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Pág. 169615 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de febrero de 1999 Designan Comisión encargada de la reorganización administrativa y orgá- nica de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 030-99-A/MC Comas, 6 de enero de 1999 Visto, el Acuerdo de Concejo Nº 01 de fecha 6 de enero de 1999, mediante el cual se acuerda declarar en Reorga- nización Administrativa y Reestructuración Orgánica la Municipalidad Distrital de Comas, por un período de 60 días; CONSIDERANDO: Que, es necesario adecuar la estructura orgánica de la municipalidad en concordancia con el Programa de Gobierno y Plan de Acción 1999 que debe desarrollar la actual adminis- tración, estando previsto implementar la política de descen- tralización democrática de la gestión municipal mediante la definición de la estructura, atribuciones y funciones corres- pondientes; Que, estos aspectos han sido contemplados en la sesión extraordinaria de Concejo de fecha 6.1.99, habiéndose apro- bado la Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica de la Municipalidad Distrital de Comas, en un plazo de 60 días y aprobado el acuerdo en concordancia con lo establecido en el marco técnico legal pertinente; Que, para tal efecto es necesario realizar una serie de actos administrativos conducentes a lograr los objetivos señalados a través de un órgano que dirija tales actividades para lo cual se debe conformar la comisión responsable de este proceso, según el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 01 que delega a la Alcaldía la designación de la mencionada comisión; Estando a lo señalado y según lo establecido en el Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, y el Art. Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 01; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar la comisión responsable de conducir la Reorganización Administrativa y Reestruc- turación Orgánica de la Municipalidad Distrital de Comas, según los considerandos expuestos en la presente resolución y las normas técnicas y legales vigentes, la que estará integrada por los siguientes miembros: Sr. VICTOR URDAY MENDOZA Director de Planificación y Presupuesto, quien la presidirá. Sr. JULIO CORTEZ ROJAS Director Municipal Sr. AQUIOR MENDOZA MENDOZA Director de Administración y Finanzas Sr. RAUL CASTRO GALLO Jefe de Personal Sr. ALVARO TELLO DEL CARPIO Secretario General del Concejo Artículo Segundo.- La comisión tendrá un plazo de 60 días, según lo establecido en el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 01 de fecha 6.1.99. Artículo Tercero.- La comisión designada será la encar- gada de realizar todos los actos administrativos, previa aprobación de la Alcaldía, conducentes a lograr los objetivos señalados en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Luego del plazo citado la comisión presentará su informe final a la Comisión de Administración, Planificación, Economía y Finanzas, para la elaboración del dictamen correspondiente. Regístrese, comuníquese, cúmplase y dése cuenta en sesión de Concejo. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 1664MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Establecen criterios de determina- ción y monto de los Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo ORDENANZA Nº 016-MDLV La Victoria, 5 de febrero de 1999 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Victoria en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 004-MDLV se aprobó la Ordenanza Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de La Victoria, con la finalidad de facilitar su administración, y para garantizar su equitativa distribución entre los contri- buyentes; Que, la citada ordenanza establece que anualmente, mediante Ordenanza y de conformidad con el Artículo 69° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, se aprobará los criterios de determinación y las tasas o los importes fijos de los arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, asimismo el Artículo 12° establece que el Arbitrio de Serenazgo comprende el cobro por mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública, protección civil y atención de emergencias, en procura de la seguridad ciuda- dana; Que, la Municipalidad Distrital de La Victoria prestará a los vecinos del distrito los servicios que comprende el referi- do arbitrio; Que, resulta necesario establecer los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 1999; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 36°, y los Artículos 109º, 110º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley N° 23853, ha dado la siguiente; ORDENANZA IMPORTE DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y SERENAZGO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 1999 PARA LA JURISDICCION DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- CRITERIOS DE DETERMINACION Para determinar los arbitrios de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines Públicos y Serenazgo a que se refiere la Ordenanza N° 004-MDLV, se ha tomado en consideración el costo total de los servicios a prestar por los referidos concep- tos. De conformidad con lo establecido en el Artículo 8° de la Ordenanza N° 004-MDLV, para el presente ejercicio se fijan como criterios de determinación de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, los si- guientes: a) El valor del predio determinado en la declaración jurada de predios. b) El uso o actividad desarrollada en el predio. Artículo 2°.- DETERMINACION DE LOS ARBI- TRIOS En aplicación de los criterios señalados en el artículo precedente, se establece, en los Anexos I y II de la presente ordenanza, el importe mensual de los arbitrios destinados a financiar los servicios mencionados en el primer párrafo del Artículo 1°.