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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 181834 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de diciembre de 1999 y sin manchas, marcas u otras imperfecciones por ambos lados de las cartas. Si una baraja nueva que será empleada en la mesa de Póker Caribeño ha sido fabricada incluyendo comodines, el personal del explotador, después de romper el precinto de seguridad y abrir la caja donde se encuentran las cartas se asegurará que no serán utilizados en las partidas debiendo colocarlos en su correspondiente caja en dicho momento. El cambio de baraja se realizará cuando se encuentre alguna falla en las cartas o por no existir el número completo de cartas; asimismo, a solicitud de los participan- tes, del Inspector o del personal del explotador si existen motivos razonables. Artículo 6º.- De los procedimientos obligatorios cuando se emplean barajas nuevas : Cuando se em- pleen barajas nuevas, antes de empezar la distribución de las cartas a los participantes, el dealer deberá realizar los siguientes procedimientos en ese orden: a.- Mostrar las cartas: Colocar todas las cartas en la mesa de juego de tal forma que se exponga a los participan- tes las caras de todas las cartas. b.- Voltear las cartas: Colocar todas las cartas en la mesa de juego de tal forma que las caras estén ocultas. c.- Revolver las cartas: Entreverar las cartas en la mesa de juego, siempre manteniendo ocultas las caras de las cartas. d.- Barajar las cartas: Mezclar completa y aleatoriamen- te las cartas, en forma manual o mediante un dispositivo automático y después colocarlas agrupadas en la mesa con las caras ocultas hacia abajo al lado del cortador que se encuentra en el paño. e.- Cortar las cartas: Tomar un grupo de las cartas barajadas y colocarlas encima del cortador con las caras ocultas, luego el grupo de cartas restantes se coloca encima de las cartas anteriores también con las caras ocultas. Este procedimiento lo puede hacer el jugador o el dealer y sólo deberá realizarse con una mano. Luego de este procedi- miento el dealer puede proceder a su reparto. Artículo 7º.- De los procedimientos obligatorios para el inicio de cada partida : Antes de empezar la distribución de las cartas a los jugadores, el dealer deberá realizar los siguientes procedimientos, en ese orden: a.- Barajar las cartas: Mezclar completa y aleatoriamen- te las cartas, en forma manual o mediante un dispositivo automático y después colocarlas agrupadas en la mesa con las caras ocultas hacia abajo al lado del cortador que se encuentra en el paño. b.- Cortar las cartas: Tomar un grupo de las cartas barajadas y colocarlas encima del cortador con las caras ocultas, luego el grupo de cartas restantes se coloca encima de las cartas anteriores también con las caras ocultas. Este procedimiento lo puede hacer el jugador o el dealer y sólo deberá realizarse con una mano. Luego de este procedi- miento el dealer puede proceder a su reparto. Asimismo, queda a criterio del personal del explotador realizar los procedimientos de contar, mostrar, voltear y revolver las cartas antes de barajar las cartas. Artículo 8 º.- De los procedimientos obligatorios para la conclusión de la participación de un jugador : Después que un jugador ha concluido su participación en una partida, el dealer verificará que el número de cartas del jugador son cinco, antes de depositarlas en el descartador. CAPÍTULO III DEL DESARROLLO DE LAS PARTIDAS Artículo 9 º.- De los participantes y de la coloca- ción de las apuestas : Para el desarrollo de una partida debe existir cuando menos un jugador. Será de aplicación para los participantes las siguientes reglas: a.- No puede haber más de un jugador participando en cada zona de apuesta. b.- Un jugador no puede participar en dos o más zonas de apuesta aun cuando éstas se encuentren desocupadas. c.- El jugador debe permanecer en la mesa de juego en todo el tiempo que dure su participación en la partida. d.- Los jugadores no pueden intercambiar información relacionada con el juego o mostrar sus cartas a los demás. e.- Para participar los jugadores deben colocar el ante. Las apuestas se harán sólo con fichas. f.