Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 1998 (30/05/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 30 de MORDAZA de 1998

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-98-EF/76.01
MORDAZA, 29 MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, los Articulos 4º y 5º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, disponen que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico es la mas alta autoridad tecnico normativa, siendo sus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestion del MORDAZA Presupuestario en todas sus fases, asi como elaborar el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto y emitir las normas complementarias pertinentes; Que, en atencion a lo dispuesto en los precitados articulos, es necesario dar inicio al MORDAZA Presupuestario correspondiente al ejercicio presupuestario 1999, emitiendo las disposiciones pertinentes que orienten los procesos tecnicos contemplados en las Fases de Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico, a ser aplicadas por las entidades sujetas a la Directiva que aprueba la presente Resolucion Directoral; Que, asimismo, es necesario que los trabajos de Programacion y Formulacion Presupuestal fortalezcan progresivamente la gestion institucional de los Pliegos, para cuyo efecto, deben afinarse las pautas, lineamientos y criterios metodologicos que aseguren concebir al Presupuesto Institucional como la principal herramienta de gestion de las entidades del Sector Publico, para el logro de los Objetivos Institucionales trazados por cada Pliego; Que, a fin de coadyuvar a la transparencia y coherencia de los trabajos vinculados a la Programacion y Formulacion Presupuestal, resulta pertinente aprobar un Glosario de Terminos que sea de aplicacion homogenea para todas las Fases del MORDAZA Presupuestario; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas y la Resolucion Ministerial Nº 092-EF/43 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-98-EF/76.01, que dispone las pautas tecnicas y los procedimientos necesarios para la Programacion y Formulacion del Presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 1999, a ser aplicados obligatoriamente por las entidades sujetas a su alcance. Articulo 2º.- Las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces, iniciaran en sus respectivos Pliegos los procesos de Programacion y Formulacion al dia siguiente de publicada la Directiva aprobada por la presente Resolucion Directoral. Para este efecto, los Pliegos Presupuestarios adoptaran las medidas pertinentes, a fin de posibilitar el cumplimiento de los plazos fijados en el Cronograma de Reuniones de Formulacion Presupuestal correspondiente al Ano Fiscal 1999, que consta en el Anexo Nº 02 de la Directiva a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- Aprobar el Glosario de Terminos Presupuestarios a aplicarse durante el MORDAZA Presupuestario 1999, de acuerdo a lo siguiente: · Asignacion Presupuestaria: Son los Recursos Publicos con que cuenta una entidad para lograr sus Objetivos Institucionales. Dichos recursos necesariamente se consignan en el Presupuesto Institucional del Pliego, como condicion necesaria, para su utilizacion por parte de los Pliegos Presupuestarios. · Categoria Presupuestaria: Es una clasificacion tecnica para efectos de la operatividad del MORDAZA Presupuestario. Su seleccion obedece y/o responde a uno o varios Objetivos Institucionales, dependiendo de su importancia y ambito. Todas las Categorias Presupuestarias se encuentran contenidas en el Clasificador Funcional Programatico asi como en las Tablas de Referencia de Actividades y Proyectos; y, se aplican teniendo en cuenta su grado de relevancia respecto a los Objetivos Institucionales trazados por los Pliegos. · Cierre Presupuestario: Conjunto de acciones orientadas a conciliar y completar los registros presupuestarios de ingresos y gastos efectuados durante el Ano Fiscal. Para dicho efecto, la Ley Anual de Presupuesto fija el Periodo de Regularizacion. · Eficacia: Se refiere al grado de avance y/o cumplimiento de una determinada variable respecto a la programacion prevista. Para efecto de la Evaluacion Presupuestal, la Eficacia se aplica al grado de ejecucion de los ingresos y gastos respecto al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), asi como al grado de cumplimiento de las Metas Presupuestarias. · Eficiencia: Describe la relacion entre magnitudes o variables, permitiendo mostrar la optimizacion de los insumos (entendiendose como la mejor combinacion y la menor utilizacion de recursos para producir bienes y servicios) empleados para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias. Los insumos son los recursos financieros, humanos y materiales empleados para la consecucion de las metas. Para efecto de la Evaluacion Presupuestal, el Indicador de Eficiencia contrasta los recursos financieros previstos y/o ejecutados con las Metas Presupuestarias de Apertura, Modificadas y Obtenidas, segun corresponda. · Ejercicio Presupuestario: El ejercicio presupuestario comprende el Ano Fiscal (desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada ano) y el periodo de regularizacion (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del siguiente ano). · Ejecucion Financiera: La Ejecucion Financiera de los Ingresos comprende el registro de la informacion de los recursos captados, recaudados u obtenidos por parte de los Pliegos Presupuestarios. La Ejecucion Financiera de los Egresos comprende el registro del Devengado, girado y Pago de los Compromisos realizados. · Ejecucion Presupuestaria: La Ejecucion Presupuestaria de los Ingresos comprende el registro de aquellos recursos captados, recaudados u obtenidos durante el Ano Fiscal. La Ejecucion Presupuestaria de los Egresos comprende el registro de los compromisos efectuados durante el Ano Fiscal. · Escala de Prioridades: Es la prelacion de los Objetivos Institucionales que establece el Titular del Pliego, en funcion a la Mision, Propositos y Funciones que persigue la entidad. Dicha prelacion expresa la priorizacion -en cuanto a su logro- de los Objetivos Generales, Parciales y Especificos establecidos por el Titular, quien senalara las politicas que implementara y/o desarrollara durante el Ano Fiscal. · Gestion Presupuestaria: Es la capacidad de los Pliegos Presupuestarios para lograr sus Objetivos Institucionales, mediante el cumplimiento de las Metas Presupuestarias establecidas para un determinado Ano Fiscal, aplicando los criterios de eficiencia y eficacia. · Indicador Presupuestario: Son indices que posibilitan medir la Gestion Presupuestaria del Pliego, a traves de la contrastacion de los recursos ejecutados y metas presupuestarias alcanzadas, teniendo en cuenta la programacion de los mismos en el Ano Fiscal. · Meta Presupuestaria: Es la expresion concreta, cuantificable y medible que caracteriza el(los) producto(s) final(es) de las Actividades y Proyectos establecidos para el Ano Fiscal. Se compone de tres (3) elementos, a saber: - Finalidad (Precision del objeto de la meta). - Unidad de Medida (magnitud a utilizar para su medicion). - Cantidad (el numero de Unidades de Medida que se espera alcanzar). La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de analisis- puede mostrar las siguientes variantes: a) Meta Presupuestaria de Apertura: Es la Meta Presupuestaria considerada en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). b) Meta Presupuestaria Modificada: Es la Meta Presupuestaria cuya determinacion es considerada durante un Ano Fiscal. Se incluye -en este concepto- a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas metas que se adicionen durante el Ano Fiscal. c) Meta Presupuestaria Obtenida: Es el estado situacional de la Meta Presupuestaria a un momento dado. Como resultado de la aplicacion de los Indicadores Presupuestarios, la Meta Presupuestaria Obtenida se califica como Meta Cumplida o Meta Ejecutada, de acuerdo a las siguientes definiciones: - Meta Presupuestaria Cumplida: Es la Meta Presupuestaria cuyo numero de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar (Cantidad), se ha cumplido en su totalidad.

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