Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 1999 (23/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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JNE
Declaran procedente cambio de denominacion y disponen inscripcion provisional de organizacion politica
RESOLUCION Nº 2119-99-JNE MORDAZA, 22 de diciembre de 1999 Vistos, en sesion de la fecha, el expediente organizado por los ciudadanos don MORDAZA Barba MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representantes de la agrupacion independiente "RENOVACION - CODE", para que se inscriba a esa agrupacion en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones. La solicitud presentada con fecha 14 de diciembre de 1999, por MORDAZA Auristela MORDAZA MORDAZA, Personera Legal de la Agrupacion Independiente "RENOVACION - CODE", pidiendo se tenga presente al momento de la inscripcion de su representada en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, el cambio de denominacion de dicha agrupacion por el de "AVANCEMOS", y el Acuerdo de Sesion Privada del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones de fecha 16 de diciembre ultimo, que dispuso tener presente dicha solicitud para la formalizacion de la referida inscripcion. CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de agosto de 1997, don MORDAZA Barba MORDAZA solicito la inscripcion de la Agrupacion Independiente "CODE" en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, la misma que por solicitudes de fechas 19 y 23 de marzo de 1998, cambio de denominacion por agrupacion independiente "RENOVACION - CODE"; Que, por Resolucion Nº 818-97-JNE del 3 de setiembre de 1997, se dispuso que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) realice la comprobacion de la autenticidad de las firmas y la numeracion de las Libretas Electorales del lote de planillones presentados por la Agrupacion Independiente "CODE" al momento de solicitar su inscripcion; asi como de los nuevos lotes de planillones de firmas de adherentes que la citada Agrupacion presento posteriormente en sucesivas fechas; habiendo dicho Registro informado mediante Carta Nº 305-97-JEF/IDENTIDAD que la citada Agrupacion habia alcanzado en ese entonces la cantidad de 54,992 adhesiones validas; Que, mediante Resolucion Nº 949-97-JNE se dispuso que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) efectue la verificacion de la autenticidad de las firmas de adherentes y numeros del documento de identidad de los lotes adicionales presentados por la Agrupacion recurrente, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 91º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, por Oficios Nºs. 1906, 1907, 1908, 1909, 1910, 1917, 1918, 1919 y 1920-99-J/ONPE recibidos el 21 de diciembre del presente ano, la Oficina Nacional de Procesos Electorales informa que ha dado cumplimiento a la labor encomendada, examinando la relacion de adherentes presentada por la Agrupacion Independiente "RENOVACION - CODE", habiendose llegado a establecer que la cantidad de adhesiones validas alcanzada es de 499,005; Que, conforme lo dispone el Articulo 88º inciso b) de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, las organizaciones politicas que solicitan su inscripcion en el Registro del MORDAZA Nacional de Elecciones, deben acompanar una relacion de adherentes en un numero no menor del 4% del total de electores inscritos en el Padron Electoral empleado en las ultimas elecciones de caracter nacional, constituyendo esa cantidad 496,847 sobre un total de 12'421,164 de electores, conforme lo dispone el Articulo 1º de la Resolucion Nº 59499-JNE; Que, en consecuencia, dicha Agrupacion Independiente ha cumplido con presentar la relacion de adherentes a que se refiere el Articulo 88º, inciso b) de la Ley Nº 26859; Que, igualmente, se ha cumplido en la solicitud de inscripcion con senalar la denominacion de la organizacion,

la indicacion del domicilio en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 1111, distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA, y con la designacion de su personero ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, senora Auristela MORDAZA Morgan; Que, por otro lado, con fecha 9 de noviembre ultimo, don MORDAZA Barba MORDAZA, representante de la citada agrupacion, presento, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 164º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, el simbolo que identifica a su organizacion, consistente en el perfil de una mano derecha con el dedo pulgar levantado y los demas dedos recogidos, dibujado con lineas MORDAZA inscrito dentro de un recuadro del mismo color; Que, asimismo, el cambio de denominacion de vistos, es procedente por cuanto no lesiona ningun derecho de los partidos politicos, agrupaciones independientes o alianzas inscritas con anterioridad en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 88º y 96º de la Ley Nº 26859 y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar procedente el pedido de autorizacion para el cambio de denominacion de la Agrupacion Independiente "Renovacion - CODE", por el de "AVANCEMOS", por las razones expuestas en el noveno considerando de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Inscribir provisionalmente en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la Agrupacion Independiente "AVANCEMOS" con domicilio en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 1111, distrito de Miraflores, provincia de Lima; y reconocer como su personera a la senora Auristela MORDAZA Morgan. Articulo Tercero.- Aprobar el simbolo que identifica a la Agrupacion Independiente "AVANCEMOS", con las caracteristicas expuestas en el octavo considerando y que aparecen del diseno que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Notifiquese a la personera de la Agrupacion Independiente "AVANCEMOS", senora Auristela MORDAZA MORDAZA, esta resolucion para su debido conocimiento y dese publicidad para los efectos a que se contrae el Articulo 96º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General

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