- Los jugadores deberán efectuar sus apuestas de acuerdo a los límites establecidos por la sala de juego. Artículo 10 º.- De la distribución de las cartas en la partida : En una partida se reparten cinco cartas a cadajugador y al dealer. La distribución de las cartas la hace el dealer de su izquierda a su derecha en cinco rondas. En cada ronda, cada participante en juego y el dealer recibe una carta. La última carta que se reparte en cada ronda corres- ponde al dealer. Todas las cartas serán distribuídas con las caras ocultas excepto la última carta que corresponda al dealer, la cual será repartida con la cara expuesta. Artículo 11 º.- Del procedimiento para completar la partida : Luego de haberse cumplido con lo establecido en el Artículo 10 º del presente Reglamento y después que cada jugador ha examinado sus cartas, decidirán si conti- núan en la partida realizando un bet o se retiran perdiendo su ante. Si un jugador se retira de la partida, el ante apostado será recogido por el dealer y las cartas de dicha mano serán depositadas en el descartador. Después que los jugadores han realizado su bet o se han retirado de la partida, el dealer descubre sus cartas y con las mismas prepara la combinación de mayor valor, luego procederá a compararlas con las manos de los jugadores que quedaron en la partida. Artículo 12 º.- De la determinación del mayor va- lor ante combinaciones similares : Cuando el jugador y el dealer tengan combinaciones similares se considerará como de mayor valor, de acuerdo a las siguientes reglas: a.- Cuando obtengan Poker, el que tenga de superior valor. b.- Cuando obtengan Full, el que tenga las tres cartas iguales de mayor valor. c.- Cuando obtengan Color, el que tenga la carta de mayor valor. d.- Cuando obtengan Escalera, la que tenga la carta de mayor valor. e.- Cuando obtengan Trio, el que lo tenga formado por cartas de mayor valor. f.- Cuando obtengan Dos pares, el que tenga el par con cartas de mayor valor; si coincidiesen, se estará al otro par y, en última instancia, a la carta restante de mayor valor. g.- Cuando obtengan Un par, el que tenga el par de mayor valor y, si coincidiesen, se atenderá a la carta de mayor valor de los restantes. Cuando se comparen dos manos de igual valor conforme a lo dispuesto en el Artículo 4 º y en este artículo o que no tengan las combinaciones indicadas en estos artículos, la mano que contenga la carta de mayor valor según lo dis- puesto en el Artículo 3 º que no se encuentre en la otra mano, será considerada la mano de mayor valor. Si las manos son de igual valor después de aplicar esta regla se considerará que hay empate. Artículo 13 º .- Del procedimiento cuando el dealer no tiene juego : Cuando la mano del dealer tiene una combinación menor a un As ("A") y una "K", el dealer anunciará "No hay mano" y pagará los ante a los jugadores que queden en la partida, en proporción 1 a 1. Los bet serán consideradas nulas y el dealer no recogerá ni pagará tales apuestas. Artículo 14 º.- De las apuestas ganadoras : Si al comparar la mano del dealer con la de un jugador éste tiene una combinación de mayor valor y no ocurre la situación descrita en el Artículo 13 º del presente Reglamento, el jugador habrá obtenido una apuesta ganadora. El explota- dor pagará cada apuesta ganadora en el juego de Póker Caribeño, en una proporción no menor a la que se indica a continuación: I.- ANTE: Independientemente de la combinación obte- nida, el ante ganador tiene un premio de proporción 1 a 1. II.- BET: Sujeto a la limitación de pago máximo previsto en el Artículo 15 º del presente Reglamento, de acuerdo a la combinación obtenida, se aplica la siguiente proporción: a.- Escalera real de color: 100 a 1. b.- Escalera de color: 50 a 1. c.- Póker: 20 a 1. d.- Full: 7 a 1. e.- Color: 5 a 1. f.- Escalera simple: 4 a 1. g.- Trío: 3 a 1. h.- Dos pares: 2 a 1. i.- Un par o menos: 1 a 1. Artículo 15 º.- Del pago máximo : No obstante las proporciones de pago mínimas establecidas en el Artículo 11º del presente Reglamento para las bet ganadoras, el explotador podrá establecer un pago máximo el cual deberá estar indicado en el paño de la mesa o en un letrero ubicado encima de ésta.