Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 1999 (12/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 12 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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Visto, el Expediente Nº 32072298 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1201889 y 1213414, presentado por la concesionaria Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 7357, 7505, 7584 y 7591, ubicadas en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de distribucion electrica Nºs. 7357, 7505, 7584 y 7591; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0395-PCM prorrogado por el Decreto Supremo Nº 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 217-98-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 7357, 7505, 7584 y 7591, ubicadas en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 23 y 24 de noviembre de 1998. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 0724 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 655-98-EM/VME MORDAZA, 30 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente Nº 32070498 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1188662, 1199904 y 1212104, presentado por Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. EDELNOR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 0579 y 8720, ubicadas en el distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 0579 y 8720; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0395-PCM prorrogado por el Decreto Supremo Nº 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las

servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 216-98-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer, a favor de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 0579 y 8720, ubicadas en el distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 4 y 5 de noviembre de 1998. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 0725

INTERIOR
Nombran comision encargada del remate por subasta publica de inmuebles incautados por trafico ilicito de drogas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0115-99-IN/0103 MORDAZA, 9 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Art. 70º del Decreto Ley Nº 22095, Ley General de Drogas, sustituido por el Art. 7º del D.L. Nº 22926, establece que los bienes incautados o decomisados definitivamente por sentencia judicial firme, seran adjudicados al Estado, y registrados en la Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministerio de la Presidencia, para que continuen en uso de las dependencias publicas a que se refiere el Art. 69º de la acotada MORDAZA legal, y aquellos bienes que no sirvan para este fin, seran vendidos en publica subasta y su producto sera depositado en el Banco de la Nacion para su inmediato ingreso al Tesoro Publico; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0189-98-IN/ 011100040200 del 5.MAR.98, se aprobo la Directiva Nº 003-98IN/011100040200, que establece las Normas y Procedimientos para la Adjudicacion Definitiva y el Remate por Subasta Publica de los Inmuebles Incautados por TID que se encuentran con sentencia judicial firme y ejecutoriada, y para cuyo efecto dispone que se nombre una Comision que estara conformada por representantes de la OFECOD, OGAJ y OGA; Que, por R.M. Nº 0359-98-IN/01110004000-F de 8.MAY.98, se nombro la Comision de Remate de Inmuebles por Subasta Publica incautados por Trafico Ilicito de Drogas, la misma que culmino sus funciones el 31.DIC.98, y siendo necesario continuar con las funciones que establece la Directiva durante el presente ano; Que, habiendose designado a los nuevos representantes de las citadas Direcciones, para conformar la Comision de Remate

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