Aerocontinen-te se comprometió a repararlo, dándole a la pasa- jera un número telefónico al cual debía llamar el día siguiente. Según lo manifestado por la pasa- jera, el número telefónico no correspondía a las oficinas de la denunciada, razón por la cual tuvo que apersonarse a las oficinas de la aerolínea, en donde, nuevamente, le ofrecieron reparar su bol- so. Cabe señalar que, a la fecha de su reclamo, Aerocontinente aún no había dado solución a su problema, debiendo retornar a su país de origen. (foja 110 del expediente). 3 Reclamo :7 de enero de 1997 / Isabel de Orosco (de nacionalidad venezolana) Vuelo :Nº 1072, ruta Cusco - Lima. Argumento :La pasajera llegó a su destino a las 08.40 horas, recogió su equipaje y cuando estuvo en el counter para chequear su salida a Venezuela se percató de que le faltaba una gorra valorizada en US$ 40.00. Por este motivo, la señora Orosco se acercó a un señor de apellido Sánchez, miembro del personal de Aerocontinente, con el fin de hacer efectivo su reclamo, recibiendo un maltrato como respuesta. Aerocontinente :Mediante Carta Nº JES 009/97 de fecha 7 de febrero de 1997, emitida a raíz de una comunica- ción dirigida por el SPT, Aerocontinente comunicó que el compromiso de la empresa respecto al equipaje de sus pasajeros era sólo por el peso entregado o recibido, de forma tal, que la empresa sólo se responsabilizaba por falta peso o deterioro físico del bulto. Concluyendo en que el reclamo formulado por la señora Orosco era improcedente (fojas 96 y 97 del expediente). 4 Reclamo :De fecha 25 de enero de 1997, Marisol Lloréns, Christina Girard y Judith Caskey. Vuelo :Nº 1087, ruta Cusco-Puerto Maldonado del 22 de enero de 1997. Argumento :Al haberse cancelado el vuelo Nº 1087, las pasa- jeras fueron embarcadas en el siguiente vuelo, siendo que su equipaje permaneció en tierra hasta el día siguiente. Sólo tuvieron acceso a él el 24 de enero de 1997, cuando arribaron a Lima de Puerto Maldonado. Al encontrarse en el hotel y abrir su equipaje, se percataron que les habían sustraído algunas de sus prendas valorizadas aproximadamente en US$ 725,00. Aerocontinente :A raíz de una comunicación enviada por el SPT, mediante Carta Nº JES 020/97, Aerocontinente indicó que como el reclamo se produjo después de la recepción de los equipajes en la Aduana, éste era improcedente. (fojas 36 a 41 del expe- diente) ANEXO 5 MATERIA: REPROGRAMACIONES 1 Reclamo :3 de febrero de 1997 / Roberto Rivas Marini Vuelo :Nº 1047, ruta Tumbes-Chiclayo del 30 de enero de 1997. Argumento :El señor Rivas tomó un vuelo de ruta Tumbes a Chiclayo, sin embargo, al momento de encontrar- se en el counter, personal de Aerocontinente le informó que la nave no haría escala en la ciudad de Chiclayo, sino que lo llevaría directamente a la ciudad de Piura. Según lo manifestado por el señor Rivas, Aerocontinente no había explicado a los pasajeros las razones que motivaron la repro- gramación del vuelo, ni se hizo responsable por el costo que significaba el transporte de Piura a Chiclayo. Aerocontinente :Mediante Carta Nº CAR-GC-010/97, emitida a raíz de una comunicación dirigida por el SPT, Aerocontinente señaló que, debido a una "repro- gramación operacional" la nave no operó la ruta Tumbes-Chiclayo, sino Tumbes-Piura-Lima y que reexpidió un boleto a nombre del señor Rivas con destino a Piura, agregando que, en todo caso,