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Pág. 169618 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de febrero de 1999 cuando la ausencia de un servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad del mismo; Estando a lo expuesto. De acuerdo al Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, a lo estipulado en la Ley Nº 26850, y a las facultades conferidas por los Artículos 36º y 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dispen- sa del trámite de lectura y aprobación del Acta y por MAYO- RIA; SE ACORDO: Artículo Primero.- Declarar en SITUACION DE UR- GENCIA los servicios de Limpieza Pública, Mantenimiento de Riego de Areas Verdes, Servicios Administrativos, Segu- ridad Ciudadana, Mantenimiento y Reparación de Pistas y Veredas de la Municipalidad del distrito de Pueblo Libre a fin de garantizar la continuidad de los mismos por un período de ciento cincuenta (150) días calendario; incluyéndose la infra- estructura municipal. Artículo Segundo.- Facúltese al señor Alcalde de Pue- blo Libre, para que adopte las medidas necesarias a efectos de superar la Situación de Urgencia de los servicios públicos antes descritos. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 1653 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Declaran en situación de urgencia el Programa del Vaso de Leche de la Muni- cipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 000013 Puente Piedra, 29 de enero de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, la moción presentada en sesión ordinaria de Con- cejo de fecha 29 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, en tanto se implementa el Proceso de Licitación Pública cuyas formalidades de ley, dura un promedio de 4 a 5 semanas, tiempo en el que no debe quedar desabastecido del stock correspondiente al Programa del Vaso de Leche; Que, por tratarse de un producto esencial en la produc- ción alimenticia de los usuarios de dicho programa, debe tomarse las medidas que garanticen la continuidad de las raciones diarias con carácter de urgencia; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado - Ley Nº 26850; provee la declaratoria de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio comprome- te en forma directa o inminente la continuidad de un servicio esencial; Con el voto unánime de los once Regidores, previa delibe- ración del Pleno y con las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: 1º.- DECLARAR, en situación de URGENCIA el Progra- ma del Vaso de Leche de esta municipalidad. 2º.- AUTORIZAR, a la Dirección de Administración Ge- neral y a la Unidad de Logística, la adquisición por Adjudi- cación Directa de 16 T.M. de Leche en Polvo y 16.5 de Hojuela de Avena. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1751MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el TUO de Ordenanza que regula el otorgamiento de Autorizacio- nes para la Ejecución de Obras en la Vía Pública ORDENANZA Nº 136-99-CDSB-C San Borja, 4 de febrero de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA El Concejo en su III-99 sesión ordinaria de fecha 2.2.99, aprobó el Proyecto de Ordenanza presentado por el Presiden- te de la Comisión de Desarrollo Urbano, Sr. Ing. José Ramón Vítor, sobre modificación de la Ordenanza Nº 030-97-CDSB- C que Reglamenta el Otorgamiento de Autorizaciones para la Ejecución de Obras en la Vía Pública, de conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 506-98-CDSB-C del 26 de agosto de 1998. TEXTO UNICO ORDENADO QUE REGLAMENTA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES PARA LA EJECUCION DE OBRAS EN LA VIA PUBLICA CAPITULO I BASE LEGAL Constitución Política del Perú, Arts. 73º y 200º inciso 4). Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, Arts. 11º, 65º inciso 13), 110º. Reglamento Nacional de Construcciones D.S. Nº 039-70- VI Ordenanza Nº 059-94-MLM de la Municipalidad de Lima Metropolitana. CAPITULO II ANTECEDENTES Acuerdo de Concejo Nº 506-98-CDSB-C del Concejo Dis- trital de San Borja. Resolución Nº 02-1997-CAM-INDECOPI/EXP-000040 de la Comisión de Acceso al Mercado de INDECOPI. Ordenanza Nº 102-98-CDSB-C de la Municipalidad de San Borja. Acuerdo de Concejo Nº 380-97-CDSB-C del Concejo Dis- trital de San Borja. Resolución Nº 01-97-CAM-INDECOPI/EXP-040 de la Comisión de Acceso al Mercado de INDECOPI. Resolución de Alcaldía Nº 3334-97-CDSB-A de Municipa- lidad de San Borja. Acuerdo de Concejo Nº 346-97-CDSB-C del Concejo Dis- trital de San Borja. Ordenanza Nº 064-97-CDSB-C de la Municipalidad de San Borja. Ordenanza Nº 030-97-CDSB-C de la Municipalidad de San Borja. Ordenanza Nº 015-96-CDSB-C de la Municipalidad de San Borja. Informe Nº 926-98-CDSB-OAJ del 17.12.98 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de San Borja. CAPITULO III OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1º.- La presente ordenanza tiene por finalidad reglamentar las autorizaciones que se otorguen para el uso y aprovechamiento de la vía pública, las que no crearán derecho alguno a favor del solicitante y tendrán siempre carácter temporal y serán susceptibles de ser revocadas por no cumplirse con los extremos de la autorización y lo norma- do en esta ordenanza. Artículo 2º.- La aplicación de la presente ordenanza alcanza a todas las personas naturales o jurídicas que preten- dan ejecutar obras en la vía pública de la jurisdicción del distrito de San Borja.