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Pág. 171857 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de abril de 1999 - Ley Marco de Descentralización, Decreto de Urgencia Nº 030-98 y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Ing. Melvin Richard Rengifo Lau, al cargo de Director Regional de Energía y Minas del Consejo Transitorio de Administración Regional Amazo- nas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 4651 RESOLUCION SUPREMA Nº 054-99-EM Lima, 8 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 271-99/CTAR-AMAZONAS/PE, del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional Amazonas, mediante el cual se propo- ne la terna para la designación del Director Regional de Energía y Minas del referido CTAR; CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Director Regio- nal de Energía y Minas del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional Amazonas; Que es necesario designar al profesional que desempe- ñará el indicado cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Decreto de Urgencia Nº 030-98 y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a partir de la fecha, al Ing. LUIS ARNALDO MELGAREJO MEJIA como Director Regional de Energía y Minas del Consejo Transitorio de Administración Regional Amazonas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 4652 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU. para participar en Segunda Reunión de Compras del Sector Público RESOLUCION SUPREMA Nº 050-99-ITINCI Lima, 8 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 7 al 9 de abril de 1999, se llevará a cabo la Segunda Reunión de Compras del Sector Público, en elmarco del Area de Libre Comercio de las Américas, la que se realizará en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, for- mular, dirigir, supervisar y evaluar la política de integra- ción y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Su- premos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 7 al 10 de abril de 1999, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de la señorita Marcela Zea Barreto, para que en repre- sentación del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunión señalada en la parte considera- tiva de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Srta. MARCELA ZEA BARRETO Pasajes US$ 499.42 Viáticos US$ 660.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 4650 JUSTICIA Aprueban el Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de la Defensa de Oficio DECRETO SUPREMO Nº 005-99-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Ley Nº 27019 se creó el Servicio Nacional de la Defensa de Oficio, destinado a proveer el derecho a la defensa gratuita a personas de escasos recursos económi- cos, así como en los casos en que las leyes procesales lo determinen; Que es necesario dictar las normas reglamentarias para su mejor aplicación; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de la Defensa de Oficio, el mismo que consta de cinco (5) Títulos, treinticuatro (34) artículos, y dos (2) Disposiciones Complementarias, que forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por la Ministra de Justicia.