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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (23/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 181832 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de diciembre de 1999 Apuesta Jugador gana con Jugador pierde con Proporción de pago Field 2-3-4-9-10-11-12 Cualquier otra suma 1 a 1 (*) 2 a 1, si gana con 2 ó 12 "7" 7 Cualquier otra suma 4 a 1 Cualquier Craps 2-3-12 Cualquier otra suma 7 a 1 (Any Craps) "3" Crap 3 Cualquier otra suma 15 a 1 "11" 11 Cualquier otra suma 15 a 1 "12" Crap 12 Cualquier otra suma 30 a 1 "2" Crap 2 Cualquier otra suma 30 a 1 Artículo 7 º.- De las apuestas a un resultado : En las siguientes modalidades de apuesta el resultado puede ser determinado en uno o más lanzamientos y consiste en pronosticar que la suma apostada se obtendrá antes de salir una suma de "7" puntos. Apuesta Jugador gana con Jugador pierde si Proporción de pago Big 6 6 Sale el 7 antes del 6 1 a 1 Big 8 8 Sale el 7 antes del 8 1 a 1 Artículo 8 º.- De las apuestas a números díficiles (Hardways) : En las siguientes modalidades de apuesta el resultado puede ser determinado en uno o más lanzamien- tos y consiste en pronosticar que la suma apostada se obtendrá en la forma indicada en el paño y antes de salir una suma de "7" puntos o antes de salir la suma apostada pero en forma distinta a la que consta en el paño. Apuesta Jugador gana con Jugador pierde si Proporción de pago 10 difícil doble 5 Sale el 7 u otro 7 a 1 resultado 10 antes del doble 5 4 difícil doble 2 Sale el 7 u otro 7 a 1 resultado 4 antes del doble 2 8 difícil doble 4 Sale el 7 u otro 9 a 1 resultado 8 antes del doble 4 6 difícil doble 3 Sale el 7 u otro 9 a 1 resultado 6 antes del doble 3 Artículo 9 º.- De las apuestas a los números (Place y Buy bets) : En las siguientes modalidades de apuesta el resultado puede ser determinado en uno o más lanzamien- tos y consiste en pronosticar que la suma apostada se obtendrá antes de salir una suma de "7" puntos. Apuestas a favor de un número Proporción de pago Cuatro (4) o Diez (10) 9 a 5 Cinco (5) o Nueve (9) 7 a 5 Seis (6) u Ocho (8) 7 a 6 El jugador podrá hacer una apuesta de compra (Buy bet), en cuyo caso pagará un adicional del 5% de su monto apostado y en caso de ganar, la proporción de pago es de 2 a 1 cuando apostó al Cuatro (4) o Diez (10); 3 a 2 cuando apostó al Cinco (5) o Nueve (9); y 6 a 5 cuando apostó al Seis (6) u Ocho (8). Artículo 10 º.- De las apuestas en contra de los números (Don´t place y Lay bets) : En las siguientes modalidades de apuesta el resultado puede ser determinado en uno o más lanzamientos y consiste en pronosticar que la suma de "7" puntos se obtendrá antes de salir otra suma específica. Apuestas en contra de un número Proporción de pago Contra el Cuatro (4) o Diez (10) 5 a 11 Contra el Cinco (5) o Nueve (9) 5 a 8 Contra el Seis (6) u Ocho (8) 4 a 5 El jugador podrá hacer una apuesta de Lay bet, en cuyo caso pagará un adicional del 5% del monto que podría ganar y en caso de ganar, la proporción de pago es de 1 a 2 cuando apostó contra el Cuatro (4) o Diez (10); 2 a 3 cuando apostó contra el Cinco (5) o Nueve (9); y 5 a 6 cuando apostó contra el Seis (6) u Ocho (8). Artículo 11 º.- De las apuestas de gabela a la Línea Ganadora (Pass Line) o al Come : Para realizar estas apuestas se colocarán las fichas detrás de la Línea Ganado- ra (Pass Line) o Come:Tipo de Apuesta Proporción de pago Si el punto es: Cuatro (4) o Diez (10) 2 a 1 Cinco (5) o Nueve (9) 3 a 2 Seis (6) u Ocho (8) 6 a 5 Artículo 12 º.- De las apuestas de gabela a la Línea Perdedora (Don´t Pass Line) o al Don´t Come : Para realizar estas apuestas se colocarán las fichas detrás de la Línea Perdedora (Don´t Pass Line) o Don´t Come: Tipo de Apuesta Proporción de pago Si el punto es: Cuatro (4) ó Diez (10) 1 a 2 Cinco (5) ó Nueve (9) 2 a 3 Seis (6) u Ocho (8) 5 a 6 CAPÍTULO V DE LOS ERRORES EN EL JUEGO Artículo 13 º.- De las reglas aplicables ante errores en el juego : El personal de la sala de juego procurará corregir en forma inmediata los errores detectados en las partidas. Cuando un jugador no esté de acuerdo con la decisión del personal de la sala de juego podrá solicitar la presencia del Inspector o en su defecto, presentar un escrito ante la Dirección Ejecutiva explicando los hechos y las razones que sustentan su reclamo. CAPÍTULO VI DE LAS OBLIGACIONES FORMALES Artículo 14º.- De la información sobre las reglas del juego de Craps : En un sitio visible de la sala de juego debe aparecer el presente Reglamento. Asimismo, en cada mesa de juego donde se practique el Craps deberán estar a disposición de los usuarios en forma gratuita cartillas que informen sobre las instrucciones de este juego. Artículo 15 º.- De la información sobre los límites de las apuestas : Los límites mínimo y máximo para las apuestas deberán exhibirse en un sitio visible de la mesa donde se practique el Craps. Estos límites podrán modifi- carse durante las horas de funcionamiento de la sala de juego, previa comunicación a los jugadores que se encuen- tran en la mesa y después de concluir dicha partida. 15861 Aprueban Reglamento del juego "Póker Caribeño" RESOLUCION DIRECTORAL Nº 206-99-MITINCI/VMT/DNT Lima, 20 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N º 27153, se aprobó la Ley que regula la explotación de los juegos de casino y maquinas tragamonedas estableciéndose en su Artículo 24º, que la Dirección Nacional de Turismo es la autoridad administra- tiva competente respecto de las actividades vinculadas a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, asimismo, según lo dispuesto en el Artículo 25º inciso b) de la mencionada Ley, corresponde a la Dirección Nacional de Turismo expedir directivas de cumplimiento obligatorio para la mejor aplicación de la Ley y sus normas reglamentarias; Que, sólo pueden explotarse en el país aquellas modali- dades de juego de casino que cuentan con autorización administrativa y su correspondiente registro; Que, el propósito de los reglamentos de los juegos es establecer estándares mínimos uniformes para el desarro- llo transparente e imparcial de los juegos de casino autori- zados a operar de conformidad con la legislación vigente; En uso de las atribuciones a que se refieren los Artículos 11º y 24º de la Ley Nº 27153; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-99-MITINCI/ VMT/DNT, “Reglamento del Juego Póker Caribeño”, la cual consta de cinco (5) capítulos y diecinueve (19) artículos. Artículo 2 º.- La explotación del juego "Póker Caribeño" es permitida en el país de conformidad con la presente