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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 1999 (09/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

Pág. 168716 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de enero de 1999 VISTO; el Informe Nº 01-CCPM/MDPN de la Comisión de Concurso Público de Méritos para la selección de Ejecutor y Auxiliar Coactivos; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Ley Nº 26979, Ley de Procedi- miento de Ejecución Coactiva, los gobiernos locales debían convo- car a concurso público de mérito para la designación del Ejecutor y Auxiliares Coativos, dentro de los sesenta días de vigencia de la citada ley; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 228-98/MDPN de fecha 3.12.98, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 7.12.98, la Municipalidad de Punta Negra convocó a concurso público de méritos para la selección de un (1) Ejecutor y dos (2) Auxiliares Coactivos, para cuyo efecto se designó a la comisión encargada de dicho proceso; Que, habiéndose llevado a cabo el concurso de mérito, me- diante Informe Nº 01-98-CCPM/MDPN la Comisión de Concurso Público de Méritos remitió al Despacho de Alcaldía el resultado del concurso, a efecto que se proceda a dictar la resolución correspondiente; Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26979, Art. 77º del Decreto Supremo Nº 005-98-PCM y las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Dr. ROBERTO ARTURO DELGADO RODRIGUEZ, en el cargo de confianza de EJECU- TOR COACTIVO de la Oficina de Rentas de la Municipalidad de Punta Negra. Artículo Segundo.- Designar en el cargo de confianza de AUXILIAR COACTIVO a: 1.- CARLOS MANUEL SUAREZ TELLO 2.- DESIERTO. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, Uni- dad de Rentas, Oficina de Administración, el cumplimiento de la presente resolución, asignándoles el nivel que les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. M. FRANCISCO BUITRON H. Alcalde 0330 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Suspenden cobro de tasa por derecho de parqueo vehicular ORDENANZA Nº 012-MDLV La Victoria, 7 de enero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de enero de 1999, el pedido del señor Alcalde, solicitando se suspenda el cobro de la tasa del parqueo vehicular y se designe una Comisión Especial, para que informe al Concejo, respecto a la situación del servicio de cobranza del parqueo vehicular en las vías públicas del distrito; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas confor- me a ley, son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, en el marco de dicha autonomía, el mismo texto consti- tucional reconoce expresamente en su Artículo 192º inciso c) la facultad y competencia de los Gobiernos Locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos; Que, los Concejos Municipales cumplen su función normati- va, entre otros mecanismos, a través de las ordenanzas municipa- les, las cuales de conformidad con el inciso 4) del Artículo 200º de la Constitución del Estado, tienen rango de ley; Que, en concordancia con los preceptos constitucionales cita- dos precedentemente, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, establece que mediante ordenanza los Gobiernos Locales, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley.Que, en el cobro de la tasa por el derecho de parqueo vehicular en la jurisdicción del distrito de La Victoria, se han observado presuntas irregularidades y su recaudación no se ve traducida en los intereses ni en los ingresos del Municipio; Que, en tal sentido se requiere suspender el cobro de la tasa del parqueo vehicular, hasta la aprobación y ratificación de la norma legal que la actualice; Que, así mismo la actual Gestión Edilicia, ha visto pertinente y necesario designar una Comisión Especial para que investigue e informe al Concejo, respecto a las presuntas irregularidades que presenta el servicio de cobranza del parqueo vehicular en el distrito. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con dispensa del trámite de aprobación del acta, el Concejo por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Suspender la cobranza de la tasa del parqueo vehicular, hasta la aprobación y ratificación de la norma legal que la actualice. Artículo Segundo.- Designar una Comisión Especial, presi- dida por el señor teniente alcalde, José Fort, e integrada por los regidores, Sra. Milagros Manchego Bustios, Sr. Joaquín Ormeño Malone, Sr. Alberto Moreno Mejía y Sr. Jorge Samanez Montesi- nos, para que en el plazo de 10 días útiles, informe al Concejo, respecto a la situación del servicio de cobranza del parqueo vehicular. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 0405 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Establecen normas sobre Autorización Temporal para el uso comercial de re- tiro frontal en establecimientos ubica- dos en el distrito ORDENANZA Nº 011-98 La Molina, 18 de diciembre de 1998 El Concejo Distrital de La Molina, en sesión ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, es función de la Municipalidad supervisar y controlar la construcción y mantenimiento de establecimientos o recintos abiertos al público, de carácter comercial; Que, igualmente, compete a la Municipalidad otorgar licen- cia de apertura de establecimientos comerciales y controlar su funcionamiento; Que, es política de la actual Administración Municipal, otor- gar facilidades para que los vecinos de La Molina puedan desarro- llar sus actividades comerciales con seguridad y dentro de un marco legal apropiado; Que, en tal sentido, es necesario dictar las normas que permitan el uso del retiro frontal con fines comerciales, en los establecimientos ubicados en el distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 23859 ; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA AUTORIZACION TEMPORAL PARA EL USO COMER- CIAL DEL RETIRO FRONTAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- La presente ordenanza tiene por objeto estable- cer las normas para la Autorización Temporal y la regularización del uso del Retiro con fines comerciales en los establecimientos ubicados en zonas residenciales y en zonas comerciales resultan- tes de un cambio de zonificación posterior al proceso de habilita- ción urbana.