Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 1999 (23/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- La Oficina Registral MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion Suprema, inscribira la presente afectacion en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese.

RECORDANDO que la Soberana Orden Militar de Malta, en su calidad de sujeto de derecho internacional, ha venido auspiciando el envio de diversos auxilios a instituciones privadas de beneficencia de la Republica del Peru, con el beneplacito del Gobierno nacional; DESEANDO facilitar las labores de cooperacion que viene realizando la Soberana Orden Militar de Malta en ayuda a los mas necesitados y enfermos del Peru; Han resuelto celebrar el presente convenio:

Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 15966

ARTICULO I La Soberana Orden Militar de Malta continuara auspiciando el envio a las instituciones privadas hospitalarias y de beneficencia de la Republica del Peru de las diversas prestaciones de colaboracion, auxilios, asistencia, en especial equipos y medicinas, asi como otros articulos necesarios para que los hospitales y dispensarios privados de escasos recursos puedan atender a los pacientes mas necesitados incluyendo ayuda en casos de desastres naturales, y de personas desplazadas o refugiadas. ARTICULO II Para los efectos del articulo anterior, la Soberana Orden Militar de Malta, a traves de su Embajada, MORDAZA llegar al Gobierno del Peru, las listas de los elementos cuya donacion desea hacer a las entidades peruanas. ARTICULO III La Asociacion Peruana de los Caballeros de Malta se encargara de efectuar las gestiones necesarias ante los sectores pertinentes para la aprobacion de las donaciones que envie la Soberana Orden Militar de Malta, a fin de permitir su internamiento con inafectacion de impuestos, de acuerdo a la legislacion nacional vigente. Asimismo, se encargara de su despacho, distribucion y supervision. ARTICULO IV Este convenio entrara en MORDAZA transcurrido treinta (30) dias a partir de la fecha en que las Partes realicen el canje de los respectivos instrumentos de ratificacion, el cual se efectuara en la MORDAZA de MORDAZA, Peru. ARTICULO V El presente convenio tendra una duracion indefinida, sin perjuicio de que cualquiera de las Partes pueda denunciarlo mediante nota diplomatica, en cuyo caso cesaran todos sus efectos (6) meses despues de la recepcion de la nota por la otra Parte. En testimonio de lo cual se firma en dos ejemplares autenticos en idiomas castellano e italiano en la MORDAZA de MORDAZA a los veinticuatro dias del mes de noviembre de 1999. (Firma) Por la Soberana Orden Militar de Malta MORDAZA GUARIGLIA Secretario General para Asuntos Internacionales (Firma) Por la Republica del Peru MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15962

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de Cooperacion para la Asistencia en Materia Humanitaria, suscrito con la Soberana Orden Militar de Malta
DECRETO SUPREMO Nº 071-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Convenio de Cooperacion para la Asistencia en Materia Humanitaria entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Soberana Orden Militar de Malta", se ha suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 24 de noviembre de 1999; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio de Cooperacion para la Asistencia en Materia Humanitaria entre el Gobierno de la Republica del Peru y la Soberana Orden Militar de Malta", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 24 de noviembre de 1999. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores "CONVENIO DE COOPERACION PARA LA ASISTENCIA EN MATERIA HUMANITARIA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y LA SOBERANA ORDEN MILITAR DE MALTA" El Gobierno de la Republica del Peru y la Soberana Orden Militar de Malta, en adelante, las Partes: ANIMADOS por el proposito de fortalecer y desarrollar las relaciones de amistad existentes entre sus entidades soberanas y de facilitar la ayuda humanitaria que presta la Soberana Orden Militar de Malta a instituciones privadas hospitalarias y de beneficencia en el Peru; TENIENDO en cuenta que la Republica del Peru y la Soberana Orden Militar de Malta mantienen relaciones diplomaticas desde 1953;

Designan delegacion que participara en Reunion de Autoridades Aeronauticas del Peru y Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 576-99-RE MORDAZA, 22 de diciembre de 1999 Debiendo realizarse la Reunion de Autoridades Aeronauticas del Peru y Ecuador, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 20 al 21 de diciembre de 1999;

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