Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 1999 (21/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de enero de 1999

de la produccion y productividad de la carga procesal y produccion jurisdiccional de cada organo jurisdiccional de esta Corte Superior, la misma que estara a cargo de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, de tal modo que teniendo las bases estadisticas, se efectuen dentro del MORDAZA normativo, la toma de decisiones que coadyuven y permitan las decisiones oportunas para el logro de los objetivos y metas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dentro del contexto de la reforma del Poder Judicial, iniciandose el desarrollo de las actividades de estadistica el 5 de enero hasta el 31 de diciembre de 1999; Que, para el logro de lo expuesto, es necesario, el cumplimiento obligatorio de todos los organos jurisdiccionales: MORDAZA, Juzgados Especializados, Juzgados Corporativos, Modulos Corporativos Manuales de los Juzgados de Paz Letrados y de los Juzgados de Paz Letrados, para que proporcionen mensualmente la correspondiente informacion estadistica; Que, el levantamiento de la informacion estadistica, se consignara en los formatos de relevamiento, la misma que debera efectuarse en forma ordenada, coherente y coordinada, de tal manera que dicha informacion sea MORDAZA y precisa, permitiendo el manejo facil por parte de los responsables que elaboraran y remitiran mensualmente el indicado informe estadistico; para el mejor logro de lo indicado, la coordinacion se MORDAZA directamente con los Magistrados o con los responsables que elaboraran la informacion estadistica, lo que revertira en que la obtencion de datos de carga procesal y produccion jurisdiccional por especialidades y subespecialidades, MORDAZA altamente confiables; por lo tanto la informacion estadistica tendra caracter de declaracion jurada, con todas las responsabilidades que MORDAZA implica; Que, para el control de las actividades estadisticas, el coordinador del equipo de estadistica de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, establecera un rol de visitas prefijadas e inopinadas, para detectar deficiencias tecnicas en el relevamiento de informacion, dictando las medidas correctivas del caso; las indicadas visitas seran periodicas a fin de verificar el cumplimiento de la presente resolucion; Que, se establece un control periodico de los datos relevados, efectuada por el Equipo de Estadistica de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, cuyo resultado sera difundido dentro del Distrito Judicial de Lima; remitiendose la indicada evaluacion mensualmente al senor Presidente de la Corte de MORDAZA, a fin sirva de instrumento en la oportuna toma de decisiones, conservandose MORDAZA del informe de evaluacion con la respectiva documentacion sustentatoria, en la ODP, sin perjuicio de proporcionarlo cuantas veces sea solicitado por las instancias superiores; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER el desarrollo de las actividades estadisticas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 5 de enero al 31 de diciembre de 1999, a cargo de la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Segundo.- DISPONER el OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO de todos los organos jurisdiccionales, para que mensualmente proporcionen, la correspondiente informacion estadistica de carga procesal y produccion jurisdiccional, dentro de los cinco primeros dias utiles del mes siguiente, la misma que tendra caracter de declaracion jurada, con todas las responsabilidades que MORDAZA implica. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo de la Presidencia, ejerza el control de las actividades estadisticas, bajo un rol de visitas prefijadas e inopinadas, dictando las medidas correctivas del caso, con el objeto de verificar y dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Desarrollo, mensualmente de cuenta a esta Presidencia de la evaluacion mensual de la informacion y MORDAZA

estadisticos de la carga procesal y produccion jurisdiccional correspondiente a cada organo jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Fiscalia de la Nacion y de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 0986

Disponen la suspension del despacho judicial correspondiente a los Juzgados de Familia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 48-99-P-CSJL MORDAZA, 20 de enero de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 011-99-P-CSJL de fecha 12 de enero del ano en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por disposicion de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, dispuso los lineamientos generales para la implementacion de los modulos de los Juzgados de Familia; Que, estando a que los Juzgados de Familia vienen realizando los inventarios correspondientes, conforme a lo dispuesto en el inciso 5) de la Resolucion Administrativa Nº 011-99-P-CSJL, esto es, se encuentran en la actividad de depuracion de los expedientes judiciales, remitiendo al archivo los actuados judiciales que se encuentren en ese estado; Que del inventario real de carga util se realizara el disgregado de los expedientes que se encuentran en tramite y de los que se encuentren en ejecucion de sentencias o de resolucion judicial que ponga fin al proceso; indicado disgregado e inventariado que debera de terminarse el dia 21 de enero del ano en curso, esto es, MORDAZA del traslado al "Edificio MORDAZA Valdez"; Que, habiendose programado el dia 22 de enero del actual, como fecha para el traslado del mobiliario en general y de los expedientes que constituyen carga util procesal (tramite y ejecucion) del Palacio Nacional de Justicia al edificio "Javier MORDAZA Valdez", resulta justificable y pertinente disponer la suspension del despacho judicial el indicado dia, solamente en los Juzgados de Familia, a partir de la una de la tarde a efectos de facilitar el correspondiente traslado, por lo que es necesario dar la publicidad que el caso amerita a fin que los justiciables realicen las gestiones propias, dentro del horario dispuesto, medida adoptada por la Presidencia a fin de dar una mejor calidad de servicio; Que, ademas es necesario establecer que la responsabilidad de los Jueces y del personal jurisdiccional de los Juzgados de Familia, sera hasta que cada Juzgado esten debidamente instalados con su correspondiente mobiliario y carga util, en cada uno de los ambientes que constituyen cada modulo de familia; y, conforme a lo dispuesto en el Art. 6º de la Resolucion Administrativa Nº 11-99-PCSJL, el Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia en coordinacion con la Administracion de la Corte y la Oficina de Logistica: dirigiran, supervisaran y colaboraran en el traslado e implementacion hasta que cada uno de los Juzgados de Familia esten debidamente instalados en sus correspondientes ambientes modulares, dando cuenta a esta Presidencia de los resultados y de la carga util asignada a cada uno de los Juzgados Corporativos de Familia;

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