Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 1999 (16/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 1999

1º.- Oficializar el "Taller Internacional de Comunicacion en Salud", organizado por la Organizacion Panamericana de la Salud, evento que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 12 al 17 de MORDAZA de 1999. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 9363

De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- En via de regularizacion, delegar en la persona del senor MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Austria, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, el "Contrato de Prestamo con The OPEC Fund for International Development hasta por 4 millones de dolares, destinado a cofinanciar el Programa Global de Credito para la Microempresa a cargo de la Corporacion Financiera de Desarrollo -COFIDE-". 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor MORDAZA Chauny de Porturas Hoyle, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Austria. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 9365

Autorizan viaje de funcionario diplomatico a los Estados Unidos, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 319-99-RE MORDAZA, 11 de MORDAZA de 1999 Considerando que es necesario autorizar el viaje, en comision de servicios, de un funcionario diplomatico a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, el 9 de MORDAZA de 1999; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Skeels, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, el 9 de MORDAZA de 1999. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 1,013.94, viaticos US$ 440.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion Registrese y comuniquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 9364

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Precisan MORDAZA de aplicacion para la obligacion de las cooperativas de trabajadores y empresas especiales de servicios de obtener fianza solidaria en garantia de los derechos laborales de sus socios trabajadores y trabajadores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 107-99-TR MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-98-TR se ha establecido normas para la adecuada proteccion de los derechos y beneficios laborales de los socios trabajadores de cooperativas de trabajadores y trabajadores de las empresas especiales de servicios, respectivamente, y que fueran reglamentadas mediante Resolucion Ministerial Nº 070-98-TR; Que, la aplicacion de dichas disposiciones en el tiempo ha determinado la necesidad de establecer algunas precisiones que permitan el cumplimiento efectivo y equitativo de las obligaciones en ellas comprendidas; En uso de las facultades conferidas y en aplicacion del Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MORDAZA de aplicacion La fianza a que se refieren los Articulos 5º y 7º del Decreto Supremo Nº 004-98-TR, solo sera exigible para aquella cooperativa de trabajadores o empresa especial de servicios que incumpla con su obligacion de pago de los beneficios y derechos laborales de su socio trabajador o trabajador, segun corresponda. La cooperativa de trabajadores y la empresa especial de servicios debera mantener vigente la fianza mientras subsista el incumplimiento. Articulo 2º.- Casos de incumplimiento de beneficios y derechos laborales El incumplimiento de los beneficios y derechos laborales por parte de la cooperativa de trabajadores y empresa especial de servicios, a que se refiere el articulo anterior, quedara acreditado en los siguientes casos: a) Con la resolucion administrativa firme que determine un incumplimiento de las obligaciones laborales como resultado de un procedimiento de inspeccion del trabajo.

Delegan facultades para suscribir Contrato de Prestamo destinado a cofinanciar el Programa Global de Credito para la Microempresa a cargo de COFIDE
RESOLUCION SUPREMA Nº 320-99-RE MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1999 Visto el Memorandum (OCI) Nº 772, de 12 de MORDAZA de 1999, de la Oficina de Cooperacion Internacional, del Ministerio de Relaciones Exteriores; Habiendose suscrito el "Contrato de Prestamo con The OPEC Fund for International Development hasta por 4 millones de dolares, destinado a cofinanciar el Programa Global de Credito para la Microempresa a cargo de la Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE-";

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