Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 1999 (22/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 1999
PRUEBAS DE LLAMADAS Objetivos:
Numero de Prueba 1 Titulo Fijo ­ Buscapersonas

NORMAS LEGALES

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servicio, esta no se cambiara sin el consentimiento y acuerdo de ambos Operadores. 1.5 Cuando CELCENTER envie una solicitud u orden de servicio a TELEFONICA para requerir un enlace o punto de interconexion, esta MORDAZA debera responder a mas tardar en quince (15) dias habiles desde la fecha de solicitud. En caso que la respuesta sea afirmativa, se procesara la orden segun los intervalos descritos en el Punto 2 del presente anexo. En el caso que factores tecnicos impidan que la respuesta de TELEFONICA sea afirmativa, esta, dentro del plazo de 15 dias, senalara una fecha para obtener el servicio. La confirmacion de la orden por parte de TELEFONICA contendra la siguiente informacion: a) Numero de orden de TELEFONICA y numero de solicitud de orden de CELCENTER b) El circuito o numero de equipo para cada enlace ordenado c) Numero de Grupo Troncal. d) Fechas criticas para las ordenes indicando la fecha en la cual la orden fue emitida por TELEFONICA, la fecha de prueba y la fecha de puesta en servicio 2. INTERVALOS DE PROVISION 2.1 El intervalo de provision es el tiempo requerido para disponer de los enlaces y puntos de interconexion solicitados. El intervalo de provision indicara el numero de dias habiles que deberan mediar entre la fecha de solicitud y la fecha de puesta en servicio. 2.2 Los siguientes intervalos de provision seran aplicables desde la fecha de solicitud de orden de servicio:
Requerimiento Provision de un MORDAZA punto de interconexion Provision de Enlaces Adicionales Intervalo de Provision Menor o igual a 90 dias habiles Menor o igual a 30 dias habiles

Proposito Paso Fallo Comentarios

(*) La denominacion de las pruebas indicadas en los MORDAZA son a titulo ejemplificativo. Las pruebas a consignar en el MORDAZA "Numero de Prueba" seran las que MORDAZA partes acuerden segun el numeral 3 del presente Anexo 1.D.

ANEXO 1.E ORDENES DE SERVICIO DE INTERCONEXION 1. ORDENES DE SERVICIO Se entiende por solicitud de orden de servicio a los documentos mediante los cuales CELCENTER solicite: a) Nuevos puntos de interconexion adicionales a los considerados en el presente MANDATO. b) El incremento de enlaces en puntos de interconexion existentes. Las solicitudes de ordenes de servicio de CELCENTER observaran el siguiente procedimiento: 1.1 La Gerencia Central Legal y de Regulacion recibira las solicitudes de ordenes de servicio de CELCENTER. TELEFONICA evaluara las solicitudes de ordenes de servicio de CELCENTER y las ingresara en su sistema mediante un formato establecido de comun acuerdo, que provea con el numero de orden a CELCENTER. El Area Tecnica de CELCENTER sera la contra parte de la Gerencia de Desarrollo de TELEFONICA, para todos los aspectos tecnicos mencionados, una vez aceptada la orden de servicio. 1.2 TELEFONICA y CELCENTER acordaran la utilizacion de uno de los siguientes medios: courier, fax o cualquier intercambio electronico de datos y la utilizacion de un determinado formato para solicitar puntos de interconexion y enlaces. 1.3 Las solicitudes de ordenes de servicio deberan contener como minimo la siguiente informacion para que TELEFONICA pueda proveer lo solicitado: · Fecha de solicitud de orden de servicio. · Numero de orden de CELCENTER. · Nombre y direccion del local de cada terminal de enlace de punto de interconexion. · Nombre y numero de telefono del area de CELCENTER encargada de realizar las siguientes funciones: coordinacion de la orden, confirmacion de la orden, instalacion y prueba. · Descripcion del lugar de punto de interconexion. · Fecha de puesta en servicio requerida. · Cantidad de enlaces requeridos. · Servicios opcionales, de ser requeridos, para los casos de nuevos puntos de interconexion. 1.4 Ciertas fechas importantes, de aqui en adelante conocidas como fechas criticas, se asociaran con la orden de servicio. Estas fechas criticas seran utilizadas por TELEFONICA y CELCENTER para monitorear el progreso del MORDAZA de las mismas, que seran: a) Fecha de solicitud de orden de servicio.- El dia que CELCENTER entrega a TELEFONICA una solicitud de acuerdo a lo establecido en el punto 1.1 del presente anexo. b) Fecha de emision de la orden.- La fecha en la cual la orden es ingresada al sistema de TELEFONICA. c) Fecha de prueba.- Fecha en la cual TELEFONICA y CELCENTER comienzan la prueba general de los enlaces. MORDAZA de la misma, ambos Operadores completaran todo el cableado, verificaran la continuidad y operacion de equipos, asi como la carga de los datos. d) Fecha de puesta en servicio o fecha de servicio.- Fecha en la cual el punto de interconexion o enlaces se encuentran operativos y disponibles despues de las pruebas de aceptacion acordadas en el Anexo I.D y firmada el acta de aceptacion respectiva. La fecha de puesta en servicio sera una fecha acordada entre las partes, basada en el intervalo de provision para el MORDAZA de requerimiento realizado. Una vez establecida una fecha de puesta de

Durante el MORDAZA de adecuacion de equipos e infraestructura expuesto en el numeral 5 del Anexo I.A se indicara a TELEFONICA los requisitos de proyeccion a largo plazo de CELCENTER y se ayudara a TELEFONICA a cumplir con estos intervalos. 2.3 Para instalar un enlace de interconexion o un punto de interconexion, ambos Operadores deberan garantizar la disponibilidad de suficiente personal tecnico en la ejecucion de las pruebas de aceptacion acordadas en el Anexo I.D. 2.4 Una vez realizada la provision de enlaces de interconexion o de un MORDAZA punto de interconexion, esta debera ser puesta en conocimiento de OSIPTEL en un plazo no mayor de cinco (5) dias calendario. ANEXO 1.F OPERACION, MANTENIMIENTO Y GESTION DE AVERIAS 1. GENERALIDADES 1.1 Cada Operador establecera su centro principal de monitoreo de red como punto central de contacto, con el proposito de informar al otro Operador de fallas en los puntos de interconexion a nivel nacional y para coordinar aspectos de operacion y mantenimiento de los PdI que afecten al sistema del otro Operador o a sus clientes. 1.2 Cada operador dispondra de personal para garantizar la operacion y mantenimiento con el fin de asegurar la continuidad y calidad del servicio. Cada operador realizara el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de su propiedad en los PdI. 1.3 Las rutinas de mantenimiento se ajustaran a las recomendaciones del fabricante. 2. EVALUACION Y PRUEBAS EN EL PUNTO DE INTERCONEXION 2.1 Las averias deberan ser registradas en formatos que contemplen informacion basica como fecha y hora del reporte, posible averia detectada, infraestructura afectada, nombre de la persona que efectua el reporte, nombre de la persona que recibe el reporte y tiempo estimado de la reparacion. 2.2 Para evaluar la calidad de los enlaces de interconexion se utilizaran las recomendaciones de transmision definidas en los estandares y especificaciones que recomiendan la UITT aplicables a los sistemas de transmision digital y los que se acuerden y MORDAZA aplicables en los protocolos de Aceptacion y Prueba incluidos en el Anexo I.D.

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