Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 1999 (01/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

a) Los cheques deberan ser girados siempre en forma mancomunada por los funcionarios acreditados, atendiendo al orden de su numeracion y refirieudose al periodo de la aprobacion de la correspondiente Autorizacion de Giro. b) Las modificaciones de registro de firmas de los funcionarios responsables del manejo de las subcuentas bancarias de gasto y de las cuentas corrientes bancarias autorizadas por la Direccion General del Tesoro Publico, que pudieran producirse durante el ano, deberan ser comunicados a dicha dependencia oportunamente, siguiendo el procedimiento indicado en la Resolucion Directoral N" 073.9,s.EF/77.15. c) Los cheques deberan llevar wcesariamente impresa la frase No Negociable. d) No esta permitido solicitar la emision de cheques de gerencia con cargo a las subcuentas bancarias de gasto. e) De estimarlo pertinente, el Director General de Administracion, o quien haga sus veces, esta facultado a precisar un determinado regimen mancom unado de firmas, en cuyo caso debera hacerlo del conocimiento de la entidad bancaria, con indicacion expresa del mismo asi como su vigencia, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponde asi como al Tesorero, en su condicion de titukes. Cheques deben girarse conforme ala Planilla Unica de Pagos o, de ser el caso, a nombre del emisor de los Comprobantes de Pago Articulo 25".- Los cheques deben ser girados a nombre del contratista emisor de los documentos tales como: la factura, boleta de venta, valorizaciones u otro comprobante de pago reconocido por SUNAT, que MORDAZA sido identificado en la fase del devengado. Para el caso de Personas Naturales con Negocio, el cheque debera ser girado a nombre de la persona natural propietaria del negocio, es decir, aquella titular del Registro Unico del Contribuyente (RUC). Para el pago de remuneraciones y pensiones que, unicamente por las razones contempladas en el Articulo 45" de la presente Directiva, no MORDAZA ahonndas en cuentas bancarias individuales, los cheques deberan ser girados a nombre del trabajador activo o pensionista <,onforme a la Planilla Unica de Pagos. Plazo para giro de cheques y para mantenerlos en cartera Articulo 26".- El giro del cheque debe realizarse y registrarse en el SIAF SP dentro de los cinco (5) dias utiles de haberse recepcionado la respectiva Autorizacion de Giro. Los cheques girados con cargo a la subcuenta bancaria de gasto solo podran permanecer en cartera un MORDAZA de treinta (30) dias calendario contado:; a partir de la fecha de su emision, bajo responsabilidad del Tesorero o quien haga sus veces; vencido dicho plazo debera procederse a su anulacion. De la Autorizacion de Pago Articulo 27".- La entrega del cheque y/o el envio de la Carta - Orden por parte de la Unidad Ejecutora, esta condicionada a la recepcion de la Autorizacion de Pago que sera aprobada y transmitida al Banco de la Nacion por la Direccion General del Tesoro Publico a trav& del SlAF SP sobre la base del gasto girado y registrado en dicho sistema, con conocimiento de la respectiva Unidad Ejecutora a traves del mismo medio, en forma simultanea, lo cual en el SIAF SP equivale al registro: Gasto Girado, en estado "A". registrandose de igual manera un debito en la respectiva subcuenta bancaria de gasto por el monto autorizado a pagar. Plazo para efectivizacion de cheques girados con cargo a subcuentas bancarias de gasto Articulo 28".- El Banco de la Nacion sulo efectivizara cheques girados contra subcuentas bancarias de gasto siempre y cuando MORDAZA presentados dentro de los treinta dias contados a partir de la fecha de giro. Conciliacion diaria de montos pagados Articulo 29".- La Unidad Ejecutora deber8 efectuar conciliaciones bancarias en forma diaria respecto alos cheques pagados y Cartas - Orden atendidas por el Banco de la Nacion y cargados en las respectiva subcuenta bancaria de gasto; asimismo, debera verificar diariam Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.