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Pág. 165158 ~f~or:rll;li;rlnMk~ Lima, viernes 23 de octuhrc de 1998 sola licencia de conducir. previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias de conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 89” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02.94.JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 462-98 MTCY15.18.05 y de Asesoría Legal en Informe N” 941-98- MTC/15.18.01;De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo No 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Lev de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS; y Decreto Ley N” 25862; SE RESUELVE: De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 0294-JUS; y Decreto Ley N” 25862;Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en número de cincuentitrés (53), obtenidas por sus titulares en la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial de la Dirección General de Circulación Terrestre, de la clase y categoría de dichos instrumentos públicos de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N” 373.98-MTC05.18.05.3, de fecha 26 de mayo de 1998, cuyos originales debidamente visados, forman parte integrante de esta resolución, por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente reso- lución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en número de cincuenta (501, obtenidas por sus titulares en la Dirección de Parque Automotor y Circula- ción Vial de la Dirección General de Circulación Terres- tre, de la clase y categoría de dichos instrumentos públi- cos de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N” 371-98-MTC/15.18.05.3., de fecha 26 de mayo de 1998, cuyos originales debidamente visados, forman parte integrante de esta resolución, por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecución de la presente reso- lución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial.Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 12166 Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBANEZ MANCHEGO Director GeneralPROMUDEH Oficializan el evento”XIII Juegos Depor- tivos Universitarios Nacionales - Lambayeque - 98” Dirección General de Circulación TerrestreRESOLUCION MINISTERIAL W 306-98-PROMUDEH 12165 RESOLUCION DIRECTORAL N” 1306-98-MTCY15.18Lima, 21 de octubre de 1998 Vistos el Oficio N” 197-FEDUP-98, del Presidente de la Comisión Organizadora de los Juegos Deportivos Universitarios Nacionales Lambayeque - 98, de la Fede- ración Deportiva Universitaria del Perú; Lima, 14 de octubre de 199X CONSIDERANDO: VISTOS,elInformeN”373-98-MTC/15.18.05.3.yanexo correspondiente emitido por la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Memorán- dum W 467-98-LMTCi15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, sobre peticiones de nulidad de expedición de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO:Que el Instituto Peruano del Deporte IPD, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, cuyos objetivos son promover y desarrollar la práctica deportiva en igualdad de oportunidades a nivel nacional, aprobó mediante Reso- lución N” 417.PICND-IPD-98, la realización de los “XIII Juegos Deportivos Universitarios Nacionales - Lambaye- que - 98”; Que. mediante Resolución Directoral N” 665-96-MTC/ 15.15. se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se han detectado que diversos titulares de dichos instrumentos públicos tienen dobles brevetes obtenidos en diferentes Direcciones Regionales de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción;Que dada la trascendencia de los Juegos Deportivos Universitarios a realizarse, cuya finalidad es congregar a más de dos mil deportistas universitarios del país en 12 disciplinas deportivas, la Comisión Organizadora solicita mediante documento de vistos, la oficialización del evento deportivo en mención; Que, de conformidad con lo establecido en el Regla- mento de Licencias de Conducir para Vehículos Motori- zados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N” 1594-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos N’k. 08 y 09.97-MTC y Decreto Supremo N” 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir. previo cumplimiento de los requisitos establecidos;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo N” 866, modificado por el Decreto Legislativo N” 893 y el Decreto Supremo N” OOl-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias de conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 89” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N” 02-94-JUS; en consecuencia. es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;Artículo lo.- Dar carácter oficial al evento deportivo “XIII JUEGOS DEPORTIVOS UNIVERSITARIOS NA- CIONALES LAMBAYEQUE - 98”, organizado por la Federación Deportiva Universitaria del Perú, que se desarrollará del 4 al 15 de noviembre de 1998, en la ciudad de Lambayeque. Artículo 2”.- Remitir copia de la presente resolución, a la Federación Deportiva Universitaria del Perú y al Instituto Peruano del Deporte, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum N” 467-98. MTC/15.18.05. y de Asesoria Legal en Informe N” 899-98- MTCY16.18.01;MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 12248-