Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 1998 (30/05/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 1998

4. La Ubicacion Geografica corresponde al lugar fisico donde se ejecutan los componentes y metas. La Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico para 1999, exige de los Pliegos una exacta ubicacion geografica (a nivel departamental) de la Meta Presupuestaria. Criterios Especificos para la orientacion del gasto, en terminos de los Objetivos Institucionales del Pliego Articulo 11º.- La orientacion del gasto se sujeta a la Escala de Prioridades que establezca el Titular del Pliego, debiendo tenerse en cuenta los siguientes criterios especificos: En cuanto a las Metas comprendidas dentro del Gasto Social - Se priorizan los gastos que se orientan a la atencion de metas que incidan directamente en los propositos que persigue el Estado en materia de Educacion, Salud, Saneamiento y Justicia. - Asimismo se priorizan los gastos orientados al cumplimiento de las metas enmarcadas dentro de los esfuerzos del Estado tendentes a la reduccion de la pobreza y mejora de la calidad de los servicios basicos,(v.g: Asistencia Alimentaria, Alimentacion y Salud Escolar, Apoyo a Zonas de Emergencia, Caminos Rurales, Accion Civica de las Fuerzas Armadas, Ayuda a desplazados PL-480, Apoyo a la Repoblacion, etc.), asi como al logro de los objetivos nacionales a que se refiere el Articulo 2º del Decreto Supremo No. 012-97-PCM - Reglamento Funcional de Mejora del Gasto Social Basico, los cuales deben ser ubicados utilizando las categorias y conceptos contenidos en los Clasificadores y Tablas de Referencia Presupuestarios, que mas se adecuen a sus fines. En cuanto a las Metas que impliquen Gastos de Inversion - Este rubro debe recoger los gastos orientados a obtener un Activo Tangible (Edificio, Escuela, Posta, etc.) o un Activo Intangible (mejora de los procesos y tecnologias utilizados), que incrementen -sustancialmente- la oferta de los bienes y servicios que presta la entidad. Los gastos que se efectuen con cargo al Grupo Generico del Gasto 5. "Inversiones", deben considerar -preferentemente- la asignacion de recursos orientados a la Educacion, Salud, Saneamiento y Justicia; asi como a los Programas Sociales orientados a la reduccion de la pobreza y mejora de la calidad de los servicios basicos y a los ocasionados por el Fenomeno El Nino. - Asimismo, se tienen en cuenta las prioridades siguientes: · Obras en actual ejecucion, cuyo cronograma de avance este previsto continuar en 1999. · Obras que por ser pequenas y de un periodo de ejecucion corto concluyen dentro del ano fiscal. Por ejemplo: Construccion de aulas; rehabilitacion de pequenas obras en penales; reacondicionamiento de instalaciones deportivas, comisarias, letrinas, pequenos sistemas de alcantarillado rural y sistemas de saneamiento basico, postas medicas y centros de salud; ampliacion y remodelacion de pabellones universitarios y otras pequenas obras. · Obras nuevas priorizadas por el Pliego asi como aquellas que fueren necesarias como consecuencia de los trabajos de reconstruccion de la infraestructura y condiciones ambientales basicas, por efecto de los danos causados por el Fenomeno El Nino. En cuanto a Metas distintas a las anteriormente citadas - Las metas distintas a las comprendidas dentro del gasto social o que impliquen egresos que correspondan al Grupo Generico de Gasto "Inversion" para el ejercicio presupuestario 1999, deben responder -en todos los casos- a los Objetivos Institucionales establecidos por el Titular del Pliego. Lineamientos para la Formulacion de los Gastos y sus MORDAZA de Financiamiento Articulo 12º.- Una vez disenada la Estructura Funcional Programatica del Pliego, debe asignarse las respectivas MORDAZA de gastos asi como determinar las MORDAZA de Financiamiento que correspondan. Para tal efecto, se utiliza la informacion reunida durante la Fase de Programacion

