Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 1999 (23/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 23 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Resolucion, registrandose ante la Direccion Nacional de Turismo con el siguiente codigo: JC0008. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo DIRECTIVA Nº 08-99-MITINCI/VMT/DNT REGLAMENTO DEL JUEGO POKER CARIBENO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Definiciones: Para los efectos de este Reglamento se entiende por: a.- Poker Caribeno: al juego de casino en el que se utilizan cartas y donde los jugadores compiten contra el explotador del juego, representado por el dealer. El objetivo de cada jugador es alcanzar la combinacion de cartas de mayor valor posible, mediante la utilizacion de cinco cartas que cada uno puede recibir. b.-DNT: a la Direccion Nacional de Turismo. c.- Direccion Ejecutiva: a la Direccion Ejecutiva de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas d.- Inspector: al Inspector de Juego de la DNT. e.- Explotador: al titular de la sala de juego donde se explota el juego de Poker Caribeno. f.- Dealer: al personal del explotador encargado de conducir el desarrollo del juego de Poker Caribeno. Tambien puede ser identificado con el nombre de "Crupier" o "Tallador". g.- Partida: A la secuencia que se inicia con la colocacion de las apuestas por los jugadores y que culmina con la determinacion del resultado de las mismas en el Poker Caribeno. h.- Baraja: Al conjunto ordenado de cincuenta y dos cartas denominado baraja inglesa o americana, constituido por cuatro palos de trece cartas cada uno. Las primeras nueve cartas de cada palo se encuentran enumeradas correlativamente del dos hasta el diez, y las cuatro cartas restantes son tres figuras identificadas por las letras "J", "Q" y "K"; y el As ("A"). i.- Mano: Al conjunto de cinco cartas repartidas a cada jugador o al dealer en cada partida. j.- Ante: A la apuesta inicial que realiza un jugador MORDAZA que se repartan las cartas para una partida. k.- Bet: A la apuesta adicional hecha por un jugador, en una cantidad doble de su apuesta de ante, que se realiza despues que todas las cartas han sido repartidas a los jugadores pero MORDAZA que las cartas cubiertas del dealer se expongan. Articulo 2º.- Del material para el juego: Para el desarrollo de una partida, la sala de juego del explotador debera contar con el siguiente material: a.- Mesa de Juego: La mesa debe tener en un lado sitios para los jugadores y en el lado opuesto un sitio para el dealer. La mesa estara cubierta por un pano en el cual se encontrara indicado lo siguiente: a.1.- Siete casillas para colocar las apuestas de ante de los jugadores. a.2.- Siete casillas para colocar las apuestas de bet de los jugadores. Estas casillas deberan ubicarse despues de las casillas para las apuestas de ante. a.3.- La frase "El dealer solo participa con As y MORDAZA o cartas mayores". a.4.- Una inscripcion indicando el limite de pago por partida, establecido por el explotador o una inscripcion general indicando que los premios estan sujetos a los limites de pago que se indican en un letrero ubicado en la mesa. b.- Letrero: El letrero explicara los detalles del limite de pago establecido por el explotador para el juego de Poker Caribeno. c.- Baraja: Al conjunto ordenado de cartas definido conforme lo establecido en el Articulo 1º, inciso h) del presente Reglamento. El reves de las cartas sera de un mismo color y diseno. En el reves de las cartas debera constar el nombre de la sala de juego o del explotador. Si se utiliza dos barajas para una mesa de Poker Caribeno se deberan cumplir con las siguientes reglas:

