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Pág. 160326 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de mayo de 1998 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-98-EF/76.01 Lima, 29 mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, los Artículos 4º y 5º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, disponen que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es la más alta autoridad técnico normativa, siendo sus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestión del Proceso Presupuestario en todas sus fases, así como elaborar el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto y emitir las normas complementarias pertinentes; Que, en atención a lo dispuesto en los precitados artículos, es necesario dar inicio al Proceso Presupuestario correspondiente al ejercicio presupuestario 1999, emitiendo las disposiciones pertinentes que orienten los procesos técnicos contemplados en las Fases de Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, a ser aplicadas por las entidades sujetas a la Directiva que aprueba la presente Resolución Directoral; Que, asimismo, es necesario que los trabajos de Programación y Formulación Presupuestal fortalezcan progresivamente la gestión institucional de los Pliegos, para cuyo efecto, deben afinarse las pautas, lineamientos y criterios metodológicos que aseguren concebir al Presupuesto Institucional como la principal herramienta de gestión de las entidades del Sector Público, para el logro de los Objetivos Institucionales trazados por cada Pliego; Que, a fin de coadyuvar a la transparencia y coherencia de los trabajos vinculados a la Programación y Formulación Presupuestal, resulta pertinente aprobar un Glosario de Términos que sea de aplicación homogénea para todas las Fases del Proceso Presupuestario; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Resolución Ministerial Nº 092-EF/43 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-98-EF/76.01, que dispone las pautas técnicas y los procedimientos necesarios para la Programación y Formulación del Presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 1999, a ser aplicados obligatoriamente por las entidades sujetas a su alcance. Artículo 2º.- Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus veces, iniciarán en sus respectivos Pliegos los procesos de Programación y Formulación al día siguiente de publicada la Directiva aprobada por la presente Resolución Directoral. Para este efecto, los Pliegos Presupuestarios adoptarán las medidas pertinentes, a fin de posibilitar el cumplimiento de los plazos fijados en el Cronograma de Reuniones de Formulación Presupuestal correspondiente al Año Fiscal 1999, que consta en el Anexo Nº 02 de la Directiva a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- Aprobar el Glosario de Términos Presupuestarios a aplicarse durante el Proceso Presupuestario 1999, de acuerdo a lo siguiente: • Asignación Presupuestaria: Son los Recursos Públicos con que cuenta una entidad para lograr sus Objetivos Institucionales . Dichos recursos necesariamente se consignan en el Presupuesto Institucional del Pliego, como condición necesaria, para su utilización por parte de los Pliegos Presupuestarios. • Categoría Presupuestaria : Es una clasificación técnica para efectos de la operatividad del Proceso Presupuestario. Su selección obedece y/o responde a uno o varios Objetivos Institucionales , dependiendo de su importancia y ámbito. Todas las Categorías Presupuestarias se encuentran contenidas en el Clasificador Funcional Programático así como en las Tablas de Referencia de Actividades y Proyectos; y, se aplican teniendo en cuenta su grado de relevancia respecto a los Objetivos Institucionales trazados por los Pliegos. • Cierre Presupuestario: Conjunto de acciones orientadas a conciliar y completar los registros presupuestarios de ingresos y gastos efectuados durante el Año Fiscal. Para dicho efecto, la Ley Anual de Presupuesto fija el Período de Regularización . • Eficacia : Se refiere al grado de avance y/o cumplimiento de una determinada variable respecto a la programación prevista. Para efecto de la Evaluación Presupuestal, la Eficacia se aplica al grado de ejecución de los ingresos y gastos respecto al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), así como al grado de cumplimiento de las Metas Presupuestarias . • Eficiencia : Describe la relación entre magnitudes o variables, permitiendo mostrar la optimización de los insumos (entendiéndose como la mejor combinación y la menor utilización de recursos para producir bienes y servicios) empleados para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias . Los insumos son los recursos financieros, humanos y materiales empleados para la consecución de las metas. Para efecto de la Evaluación Presupuestal, el Indicador de Eficiencia contrasta los recursos financieros previstos y/o ejecutados con las Metas Presupuestarias de Apertura, Modificadas y Obtenidas, según corresponda. • Ejercicio Presupuestario : El ejercicio presupuestario comprende el Año Fiscal (desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año) y el período de regularización (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del siguiente año). • Ejecución Financiera : La Ejecución Financiera de los Ingresos comprende el registro de la información de los recursos captados, recaudados u obtenidos por parte de los Pliegos Presupuestarios. La Ejecución Financiera de los Egresos comprende el registro del Devengado , girado y Pago de los Compromisos realizados. • Ejecución Presupuestaria : La Ejecución Presupuestaria de los Ingresos comprende el registro de aquellos recursos captados, recaudados u obtenidos durante el Año Fiscal. La Ejecución Presupuestaria de los Egresos comprende el registro de los compromisos efectuados durante el Año Fiscal. • Escala de Prioridades : Es la prelación de los Objetivos Institucionales que establece el Titular del Pliego, en función a la Misión , Propósitos y Funciones que persigue la entidad. Dicha prelación expresa la priorización -en cuanto a su logro- de los Objetivos Generales, Parciales y Específicos establecidos por el Titular, quien señalará las políticas que implementará y/o desarrollará durante el Año Fiscal. • Gestión Presupuestaria : Es la capacidad de los Pliegos Presupuestarios para lograr sus Objetivos Institucionales , mediante el cumplimiento de las Metas Presupuestarias establecidas para un determinado Año Fiscal, aplicando los criterios de eficiencia y eficacia. • Indicador Presupuestario : Son índices que posibilitan medir la Gestión Presupuestaria del Pliego, a través de la contrastación de los recursos ejecutados y metas presupuestarias alcanzadas, teniendo en cuenta la programación de los mismos en el Año Fiscal. • Meta Presupuestaria : Es la expresión concreta, cuantificable y medible que caracteriza el(los) producto(s) final(es) de las Actividades y Proyectos establecidos para el Año Fiscal. Se compone de tres (3) elementos, a saber: - Finalidad (Precisión del objeto de la meta). - Unidad de Medida (magnitud a utilizar para su medición). - Cantidad (el número de Unidades de Medida que se espera alcanzar). La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de análisis- puede mostrar las siguientes variantes: a) Meta Presupuestaria de Apertura : Es la Meta Presupuestaria considerada en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). b) Meta Presupuestaria Modificada : Es la Meta Presupuestaria cuya determinación es considerada durante un Año Fiscal. Se incluye -en este concepto- a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas metas que se adicionen durante el Año Fiscal. c) Meta Presupuestaria Obtenida : Es el estado situacional de la Meta Presupuestaria a un momento dado. Como resultado de la aplicación de los Indicadores Presupuestarios, la Meta Presupuestaria Obtenida se califica como Meta Cumplida o Meta Ejecutada, de acuerdo a las siguientes definiciones: - Meta Presupuestaria Cumplida : Es la Meta Presupuestaria cuyo número de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar (Cantidad ), se ha cumplido en su totalidad.