Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 1999 (06/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de febrero de 1999

nizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto y de recibos de pago del Impuesto Predial del Ejercicio 1999. Por cada predio adicional se abonara S/. 2.60 (dos y 60/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. Articulo Segundo.- La presente ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 1602

Disponen solicitar a la Contraloria General de la Republica la ampliacion de contrato celebrado con empresa auditora encargada de evaluar los estados financieros de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-99-C/MC Comas, 21 de enero de 1999 VISTO:

Dictan disposiciones relativas a la aplicacion de sanciones y multas
ORDENANZA Nº 004-99-C/MC Comas, 2 de febrero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS POR CUANTO: Visto el Dictamen Nº 01, de la Comision de Regidores, de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, sobre la modificacion del "Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Multas" y "Texto de Infracciones Generales" aprobados por Decreto de Alcaldia Nº 004-94-A/MC, de fecha 21 de febrero de 1994; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad fue declarada en Reorganizacion Administrativa y Reestructuracion Organica por Acuerdo de Concejo Nº 001-99-C/MC; Que, se encuentra vigente el "Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Multas" y "Texto de Infracciones Generales" aprobadas por D.A. Nº 0004-94-A/MC de fecha 21.2.94; Que, lo inadecuado de este reglamento por su falta de efectividad oportuna e inmediata, ha originado un desorden total en las principales arterias de nuestro distrito, permitiendo a los infractores burlarse de las ordenanzas y reglamentos municipales, reincidiendo en sus faltas sin la sancion correspondiente; por lo que es necesario adoptar las medidas urgentes del caso a fin de viabilizar la imposicion de multas y la gestion de cobranzas de las mismas; Estando a lo dispuesto por el Art. 68º numeral 7 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 con dispensa del tramite de aprobacion del acta con el MORDAZA unanime de sus miembros, el Concejo aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Dejar en suspenso el Inc. b) del Articulo 7º del Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Multas aprobado por D.A. Nº 004-94-A/MC del 21.2.94. Articulo 2º.- Agregar el Articulo 7º del mencionado reglamento el siguiente inciso: "E) aquellos infractores que cancelen la multa impuesta dentro del plazo de 72 horas, solo abonaran el 50% de la misma". Articulo 3º.- Dejar en suspenso las funciones del Area de Calificacion y Sanciones de Multas, asignadas en el "Reglamento de Aplicacion de Sanciones y Multas", hasta la aprobacion de un MORDAZA reglamento. Articulo 4º.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 1603

En sesion ordinaria de concejo celebrada el 21 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, habiendo encontrado el municipio en una situacion economica caotica como consecuencia de una serie de manejos irregulares; Que, se han hallado documentos de gastos, no sustentados debidamente, de pagos de reintegros de remuneraciones dudosas; como es el caso MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le ha abonado un reintegro el ultimo dia del ano 1998, sabiendo los funcionarios de ese entonces la existencia de sentencia ejecutoria de la instancia Judicial Suprema, condenando a dicho servidor; Que, existiendo indicios de malversacion de fondos, asi como la sobrevaluacion en varias obras y adquisiciones; Que, aun se hallan impagos la totalidad de trabajadores tras el gobierno MORDAZA anterior, asi como ex regidores, proveedores, etc.; Que, se ha hecho uso indebido de los dineros retenidos a los trabajadores por IPSS, AFP, SUNAT, SAT, MORDAZA de Ahorros y Credito Popular de MORDAZA, etc., adeudandose por ese concepto la cantidad de 25,146,214.97 nuevos soles; Que, no existiendo un inventario actualizado, ni mucho menos el margesi de bienes muebles e inmuebles del municipio; Que, de acuerdo al Oficio Nº 001-99-OPPRI-CTI no se ha elaborado el presupuesto de apertura 1999 en forma adecuada e integral en los formatos de acuerdo a la Directiva Nº 00498-EF/7601 habiendo encontrado el presupuesto indicado sin las firmas correspondientes y no existiendo la resolucion de aprobacion que exige la ley; Que, no habiendo levantado las observaciones hechas por la Direccion de Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, habiendo la Contraloria General de la Republica mediante R. Nº 148-98-CG de fecha 3-12-98 publicado en el Diario Oficial El Peruano, designando a la firma de Auditoria "Agreda & Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil", para que examine los Estados Financieros de nuestra comuna de los periodos 1995, 1996 y 1997; De acuerdo a los Arts. 16º, 17º y 19º del D.L. Nº 26162 Ley del Sistema Nacional de Control y, en cumplimiento de la Resolucion de Contaduria Nº 075-98-EF/93.01, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; ACUERDA: Articulo Primero.- Solicitar a la Contraloria General de la Republica autorice la ampliacion de contrato a la empresa Auditora "Agreda & Asociados Contadores Publicos Sociedad Civil", a fin de que se evalue los Estados Financieros y otros aspectos del periodo 1998 de conformidad con la normativa vigente. Incluyendo la evaluacion de la Auditoria Interna, los recursos del Fondo de Compensacion Municipal y del Programa del Vaso de Leche, entre otros. Articulo Segundo.- Apoyar todos los actos administrativos y judiciales que realice el MORDAZA que conlleven a aplicar sanciones ejemplares a aquellos funcionarios y ex autoridades, que hayan cometido delitos tales como: malversacion, apropiacion ilicita de fondos, etc., en agravio de la comuna, previa investigacion correspondiente, comunicando oportunamente a la Contraloria General de la Republica. Articulo Tercero.- Iniciar la apertura del MORDAZA administrativo disciplinario contra los que resulten responsables de irregularidades, asi como formular la denuncia penal, ante el Ministerio Publico. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 1604

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