Presupuestal, debiendose observar los siguientes lineamientos: i. La Asignacion Presupuestaria, correspondiente a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", (comunicada al Pliego por el Ministerio de Economia Finanzas), asi como los recursos de las otras MORDAZA de Financiamiento, deben cubrir los gastos a que se refiere el primer parrafo del Articulo 8º de la presente Directiva. ii. Las Metas Presupuestarias de los Componentes que integran las Actividades y Proyectos del Pliego, son -para efectos de la formulacion de los egresos- las unidades basicas de costeo, a las que se les asigna las MORDAZA de gasto necesarias para el cumplimiento de las mismas. Se entiende por cadena de gasto, a la codificacion que asocia la Categoria del Gasto, el Grupo Generico de Gasto, la Modalidad de Aplicacion y la Especifica del Gasto. Asimismo, a cada cadena de gasto, se le "dota" de la correspondiente asignacion de recursos, especificandose el respectivo monto y la respectiva Fuente de Financiamiento. iii. A fin de asegurar una correcta formulacion de los gastos, es necesario que cada Meta Presupuestaria comprenda egresos que no impliquen dificultades en su imputacion, a fin de evitar calculos adicionales de prorrateos de costos o similares. En tal sentido, es conveniente que la Formulacion de las Metas Presupuestarias permita la aplicacion MORDAZA de los costos que implica su realizacion, de manera que faciliten la imputacion del gasto en la Fase de Ejecucion Presupuestaria. iv. Las MORDAZA de gasto que se determinen para las Actividades, deben tener -unicamente- como raiz la Categoria del Gasto 5. "Gasto Corriente", y solo cuando se trate de gastos que se orienten al equipamiento y a la adquisicion de inmuebles, debe considerarse la Categoria del Gasto 6. "Gastos de Capital" vinculada al Grupo Generico de Gasto 7. "Otros Gastos de Capital". v. En el caso de los Proyectos, las "cadenas de gasto" que se les asignen consideraran como raiz -exclusivamente- la Categoria del Gasto 6. "Gasto de Capital". vi. En los casos relativos a "Encargos" a Organismos Internacionales (v.g: PNUD, AID, BIRF, etc.), la asignacion propuesta se desagrega en todos los Grupos Genericos de Gasto que impliquen la realizacion de los mismos, utilizando -asimismo- la Modalidad de Aplicacion 50. Transferencias al exterior - Gobiernos, Organismos Internacionales y Fondos Internacionales. Precisiones en la Formulacion de los Gastos Articulo 13º.- En la Fase de Formulacion, las previsiones de gastos que los Pliegos determinen, deben sujetarse a los siguientes criterios: En cuanto a Personal y Obligaciones Sociales y Obligaciones Previsionales · El monto asignado por el Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", debe asegurar el pago de la planilla de haberes de las Actividades a desarrollar durante el Ano Fiscal 1999. Asimismo, debe preverse los gastos por conceptos ocasionales, teniendo en cuenta que no se admitiran demandas adicionales o ampliaciones por dicho concepto. · Las cargas sociales continuan centralizandose en el Ministerio de Economia y Finanzas, con excepcion de las correspondientes al personal de los Pliegos: Poder Judicial, Ministerio Publico, Academia de la Magistratura, Congreso de la Republica, Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior. Las cargas sociales del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Economia y Finanzas, Congreso de la Republica, Academia de la Magistratura, Proyectos Especiales y las demas entidades que se financian parcial o totalmente por MORDAZA de Financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, son asumidas integramente por los citados organismos en su calidad de empleadores. · En las asignaciones previstas para las Universidades Publicas y para la Asamblea Nacional de Rectores, se encuentran incluidos los beneficios del Fondo Especial de Desarrollo Universitario -FEDU. Por tanto, las cargas sociales generadas por beneficios del Fondo de Desarrollo Universitario (FEDU), son asumidas por cada Universidad y por la Asamblea Nacional de Rectores. · Las demandas de cargas sociales que correspondan a planillas de Proyectos cuyo(s) Componente(s) sea(n) ejecutado(s) por "Administracion Directa", asi como las de organismos que se financian -total o parcialmente- con

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