Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 1998 (23/10/1998)


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VISTOS: los recursos de Reconsideracion de fojas doscientos quince presentado al Consejo Nacional de la Magistraturaydefojasdoscientoscincuentaynueveante la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, ratificando con MORDAZA el anterior contra la Resolucion numero cero trece-noventa y ocho-PCNM que destituye al denunciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gaspar; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que tales recursos se han interpuesto dentro del termino previsto en el reglamento Articulo cuarenta y cinco Inc. hl. Sefundo.: ,Qye la unica nueva prueba que presenta es la eclaracionjurada con legalizacion de las firmas de dos testigos y no del contenido por lo que no constituyen prueba idonea para desvirtuar las pruebas actuadas en el proceso. Tercero.- Que la resolucion materia de la reconsideracion acuerda la destitucion por haber incurrido en dos hechos graves frente a la policia y ante los miembros de seguridad del Ministerio Publico y no por delito doloso; lo que esta plenamente probado. Cuarto.- Por los propios fundamentos de la resolucion materia de la reconsideracion. El Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de la fecha? por unanimidad y actuando con criterio de conciencia ACORDO: declarar sin lugar por infundada la reconsideracion presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion numero cero trece-noventa y ocho-PCNM de fecha doce de febrero de mil novecientos noventa y ocho. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA, HERMOZA; LOZADA; MORDAZA, CHACON; MORDAZA 12237

MORDAZA, viernes 23 de octubre dc 1998

de "Empresas Extranjeras de Reaseguros y de Corredores de Reaseguros" que lleva esta Superintendencia, bajo Matricula C.RE.038, cuya representacion sera ejercida por el senor Juan. MORDAZA MORDAZA Nunez0 del MORDAZA Fi;;; con domicrho legal en MORDAZA N 580 - San Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 12177

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Sancionan con suspension a empresa en su derecho a contratar la ejecucion de obras con el Estado
TRIBUNAL DE LICITACIONES Y CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS RESOLUCION W 148/98.TL MORDAZA, 9 de octubre de 1998 Visto en sesion del Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Publicas de 21.9.98, el Expediente N' 0731 98.TL, sobre aplicacion de sancion a la firma contratista PROJECT EMPRESARIAL 2000 S.A., por incumplimiento en la subsanacion de observaciones a la recepcion de la obra: "Rehabilitacion de veredas en el Sector 3", convocada por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA - A.D. N" OlO-97-MSI. CONSIDERANDO: Que, el 155.97, las partes suscribieron el contrato, a Precios Unitarios, para la ejecucion de la obra citada en la parte expositiva de la presente resolucion, por un monto de S/. 194,705.00, y con plazo de 60 dias calendario; Que, el 22.12.97, por Oficio N" 602-97-028-DOPMSI de 19.12.97, la entidad remitio al contratista las observacionesformuladasel15.12.97porlaComisiondeRecepcion de Obra, la cual concedio un plazo no mayor de 5 dias calendario para que fueran subsanadas, de conformidad con el Art. 5.10.7 del RULCOP, Que! el 29.12.97, tal como se desprende del acta respectiva, la Comision de Recepcion de Obra, en presencia del contratista, procedio a recepcionar parte de la obra ejecutada, constatando que parte de los trabajos habian sido realizados de acuerdo con las esnecificaciones tecnicas; Que, la Carta N" 12-98-EVM, Informe N" 020-98028-PU-DOPMSI e Informe N" 034-9%02%DOPMSI, comunicaciones internas de la entidad emitidas el 9,16 y 24.2.98, respectivamente,, concluyen que las obras supervisadas fueron recepcionadas con observaciones, no cumpliendo el contratista con subsanarlas. nor lo que la entidad puso estos hechos en conocimiento del CONSULCOP mediante Oficio N" 015-98-04-DMMSI de 27.3.98; Que, no obstante las reiteradas notificaciones efectuadas al contratista, este no ha cumplido con presentar sus descargos, por lo que el presente procedimiento se ha tramitado haciendo efectivos los apercibimientos establecidos por los Arts. 17"~ 18" de la Resolucion N" 094-90-VC9100 de 26.7.90; Que,, de la informacion proporcionada por la Oficina del Registro Nacional de Contratistas de Obras Publicas, se conoce que la firma contratista PROJECT EMPRESARIAL 2000 S.A. no ha sido sancionada con anterioridad, y que tuvo inscripcion vigente solo hasta el 28.11.96, por lo que al momento de celebrar el contrato de obra materia de analisis el 15.5.97, su inscripcion habia caducado; Que, por lo expuesto, no corresponderia a este Tribunal conocer del presente caso, conforme a lo dispuesto por el Art. 3.1.1 del RULCOP, sin embargo, encontrandose acreditado que el contratista ha incumplido con

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Autorizan la inscripcion de persona juridica enel RegistroOficial de Empre sas Extranjeras de Reaseguros y de Corredores de Reaseguros
RESOLUCION SBS N" 1038.98 MORDAZA, 6 de octubre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez del MORDAZA Simons para que se autorice la inscripcion de la empresa SEGURSA Reaseguros S.A., en el Registro Oficial de "Empresas Extranjeras de Reaseguros y de Corredores de Reaseguros"; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS N" 815-91 de fecha 17 de diciembre de 1991, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de las Empresas Extranjeras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros; Que, la citada empresa ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la mencionada MORDAZA administrativa; Que, la Comision Calificadora de Empresas Extranjeras de Reaseguros y Corredores de Reaseguros, en sesion celebrada el 31 de agosto de 1998, ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro Oficial; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N" 26702; yen virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS W 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la empresa SEGURSA Reaseguros S.A., en el Registro Oficial

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