c.1.- Los reveses de las cartas de las dos barajas deberan ser de color distinto. c.2.- MORDAZA barajas deben ser alternadas continuamente dentro y fuera de la partida. c.3.- Unicamente las cartas de una misma baraja podran ser colocadas en el descartador en cualquier momento dado. d.- Cortador: Objeto de forma y tamano similar al de una carta pero de color y material diferente, utilizado para cortar la baraja o para evitar que las caras de las cartas MORDAZA expuestas durante el corte y agrupacion de estas realizado de conformidad con el presente Reglamento. El cortador debe ser opaco y de un solo y mismo color por ambos lados, asimismo sera distinguible del color del reves y bordes las cartas de la baraja. e.- Descartador: Instrumento para el deposito de las cartas. f.- Fichas: Piezas valoradas utilizadas para expresar las apuestas en el juego, debidamente autorizadas y registradas por la DNT. g.- MORDAZA de entrada de dinero: MORDAZA insertada en la mesa de juego donde se ingresa el dinero entregado por los jugadores para la adquisicion de fichas. h.- Fichero: Aparato con varias divisiones donde se colocan ordenadamente por denominacion las fichas. Dicho aparato tiene una cobertura con cerradura de seguridad. i.- Otros equipos: No obstante lo dispuesto en este articulo, la Direccion Ejecutiva podra autorizar otro MORDAZA de equipos o materiales, siempre que mejore o no afecte la fiscalizacion y la integridad de las operaciones de juego. Articulo 3º.- Del valor de las cartas: El valor de las cartas empleadas en el juego de Poker Caribeno, ordenado de mayor a menor sera: "A"(As), "K", "Q", "J", "10", "9", "8", "7", "6", "5", "4", "3" y "2". No obstante lo indicado en el parrafo anterior, el As puede ser empleado para completar una "Escalera de color" o una "Escalera simple" combinandose con un "2", "3", "4" y "5". Articulo 4º.- De las combinaciones posibles de las manos: El Poker Caribeno utiliza las combinaciones estandares del Poker. Las combinaciones posibles que pueden utilizarse en las manos, ordenadas de mayor a menor, son las siguientes: a.- Escalera real de color.- Es la combinacion formada por cinco cartas con los valores siguientes: "As", "K", "Q", "J" y "10"; de un mismo palo. b.- Escalera de color.- Es la combinacion formada por cinco cartas de un mismo palo en orden correlativo que no constituye una escalera real de color; con el "K", "Q", "J", "10" y "9" como la escalera de color de mayor valor; y con el "As", "2", "3", "4" y "5" como la escalera de color de menor valor. c.- Poker.- Es la combinacion formada por cuatro cartas de un mismo valor; con cuatro ases como el poker de mayor valor y cuatro cartas de "2" como el poker de menor valor. d.- Full.- Es la combinacion formada por tres cartas de un mismo valor y otras dos del mismo valor pero distinto al de las anteriores; con tres ases y dos "K" como el full de mayor valor y tres cartas de "2" y dos cartas de "3" como el full de menor valor. e.- Color.- Es la combinacion formada por cinco cartas no correlativas del mismo palo. Cuando se comparan dos MORDAZA, para determinar la combinacion mayor, se aplicara lo dispuesto en el Articulo 5º del presente Reglamento. f.- Escalera simple.- Es la combinacion formada por cinco cartas, en orden correlativo y sin tener en cuenta el palo al que correspondan; con el "As", "K", "Q", "J" y "10" como la escalera simple de mayor valor y con el "As", "2", "3", "4" y "5" como la escalera simple de menor valor. g.- Trio.- Es la combinacion formada por tres cartas del mismo valor; con tres ases como el trio de mayor valor y tres cartas de "2" como el trio de menor valor. h.- Dos pares.- Es la combinacion formada por dos cartas del mismo valor y otras dos de igual valor, pero distinto al de las anteriores; con dos ases y dos "K" como los dos pares de mayor valor y con dos cartas de "3" y dos cartas de "2" como los dos pares de menor valor. i.- Un par.- Es la combinacion formada por dos cartas de igual valor, con dos ases como el par de mayor valor y dos cartas de "2" como el par de menor valor. CAPITULO II DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL Articulo 5º.- De la revision de la baraja: MORDAZA de su utilizacion en una mesa de Poker Caribeno, el personal del explotador verificara que la baraja sea nueva, este completa

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