Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 1998 (23/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

I>iKK+, ViCrflCS 23 dC OCtUbFt dC 11)0x sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas. para poder acceder al canje de las nurvas licencias de conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 89" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum N" 1160. 98-MTC115.18.05 y de Asesoria Legal en Informe N" 110798MTC115.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02-94.JUS y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en numero quince (15), obtenidas por sus titulares en la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial de la Direccion General de Circulacion Terrestre, de la clase y categoria de dichos Instrumentos publicos de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe Y' 81598-MTW5.18.05.3, de fecha 11 de setiembre dr. 1998, cuyos originales debidamente visados, forman parte integrante de esta resolucion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecucion de la presente resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 12153 RESOLUCION DIRECTORAL W 1287-9%MTCh5.18 MORDAZA, 13 de octubre de 1998 VISTOS,el Informe N" 787-9%MTCY15.18.05.3. y anexo correspondiente emitido or la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de 6onducir y el Memorandum N" 1152-98-MTC/15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, sobre peticiones de nulidad de expedicion de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N" 665-96-MTC/ 15.15. se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se ha detectado que diversos titulares de dichos instrumentos publicos tienen dobles hrevetes obtenidos en diferentes Direcciones Regionales de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion: Que, de conformidad ron lo establecido en el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N" 1594-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos N"s. 08 y 09-97-MTC y Decreto Supremo N" 006-98-MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias dc conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumplrmiento a lo dispuesto en el Articulo 89" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02-94-JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente: Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum N" 115298-MTCY15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe N" 114898-MTCY15.18.01;

erperuant, Pag. 165153
De conformidad con lo dispuesto en el reglamento *probado por Decreto Supremo W 015-94-MTC, Texto iTnico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02.94-JUS y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de :onducir en numero de noventitres (93), obtenidas por SUS titulares en la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulazion Vial de la Direccion General de Circulacion Terrestre, de la clase y categoria de dichos instrumentos publicos de sus titulares que se detallan en el ANEXO al Informe N" 787-98-MTC/15.18.05.3, de fecha 8 de setiembre de 1998, cuyos originales debidamente visados, forman parte integrante de esta resolucion, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma. Segundo.- Encargar la ejecucion de la presente reso$$n a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulaclon Registrese y comuniquese. MORDAZA A. IBANE MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 12154 RESOLUCION DIRECTORAL N" 1288-SS-MTC115.18 MORDAZA, 13 de octubre de 1998 VISTOS, elInformeN"394-98MTC/15.18.05.3.yanexo correspondiente emitido por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Memorandum N" 610-9%MTCY15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, sobre peticiones de nulidad de expedicion de licencias de conducir varias. CONSIDERANDO:

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Que, mediante Resolucion Directoral N" 665-96-MTC/ 15.15. se ha dispuesto el canje obligatorio de las licencias de conducir de acuerdo al cronograma establecido y como consecuencia se ha detectado que diversos titulares de dichos instrumentos publicos tienen dobles brevetes obtenidos en diferentes Direcciones Regionales de Transportes, Comunicaciones? Vivienda y Construccion; Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N" 15.94-MTC y sus modificatorias Decretos Supremos Ns. 08 y OQ-97-MTC y Decreto Supremo N 006-98.MTC, toda persona tiene derecho a acceder a una sola licencia de conducir, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que, las personas que han obtenido doble licencia de conducir, han optado por renunciar a una de ellas, para poder acceder al canje de las nuevas licencias de conducir, con tal fin, han legalizado sus firmas para dar cumphmiento a lo dispuesto en el Articulo 89" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02-94.JUS; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum N" 610-98MTCY15.18.05 y de Asesoria Legal en Informe N" 956-98MTCY15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 015-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo N" 02.94.JUS y Decreto Ley N" 25862; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las licencias de conducir en numero de veintiuno (211, ohtenidas por sus titulares en la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial de la Direccion General de Cirrnlarion Tnrres~ tre, de la clase y categoria de dich~~i&&@&&p&licos de sus titulares ue se detallan en el ANEXO al Informe N" 394-98-M ?C/15.18.05.3, de fecha 26 de MORDAZA

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