Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 1998 (23/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 12172

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Declaran procedente solicitud de prorroga de plazos establecidos en las RR.MM. Nos. 615-96 y 686-97-PE referidas a la construccion de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL N"318-98-PEIDNE MORDAZA, 21 de octubre de 1998 Vistos los escritos con Registros N"s. 17895 y 4718002 de fechas 29 de diciembre de 1997 y 23 de junio de 1998 presentados por la empresa UNION FISHING S.A.; CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el Articulo 3" de la Resolucion Ministerial N" 61596-PE, se otorgo a la empresa UNION FISHING S.A. un plazo improrrogable de seis (6~ meses a partir de la fecha de expedicion de dicha resolucion, para que la recurrente termine de ejecutarla construccion de la embarcacion denominada "DONA EMMA" de 900 m3 de capacidad de bodega, sustentandose en que el MORDAZA de construccion estaba sujeto a diversos factores que interrumpieron su continuidad y exigian mayor tiempo del previsto debido a causas de fuerza mayor, habiendose demostrado el grado de avance de construccion de la citada embarcacion, cuya inversion sustantiva se encuentra garantizada por lo establecido en el Articulo 1" del Decreto Legislativo N" 757 - 1,ey MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 62" de la Ley General de Pesca; Que por Resolucion Ministerial N" 686-97-PE de fecha 4 de noviembre de 1997 se declaro procedente la solicitud presentada por la empresa UNION FISHING S.A. respecto a la modificacion del Articulo 3" de la Resolucion Ministerial N" 61596.PE fundamentandose en que subsistieron las causas de fuerza mayor, no siendo posible exigir el termino de construccion dentro del plazo de seis (6) meses otorgados, dado que para efectos del presente caso solo debe considerarse el transcurso de los plazos, cuando las causas de fuerza mayor que imposibilitan seguir con la construccion de la citada embarcacion, dentro de una diligencia ordinaria han sido superadas; Que a traves de los escritos del visto, la recurrente solicita la prorroga del plazo senalado en el Art iculo 3" de la Resolucion Ministerial N" 615.96-PE y del Articulo Unico de la Resolucion Ministerial N" 686-97.PE sustentandose en que a pesar de que con fecha 4 de noviembre de 1997 se declaro procedente su solicitud senalando el termino del plazo el 31 de enero de 1998, se paralizaron totalmente los avances de la obra por requerir la autoridad maritima la elaboracion de nuevos planos de construccion que contengan las correcciones de las fallas de caracter tecnico y de diseno detectadas en la embarcacion pesquera prototipo que garanticen las condiciones de navegabilidad, seguridad y operacion de la embarcacion pesquera "DONA EMMA", para su aprobacion y conformidad, aunado a los problemas de orden financiero derivados de la ocurrencia de las alteraciones oceano-climaticas presentadas durante 1997-1998, por lo que se ha dificultado el reinicio de las operaciones de construccion; Que de la evaluacion a los medios probatorios presentados con los escritos del visto, se ha acreditado la subsistencia de las causas de fuerza mayor que imposibilitaron la culminac_ion de la construccion de la embarcacion pesquera "DONA EMMA', dentro del plazo sena lado en la Resolucion Ministerial N" 68697-PE por lo que no debe considerarse el periodo de suspension de la ejecucion de la obra producido por las causas de fuerza mayor debidamente acreditadas;

Que asimismo, teniendo en cuenta el avance de construccion de la embarcacion "DONA MORDAZA y tratandose de una embarcacion de altura orientada ala extraccion de los recursos subexplotados jurel y caballa destinados al consumo humano directo, los que generarian abastecimiento de pescado fresco al MORDAZA interno y la exportacion de sus productos con un mayor valor agregado, es conveniente otorgar un plazo improrrogable para la culminacion de la construccion de la embarcacion MORDAZA citada; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero v con la visacion de la Oficina Generai de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el literal dl del Articulo 1" y la Primera Disposicion Complementaria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N" 02.94.JUS; y, En uso de las facultades otorgadas a traves de los Articulos 8" y 5" de las Resoluciones Ministeriales N's. 500-98-PE y 505-98PE, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar procedente la solicitud presentada por la empresa UNION FISHING S.A., en consecuencia considerese que el plazo otorgado en el Articulo Unico de la Resolucion Ministerial N" 686.97.PE concluira indefectiblemente el 31 de diciembre de 1998. Articulo 2".- Incorporar al Anexo II de la Resolucion Ministerial N" 500-98PE la autorizaciun de incremento de flota otorgada a la empresa UNION FISHING S.A., para la construccion de la embarcacion pesquera "DONA EMMA'. Articulo 3".- Transcribase la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquesr. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 12173

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Autorizan la participacion de fiscales en el "VIII Taller Constitucional", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO N" 686-98-MP-CEMP MORDAZA, 22 de octubre de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio W 1506-98/PTC cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. Presidente del'l'ribunal Constitucional; y estando al Acuerdo N" 5440, adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA queel doctor MORDAZA Pahlo MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada. no participa por motivo de salud; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes N" 26623, N" 26695 y N" 26738; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la participacion de los senores Fiscales Superiores, Adjuntos Superiores, Provinciales y Adjuntos Provinciales del Distrito Judicial de La MORDAZA, para que participen en el evento

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