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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 1998 (28/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 160208 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de mayo de 1998 don Lutger Cárdenas Velásquez, por las razones expues- tas en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Declarar que don Lutger Cárde- nas Velásquez, debe continuar ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Mariscal Cáceres con- forme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5706 Convocan a candidatos proclamados y no proclamados para que asuman car- gos de alcaldes y regidores de diversos concejos distritales y provincial RESOLUCION Nº 237-98-JNE Lima, 26 de mayo de 1998 Visto, el Oficio Nº 30-98-MDMD-A recibido el 27 de abril de 1998, remitido por don Octavio Caballero Jara, Alcalde del Concejo Distrital de Madre de Dios de la provincia de Manu, comunicando la declaratoria de va- cancia al cargo de Regidor de don Jorge Saloma Amao, por causal de ausencia de la localidad; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en sesión ordinaria del 26 de noviembre de 1997, el Concejo Distrital de Madre de Dios acordó declarar la vacancia al cargo de Regidor de don Jorge Saloma Amao por causal de ausencia de la localidad por más de treinta días de la jurisdicción distrital de Madre de Dios, sin previa autori- zación del Concejo, prevista en el numeral 2) del Artículo 26º de la citada ley; emitiéndose la Resolución Municipal Nº 52-97-MDM-A; Que, con las certificaciones del Juez de Paz y Gober- nador del distrito de Madre de Dios, se acredita que el Regidor Jorge Saloma Amao se encuentra ausente de la localidad; y habiéndosele notificado al Regidor afectado con el acuerdo de vacancia con Oficio Nº 159-97-MDMD- A el 11 de febrero de 1998; y, transcurrido en exceso el término para interponer la revisión que le faculta la ley, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que, de conformidad con el numeral 2) del Artículo 28º de la Ley Nº 23853, en los casos de vacancia de los Regidores reemplazan los que le siguen en la lista electo- ral, correspondiente llamar en este caso a don Simeón Suárez Guerra, candidato no proclamado de la Lista Independiente Nº 13 - "Movimiento Independiente Desa- rrollo 95"; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Llamar a don Simeón Suárez Guerra, candidato no proclamado de la Lista Indepen- diente Nº 13 - "Movimiento Independiente Desarrollo 95", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Madre de Dios, provincia de Manu. Artículo Segundo.- Otorgar a Simeón Suárez Gue- rra la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policiales prestarán las garantías que requiera el cum- plimiento de la presente resolución, bajo responsabi- lidad.Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5699 RESOLUCION Nº 243-98-JNE Lima, 26 de mayo de 1998 VISTOS Los Oficios Nºs. 38, 46-97-MDS y Nº 003-98-MDS, Expedientes Nºs. 2306, 3125 y 0728, respectivamente, remitidos por el señor Enrique Asenjo Dávila, comuni- cando la vacancia al cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Sexi de la provincia de Santa Cruz, del señor Teodoro Perales Perales, por la causal de inconcurrencia injustifi- cada a sesiones del Concejo, remitiendo documentación, a fin de que se proceda con arreglo a ley. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de mayo de 1997, el Jurado Nacional de Elecciones expidió la Resolución Nº 498-97-JNE que declaró inadmisible una solicitud presentada por el señor Enrique Asenjo Dávila, Regidor del Concejo Distrital de Sexi, provincia de Santa Cruz, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de Alcalde ejercido por el señor Teodoro Perales Perales, por causal de ausencia de la localidad por más de 30 días sin autorización del Concejo; Que, con los Oficios Nºs. 38 y 46-97-MDS, el señor Enrique Asenjo Dávila, solicita una vez más la vacancia al cargo de Alcalde del antes citado señor Teodoro Perales Perales, pero esta vez sustentándose en la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones del Concejo, ad- juntando documentos entre los cuales obra una solicitud de vacancia suscrita por el señor Teodoro Perales Perales con fecha 2 de noviembre de 1996 a fojas 41 y una carta notarial acerca de la entrega de cargo, de fecha 11 de noviembre del mismo año suscrita por el referido, a fojas 45; ambas en copias simples; Que, mediante Oficio Nº 086-97-SG/JNE de fecha 16 de enero de 1998, se requirió al señor Enrique Asenjo Dávila para que remita los originales de dicha documen- tación o copias fedatadas de las mismas; Que, con fecha 8 de abril de 1998, se ha recibido el Oficio Nº 003-98-9-MDS, mediante el cual el señor Enri- que Asenjo Dávila remita una copia de la copia fedatada de la carta de solicitud de vacancia del señor Teodoro Perales Perales y el original de la carta notarial mencio- nada; documentos que obran a fojas 50 y 51 de los cuales se observa que el Alcalde del referido Concejo anunció su cambio domiciliario a la ciudad de Trujillo; Que, corre a fojas 38 la certificación expedida por el Mayor PNP de la Comisaría de Ayacucho de la ciudad de Trujillo, en la cual, con motivo de la notificación de vacancia al cargo de Alcalde del señor Teodoro Perales Perales, acordada por los Regidores del Concejo en men- ción, se verifica que aquel tiene su domicilio en la calle Elvira García García Nº 649-651, urbanización Las Quin- tanas en la provincia de Trujillo, no obstante que en la fecha de notificación el referido se encontraba en Lima por razones de salud, conforme se aprecia de dicha certi- ficación policial; Que, con dichas pruebas documentales se acredita la existencia de causal de vacancia establecida en el Artículo 26º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, en la que ha incurrido el Alcalde señor Teodoro Perales Perales, al haber cambiado de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad; Que, el Concejo Distrital de Sexi, ante el ausentismo del Alcalde debió seguir el procedimiento establecido por el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades; lo cual no ha efectuado ni para la declaratoria de vacancia por la causal de ausencia de la localidad por más de treinta días consecutivos, ni para la declaratoria de vacancia por inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses;