Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 1999 (23/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 1999
VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Oficio Nº 945-99-(EPX. Nº 386-99-CC)-MPF.SUPR.C.I., de 21 de diciembre de 1999, suscrito por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, elevando el Exp. Nº 386-99, que contiene la denuncia-queja formulada por MORDAZA MORDAZA Cuzcano de la MORDAZA y otras, contra el doctor MORDAZA MORDAZA Eguia MORDAZA, Fiscal Superior de la Fiscalia Superior Mixta de Canete y Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno de Canete, por delito de Abuso de Autoridad e Irregularidades en el Ejercicio de su Funcion, al haberse concedido el recurso de apelacion interpuesto por el referido magistrado contra la Resolucion Nº 1697, de fecha 17 de diciembre de 1999, emitida por ese Despacho, que resuelve Suspenderlo Temporalmente de la Funcion Fiscal, adjuntando 2 video casetes. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1697, de 17 de diciembre de 1999, la Fiscalia Suprema de Control Interno, resolvio Suspender Temporalmente de la Funcion Fiscal, hasta la expedicion de la resolucion respectiva, al doctor MORDAZA MORDAZA Eguia MORDAZA, Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta de Canete y Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno de Canete, al haber advertido "cargos coherentes, consistentes y repetidos de acoso sexual, maltrato, humillaciones y amenazas, compatible, incluso, con Abuso de Autoridad, lo cual habiendose hecho publico, afecta gravemente al Ministerio Publico (fs. 22) evidenciando conductas incompatibles con la funcion de Gestion de Gobierno y la propia condicion de representante del Ministerio Publico"; Que, los argumentos del Recurso de Apelacion interpuesto, no enervan los considerandos de la resolucion recurrida, la misma que ha sido expedida por la Fiscalia Suprema de Control Interno conforme a sus atribuciones; por lo que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 052 Ley Organica del Ministerio Publico y Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 337-98-MP-CEMP, estando al Acuerdo Nº 8363 adoptado por unanimidad en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE:

SBS
Autorizan a persona juridica adquirir acciones del capital social de empresa de seguros
RESOLUCION SBS Nº 1065-99 MORDAZA, 30 de noviembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Santander Peru Holding S.A., empresa constituida y existente bajo las leyes del MORDAZA, para que se le autorice adquirir un numero de acciones superior al 10 por ciento del capital social de Compania de Seguros de MORDAZA Santander S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, Santander Peru Holding S.A. pretende adquirir el 14,99% de las acciones representativas del capital social de Compania de Seguros de MORDAZA Santander S.A., que son propiedad de Compania de Seguros de MORDAZA Santander S.A. de Chile; Que, el Articulo 57º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, dispone que la transferencia de acciones de una empresa de los sistemas financiero o de seguros, por encima del diez por ciento de su capital social, a favor de una sola persona, directamente o por conducto de terceros, requiere autorizacion previa de esta Superintendencia; Que, la adquirente Santander Peru Holding S.A., sus accionistas, directores y funcionarios no se encuentran comprendidos en los impedimentos ni limitaciones senaladas en el Articulo 58º de la precitada Ley General; Estando a lo informado por la Intendencia de Seguros "F" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Informe Nº 002-99-ISF y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 1088-99-LEG; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA Eguia MORDAZA, Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Mixta de Canete y ex Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno de Canete, contra la Resolucion Nº 1697, de 17 de diciembre de 1999, que resuelve Suspenderlo Temporalmente de la Funcion Fiscal, hasta la expedicion de la resolucion respectiva. Articulo Segundo.- Devolver lo actuado a la Fiscalia Suprema de Control Interno, para que continue el tramite de la investigacion, conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 15930

Articulo Unico.- Autorizar a Santander Peru Holding S.A., a adquirir acciones hasta por un total de 65,61% del capital social de Compania de Seguros de MORDAZA Santander S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 15944

Autorizan a empresa de seguros y reaseguros la apertura de oficina especial en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1096-99 MORDAZA, 15 de diciembre de 1999 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por EL PACIFICO-PERUANO SUIZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial

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