Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 1999 (09/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 9 de enero de 1999

quienes denuncian que fueron sobornados por el MORDAZA en referencia, don MORDAZA Fredi Gamero MORDAZA, para que voten a su favor; Las comunicaciones recibidas los dias 26 y 28 de noviembre de 1998, remitidas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personera Legal de la Lista Independiente "Unidad y Experiencia", quien solicita se resuelva declarando infundado el recurso de nulidad interpuesto por el Personero impugnante; asimismo, alega que don MORDAZA Fredi Gamero MORDAZA ha obtenido la MORDAZA electoral con 243 votos, sobre los 207 votos obtenidos por don MORDAZA MORDAZA Macchiavello MORDAZA, lider de la Lista Independiente "Desarrollo y Democracia", que se posiciono en MORDAZA lugar, a nivel del citado distrito, adjuntado documentos que obran desde fojas 21 a 30; Los escritos recibidos los dias 28 de octubre y 11 de diciembre de 1998, remitidos por don MORDAZA Rober MORDAZA Ordonez, y don MORDAZA Macchiavello MORDAZA, Personales Legales de la Lista Independiente "Desarrollo y Democracia", quienes adjuntan pruebas documentarias relacionadas, segun alegan los recurrentes, a las irregularidades cometidas por el candidato que lidera la Lista Independiente "Unidad y Experiencia", los mismos que obran desde fojas 33 a 87 y 240 a 343; CONSIDERANDO:

dispuesto en el Articulo 2º inciso 11) de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 35º del Codigo Civil; situaciones que no se producen en el caso de autos puesto que los domicilios indicados son falsos o inexistentes; Que, asimismo, obra a fojas 176 a 239 la documentacion aportada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil que obra desde fojas 143 a 173 de las cuales se constata claras evidencias de senalamiento de domicilios irreales, falsos o inexistentes en proporcion significativa, las mismas que modifican los resultados de la eleccion y/o los hacen apocrifos y viciados; Que existen indicios evidentes de la comision del delito de falsedad generica por la usurpacion de calidades domiciliarias que no son las correspondientes a ciudadanos que han sorprendido al Sistema Electoral al haberse simulado o inducido a la simulacion de domicilio alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros lo cual esta previsto y penado por el Articulo 438º del Codigo Penal vigente; Que, por lo expuesto este Supremo Tribunal Electoral no puede amparar resultados viciados por el recurso sistematico al uso de domicilios falsos o inexistentes, abuso del derecho y corruptelas electorales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA:

Que, se aprecia de autos, desde fojas 34 a 78, 45 declaraciones juradas, debidamente legalizadas por los Notarios de la MORDAZA de Tacna, de ciudadanos del distrito de Calana, quienes denuncian que fueron presionados por el actual MORDAZA y candidato a la reeleccion por la Lista Independiente "Unidad y Experiencia", don Fredi Gamero Lopez; para que voten por el, ofreciendoles a cambio que el actual Concejo les otorgaria postes de luz, dinero en efectivo, cemento, bloquetas, etc., cuyas denuncias son concordantes con lo previsto y sancionado por el Articulo 356º del Codigo Penal; y que, por el volumen y cantidad de la infraccion habria inducido la variacion de resultados teniendo en cuenta el margen de diferencia entre la lista ganadora y la que le sigue; Que, obra en autos la MORDAZA y el acta de verificacion sobre la existencia de materiales de construccion en el terreno baldio ubicado en el km. 9 aproximadamente de la pista de Tacna a Calana, que obran a fojas 93 y 94, con la intervencion de la Notaria Publica, MORDAZA MORDAZA Payahuanca, en los que se verifico in situ, que el area comprende aproximadamente 3 hectareas y es terreno eriazo, en las que aproximadamente existen 17 chozas de esteras inhabilitadas e inhabitables y algunas volquetadas de MORDAZA y piedra; adjuntandose fotografias del lugar que obran a fojas 288 y 289; esta constatacion se corrobora con el certificado expedido por el Ministerio de Vivienda, que ratifica lo constatado por la Notaria Publica; tambien obra en autos el original de dicho documento; de todo lo que se concluye que en el area no existe vivienda, centro de trabajo o construccion alguna y esta mas bien, calificada como terreno eriazo y sin embargo aparece consignado como domicilio de un numero de personas con derecho a MORDAZA, no inferior a 38; como se aprecia del padron electoral y de 5 fotocopias de libreta electoral debidamente legalizadas de ciudadanos que habian senalado como domicilio legal el km. 9 de la carretera a Calana; Que, asimismo, obra en autos una relacion de votantes en proporcion significativa que no residen en el distrito de Calana; y, por el contrario, obra desde fojas 292 a 328 documentos tales como recibos por el pago de servicios de telefono, saneamiento y electricidad correspondientes a sus verdaderos domicilios que resultan estar ubicados en otros distritos y no en Calana; todo lo cual queda corroborado con la certificacion de la nomenclatura de 7 anexos y calles del distrito de Calana, expedida por la Municipalidad Provincial de Tacna, de fecha 19 de octubre de 1998, que obra a fojas 284; y, la MORDAZA del mapa distrital expedido por el Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA, que obra a fojas 329, de la cual se determina que el citado distrito solo tiene los siguientes anexos: MORDAZA MORDAZA, Cerro MORDAZA (Asociacion MORDAZA Pacifico), Cooperativa MORDAZA MORDAZA y Calana-Cercado, este ultimo anexo cuenta con tres calles: General Varela, MORDAZA Alcazar y Caplina; lo cual debe tenerse en cuenta para la verificacion del domicilio de los electores del mencionado distrito; Que, se aprecia de autos, a fojas 284, que la Gerencia de Operaciones del Departamento de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Provincia de Tacna, senala que el actual MORDAZA y candidato a la reeleccion; pese a que lleva ya varios periodos de gobierno municipal, no ha cumplido con formular el Plan de Ordenamiento, Zonificacion y Numeracion del distrito, tal como debio hacerlo en observancia de lo dispuesto en el D.S. Nº 04-95MPT por cuyo motivo resulta en la practica imposible determinar cual es el domicilio exacto de los ciudadanos que aparecen domiciliados en el distrito de Calana en el Padron Electoral, propiciandose el que la corruptela del senalamiento de domicilios falsos o inexistentes se establezca como una rutina que el Sistema Electoral debe rechazar; Que, teniendo en cuenta que el Articulo 33º del Codigo Civil preconiza que el domicilio puede constituirse en atencion a un elemento objetivo, para ello el simple hecho de residir habitualmente o tener ocupaciones habituales en un lugar es factor determinante que hace presumir que la persona ha fijado en el su domicilio o aun una pluralidad de domicilios, al MORDAZA de lo

Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Calana, provincia y departamento de Tacna, interpuesto por don MORDAZA Rober MORDAZA Ordonez, Personero Legal de la Lista Independiente "Desarrollo y Democracia", en consecuencia nulas las elecciones municipales realizadas el 11 de octubre de 1998, en el distrito de Calana, provincia y departamento de Tacna, debiendo elegir a sus autoridades ediles en elecciones municipales complementarias; y en tanto se realice dichas elecciones continuan en el ejercicio de sus funciones las actuales autoridades ediles del Concejo Distrital de Calana, de acuerdo a ley. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de lo actuado al Ministerio Publico a fin de que efectue las acciones de su competencia con relacion a las evidencias de comision de delitos contra la voluntad popular y de falsedad en agravio del Estado cometidos en el distrito de Calana, provincia y departamento de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; DE MORDAZA CANO; Secretario General TRUJILLANO MORDAZA DE LOS SENORES DOCTORES MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA CANELO MORDAZA, 7 de enero de 1999 Vistas, las comunicaciones recibidas con fechas 21 de octubre, 2 y 11 de noviembre del ano 1998, remitidas por don MORDAZA Rober MORDAZA Ordonez, y don MORDAZA Macchiavelo MORDAZA, Personeros Legales de la Lista Independiente "Desarrollo y Democracia", quienes solicitan se declare la nulidad de las elecciones realizadas en el distrito de Calana, provincia y departamento de Tacna, por haberse cometido graves irregularidades durante el MORDAZA electoral que han modificado los resultados de la eleccion, senalando los siguientes fundamentos: 1) haber mediado fraude propiciado en parte por don Fredi Gamero MORDAZA, MORDAZA en funciones y candidato a la reeleccion por la Lista Independiente "Unidad y Experiencia", a efectos de inclinar la votacion a favor de la agrupacion que lidera; 2) que en las ocho mesas unicas de sufragio, ubicadas en el colegio MORDAZA MORDAZA, del citado distrito, sufragaron ciudadanos que no residen en el distrito de Calana, habiendo consignado en su documento de identidad en forma dolosa, domicilios falsos o que no existen; 3) declaraciones juradas de 45 ciudadanos del distrito de Calana, quienes denuncian que fueron sobornados por el MORDAZA en referencia, don MORDAZA Fredi Gamero MORDAZA, para que voten a su favor; Las comunicaciones recibidas los dias 26 y 28 de noviembre de 1998, remitidas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personera Legal de la Lista Independiente "Unidad y Experiencia", quien solicita se resuelva declarando infundado el recurso de nulidad interpuesto por el Personero impugnante, contradiciendo en todos sus extremos lo impugnado; asimismo, alega que don MORDAZA Fredi Gamero MORDAZA ha obtenido la MORDAZA electoral con 243 votos, en forma legal y transparente, sobre los 207 votos obtenidos por don MORDAZA MORDAZA Macchiavello MORDAZA, lider de la Lista Independiente "Desarrollo y Democracia", que obtuvo el MORDAZA lugar, a nivel del citado distrito, adjuntando documentos que obran desde fojas 21 a 30; Los escritos recibidos los dias 28 de octubre y 11 de diciembre de 1998, remitidos por don MORDAZA Rober MORDAZA Ordonez, y don MORDAZA Macchiavello MORDAZA, Personales Legales de la Lista Independiente "Desarrollo y Democracia", quienes adjuntan pruebas documentarias relacionadas, segun alegan los recurrentes, a las irregularidades cometidas por el candidato que lidera la Lista

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