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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 1999 (16/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 175825 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de julio de 1999 var la eficiencia de su gestión, como la oportunidad de los servicios que brinda el Sistema Nacional de Control. 3. LINEAMIENTOS DE POLITICA Durante el proceso de formulación del Plan Anual de Audi- toría Gubernamental correspondiente al ejercicio fiscal 2000, los Organos que conforman el Sistema Nacional de Control deberán programar acciones específicas, teniendo en cuenta lo siguiente: 3.1 LINEAMIENTOS GENERALES Y ESPECIFICOS a. Programar de manera selectiva y priorizada la ejecución de auditorías a las entidades, programas o proyectos de inver- sión, relacionados con el objetivo de reducción de la pobreza y/o generación de empleo. a.1 Verificar la eficiente prestación de servicios y el acceso adecuado de los recursos destinados a la población de menores recursos, ubicadas en zonas urbano marginales, rurales y de frontera. a.2 Comprobar que el uso de los recursos asignados a Programas de Generación de Empleo, se destinen a proyectos o actividades que efectivamente garanticen la reducciòn del desempleo y sub-empleo. a.3 Verificar el uso y destino de los recursos orientados a desarrollar y mejorar la infraestructura educativa y de salud, comprobando la calidad de las áreas físicas construidas. a.4 Identificar y programar auditorías gubernamentales sobre la ejecución de recursos presupuestales destinados a prevenir, superar y contrarrestar los efectos de los desastres naturales. a.5 Cautelar que los bienes y recursos provenientes de donaciones, se utilicen adecuada y oportunamente, incidiendo en aquellos destinados a programas de asistencia social. a.6 En el sector Gobiernos Locales, auditar la gestión y uso de los recursos propios; y del Programa del Vaso de Leche, Fondo de Compensación Municipal, Canon Minero, Canon y Sobreca- non Petrolero, Derechos de vigencia de Minas y porcentaje de Renta de Aduanas, a fin de maximizar sus beneficios sociales y económicos. a.7 Examinar selectivamente, los procesos de adjudicación de tierras, teniendo en cuenta la normativa vigente y conside- rando lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal. a.8 Verificar el cumplimiento del pago de las contribuciones sociales b. Efectuar auditorías selectivas orientadas a examinar la razón de ser de la entidad, programa o proyecto de inversión. b.1 Dar prioridad a las auditorías a ser desarrolladas en operaciones, transacciones o unidades orgánicas de línea de la entidad, programa y/o proyecto de inversión, que se relacionen directamente con su rol principal, en el marco de los fines y objetivos institucionales. b.2 Orientar la rotación de énfasis de áreas de auditoría tradicional hacia áreas críticas que presenten materialidad, relevancia e impactos en la población usuaria y/o beneficiaria. b.3 Determinar si los objetivos y metas contenidos en los planes y programas institucionales, son apropiados, suficientes y pertinentes considerando los recursos humanos, económicos, financieros y materiales asignados. b.4 Cautelar la eficiencia y legalidad del accionar de las entidades generadoras, recaudadoras y administradoras de ingresos públicos. c. Efectuar la verificación y seguimiento de las medidas correctivas de los informes emitidos por los Organos de Audito- ría conformantes del Sistema Nacional de Control. c.1 Cautelar que el Titular de la entidad cumpla con dispo- ner las acciones necesarias para la implantación de las recomen- daciones y la adopción de medidas correctivas de las observacio- nes de los informes de auditoría emitidos por la Contraloría General, los OAI´s sectoriales, los OAI´s institucionales y las Sociedades de Auditoría designadas como órganos conforman- tes del Sistema Nacional de Control. c.2 Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas conducentes a la superación de las observaciones e implantación de las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría, a través de un proceso permanente y continuo, como herramien- ta importante en apoyo de la gestión institucional. d. Practicar auditorías a los estados financieros y presu- puestales de las entidades. d.1 Verificar el cumplimiento del Art. 40° de la Ley N° 26703, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, modificadapor Ley N° 26833, sobre el seguimiento de los niveles de ejecu- ción del Presupuesto autorizado y sus modificaciones. d.2 Efectuar la auditoría a la información financiera (Esta- dos Financieros y Anexos) y a la ejecución presupuestaria, en atención a la normativa específica que sobre el particular haya dispuesto la Contraloría General de la República, a efectos de su debida integración en la Cuenta General de la República. d.3 Efectuar exámenes especiales en entidades omisas a la presentación de información presupuestaria y patrimonial para la Cuenta General. d.4 Establecer las responsabilidades de funcionarios que no cumplen con remitir oportunamente la información correspon- diente a la Contaduría Pública de la Nación. e. Programar la ejecución de auditorías selectivas a entida- des, programas o proyectos, con procesos de adquisición de bienes y servicios, particularmente los casos de compras centra- lizadas. e.1 Examinar los procesos logísticos de adquisición de bie- nes y servicios, efectuados con o sin proceso licitario, con énfasis en las transacciones u operaciones de mayor materialidad eco- nómica y trascendencia operativa de la entidad. e.2 Controlar selectivamente las Licitaciones y Concursos Públicos, incidiendo prioritariamente en las exoneraciones y en los procesos de selección declarados desiertos en dos oportunida- des (Art. 19, literal f de la Ley N° 26850). f. Efectuar auditorías selectivas a los proyectos de inversión, que ejecutan recursos orientados a obras de infraestructura. f.1 Priorizar la ejecución de auditorías relacionadas con el control de los gastos de inversión, especialmente en los casos de los Sectores de Transportes, Agricultura y Presidencia, Comi- tés Transitorios de Administración Regional, Instituciones Pú- blicas Descentralizadas y Municipalidades. f.2 Verificar la razonabilidad y sustento técnico de los estu- dios de ingeniería y/o los expedientes técnicos de los proyectos de inversión ejecutados por encargo, administración directa o por contrata. f.3 Ejecutar auditorías en los sectores Educación, Salud y Saneamiento Básico, priorizando la dirección centralizada de los programas y la operación descentralizada de los servicios. f.4 Evaluar la consistencia técnica de los estudios de factibi- lidad, estudios definitivos de ingeniería, estudios técnico-econó- micos y/o expedientes técnicos aprobados, cuya ejecución física aún no se ha iniciado; así como verificar el cumplimiento de la aplicación de las Normas Técnicas de Control Interno 400-08, 600-01, 600-02 y 600-03 aprobadas con Resolución de Contra- loría N° 072-98-CG de 26. Jun.98; accionar que permitirá con- solidar el rol que le corresponde desarrollar a los OAI’s en apoyo al mejoramiento continuo de la calidad del gasto público y su impacto sobre la sociedad; sin desmedro de las auditorías de mayor alcance que, posteriormente, puedan practicar los Orga- nos de Auditoría del Sistema Nacional de Control, bajo las pautas de la normativa que rige el ejercicio de la auditoría gubernamental. g. Cautelar selectivamente que la entidad cuente con una adecuada estructura de control interno. g.1 Incidir en el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Interno, verificando la existencia de los mecanismos de cautela establecidos en la entidad, programa y/o proyecto a fin de preservar su patrimonio. g.2 Incorporar en los programas de auditoría, procedimien- tos específicos para evaluar la estructura del control interno. h. Cautelar en forma selectiva la defensa y protección del medio ambiente y de los recursos naturales. h.1 Programar auditorías de gestión ambiental y recursos naturales, evaluando además, si las entidades competentes en esta materia han dictado normas y adoptado acciones oportu- nas para la preservación, conservación y/o mitigación del daño ambiental. i. Examinar selectivamente el adecuado uso y destino de los recursos provenientes del endeudamiento interno y externo. i.1 Cautelar que los recursos provenientes del endeuda- miento interno y externo se utilicen de acuerdo a las cláusulas contenidas en los Contratos de Préstamo o Convenios suscritos. i.2 Verificar el cumplimiento de las metas físicas y financie- ras anuales y globales de los proyectos de inversión financiados con endeudamiento externo. j. Cautelar selectivamente la transparencia de los procesos de privatización.