TEXTO PAGINA: 61
Pág. 181791 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de diciembre de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel, en Sesión Ordina- ria de la fecha, con la dispensa de la aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 17-99 QUE CONCEDE AMNISTIA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA A FAVOR DE LOS VECINOS DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL Artículo Primero.- Agréguese como segundo párra- fo del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 17-99 el siguiente texto: "Dichas deudas podrán ser materia de fraccionamien- to en la Dirección de Rentas, previo pago de las costas correspondientes, así como, de una cuota inicial mínima del 20% del monto de la deuda y, el saldo pagadero hasta en 12 cuotas. El incumplimiento del pago de dos (2) cuotas consecu- tivas, dará lugar a la ejecución de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de las cuotas de amortización pendientes de pago" Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Oficinas de Rentas, Informáti- ca, Administración, Imagen Institucional y Ejecutoría Coactiva, en lo que corresponda a sus funciones. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 15874 Modifican edicto que regula el Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes ORDENANZA Nº 22-99 San Miguel, 15 de diciembre de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel; en Sesión Extraor- dinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia, y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir con- tribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos munici- pales; Que, en esta línea, el Concejo Municipal cumple las funciones normativas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución a través de Ordenanzas las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Cons- titución y la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario; Que, mediante el Edicto Nº 02-94 y sus normas modi- ficatorias la Municipalidad de San Miguel reguló el régi- men tributario de los arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines Públicos, con la finalidad de administrar y financiar el costo de los mencionados servicios públicos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 270 de fecha 12 de diciembre de 1994, la Municipalidad Metropolitana de Lima, ratificó el Edicto Nº 02-94 de esta Municipalidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Muni-cipal, modificado por la Ley Nº 26725, las tasas por servicios públicos se calculan en función al costo efectivo del servicio; Que, teniendo en cuenta que el arbitrio se calcula en función al costo efectivo del servicio público y estando a que ha sido política de la presente Administración no practicar incrementos a los arbitrios establecidos en 1994, la situación actual obliga a la Corporación a sincerar sus tasas de tal forma de que se cumpla con cubrir los costos que demandan los servicios; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Dicta- men emitido por la Comisión de Economía y Presupuesto, el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA ORDENANZA QUE MODIFICA EL EDICTO Nº 02-94 QUE REGULA EL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SUS NORMAS MODIFICATORIAS Artículo Primero.- Modifíquese el inciso b) del Artí- culo 9º del Edicto Nº 02-94 con el tenor siguiente: Uso del Predio Tasa Tasa Mínima(% del valor del inmueble) (% UIT) b)Actividades industriales, comerciales y de servicios 0.045% 0.73% en general Artículo Segundo.- Modifíquese el inciso b) del Artí- culo 11º del Edicto Nº 02-94 con el tenor siguiente: Uso del predio Tasa Tasa Mínima (% del valor del inmueble) (% UIT b)Actividades Industriales, comerciales y de servicios en general 0.018% 0.25% DISPOSICIONES FINALES Primera.- Forma parte integrante de la presente Ordenanza, el Informe Técnico que detalla la determina- ción de los Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines calculados en función al costo efectivo del servi- cio a prestar, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tribu- tación Municipal, modificado por la Ley Nº 26725. Segunda.- La Alcaldía queda facultada para dictar, vía Decreto, las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia el 1 de enero del año 2000. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 15875 Aprueban ordenanza que regula el Arbi- trio de Serenazgo ORDENANZA Nº 23-99 San Miguel, 15 de diciembre de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Miguel, en Sesión Extraor- dinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi-