Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1998 (20/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas -Decreto Legislativo Nº 809-; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE JUSCAMAYTA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion; debiendose para tal efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo 5374

sociedad fusionante ahora denominada "Telefonica del Peru S.A", se debe notificar a esta sobre el procedimiento que se aprueba; En uso de las facultades delegadas por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 66, de fecha 19 de febrero de 1998; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase el Procedimiento para la Supervision y Control del Indicador "Tiempo de Espera para la Conexion" (TEC), que forma parte integrante de la presente resolucion, el mismo que consta de nueve (9) secciones, Formatos TEC 1, 1-A, 2, 2-A, 3, 3-A, 4, 4-A, 5 y 5-A, y sus respectivas Instrucciones de Uso. Articulo 2º.- El procedimiento a que se refiere la presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion a la empresa obligada. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente

OSIPTEL
Aprueban el Procedimiento para la Supervision y Control del Indicador "Tiempo de Espera para la Conexion" (TEC)
RESOLUCION Nº 050-98-PD/OSIPTEL MORDAZA, 18 de MORDAZA de 1998 VISTO El proyecto del Procedimiento de Supervision y Control del indicador "Tiempo MORDAZA de Espera para Conexion" presentado por la Gerencia General de OSIPTEL. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en la Seccion 8.08, Parte I, del Contrato de Concesion suscrito por el Estado con la ex Empresa Nacional de Telecomunicaciones S.A. (ENTEL PERU S.A.), y la seccion 8.08 del Contrato de Concesion suscrito con la ex Compania Peruana de Telefonos S.A. (CPT S.A.), para la prestacion de servicios de telecomunicaciones, corresponde a OSIPTEL aprobar los procedimientos de supervision e inspeccion que se requieran para supervisar el cumplimiento de los Requisitos de Expansion de la Red establecidos en dichos Contratos; Que es necesario aprobar normas que faciliten la supervision e inspeccion del cumplimiento de los Requisitos de Expansion de la Red, tales como el indicador de Tiempo MORDAZA de Espera para Conexion, establecido en las secciones 8.05 de los mencionados Contratos; Que de conformidad con lo establecido en la Seccion 18.02 de los referidos Contratos, corresponde a OSIPTEL sancionar cualquier incumplimiento de los Requisitos de Expansion de la Red establecidos, garantizando ademas la transparencia de las decisiones del OSIPTEL; Que por efecto de la fusion de CPT S.A. y ENTEL PERU S.A. por incorporacion de la MORDAZA en la primera y, ademas, por el cambio de razon social de la

PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION Y CONTROL DEL TIEMPO MORDAZA DE ESPERA PARA CONEXION 1. INTRODUCCION Los Contratos de Concesion de la ex CPT y de la ex ENTEL PERU, establecen un indicador que entra en vigencia a partir de 1998. Este indicador es denominado "Tiempo MORDAZA de Espera para Conexion", en adelante denominado TEC. Con la finalidad de contar con un documento que incluya el mencionado indicador y que complemente al Procedimiento de Supervision y Control del Plan de Expansion y Modernizacion (PSCEM) ya existente, se ha elaborado el presente "Procedimiento para la Supervision y Control del Tiempo MORDAZA de Espera para Conexion". El objetivo principal de este procedimiento es el de constituirse en un instrumento eficaz que permita supervisar y evaluar permanentemente el cumplimiento del indicador TEC. En base a los contratos de concesion ya mencionados y al procedimiento ya existente, se ha elaborado el presente procedimiento, el mismo que esta conformado por las siguientes partes: 1.1 Definiciones Esta parte recoge todas las definiciones que seran aplicables unica y exclusivamente para los efectos del presente procedimiento. 1.2 Requisitos del TEC Esta parte contiene los valores que tiene este indicador desde 1998 hasta el 2003, los cuales estan contenidos en el Anexo 1 numeral 4 del Contrato de Concesion de la ex CPT, y en el Anexo 2 numeral 4 del Contrato de Concesion de la ex ENTEL PERU Parte I. 1.3 Calculo del indicador TEC En esta parte se presenta la formula a ser utilizada para el calculo del TEC, asi como los parametros que contienen dichas formulas y otros relacionados con

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