Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 1999 (12/02/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 169800
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de febrero de 1999

Articulo 1º.- IMPONER, a favor de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 6325 y 7038, ubicadas en el distrito de Carabayllo, provincia de MORDAZA y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 19 y 20 de noviembre de 1998. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 1971 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 614-98-EM/VME MORDAZA, 16 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente Nº 32068798 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1187303, 1199467 y 1212098, presentado por la concesionaria Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 1201, 5997 y 6677, ubicadas en el distrito de La MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 1201, 5997 y 6677; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0395-PCM prorrogado por el Decreto Supremo Nº 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 202-98-EM/DGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, a favor de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 1201, 5997 y 6677, ubicadas en el distrito de La MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano, los dias 4 y 5 de noviembre de 1998. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento.

Articulo 4º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 1972 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 617-98-EM/VME MORDAZA, 17 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente Nº 32076998 que incluye los documentos con Registros Nºs. 1204978 y 1212112, presentado por la concesionaria Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 7943, 8700 y 9093, ubicadas en el distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 080-96-EM de fecha 17 de octubre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 7943, 8700 y 9093; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0395-PCM prorrogado por el Decreto Supremo Nº 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo Nº 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable Nº 206-98-EM/DGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 110º y Articulo 111º del Decreto Ley Nº 25844, Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 03-95-PCM y Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, a favor de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las servidumbres de ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Nºs. 7943, 8700 y 9093, ubicadas en el distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano, los dias 6 y 7 de noviembre de 1998. Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A. - EDELNOR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 1973 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 623-98-EM/VME MORDAZA, 18 de diciembre de 1998

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.