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Pág. 173947 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de junio de 1999 cidos por el último párrafo del Art. 78º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 039-98-PCM, por lo que su propuesta fue rechazada, notificándoseles mediante carta de fecha 27 de abril de 1999; Que, habiendo quedado válida una única oferta, el Comité Especial declaró desierto el Concurso Público Nº 001-99-CE/MDB - Segunda Convocatoria, Servicios de Barrido de Calles; Que, ante estas circunstancias y habiéndose declarado desierto en dos (2) oportunidades el citado concurso, se hace necesario aprobar la Exoneración del Proceso de Selección, para la adquisición del Servicio de Barrido de Calles, de acuerdo a las formalidades de los procedi- mientos no sujetos a Licitación y Concurso Público, tal como lo dispone el Artículo 20º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo ser aprobado por resolución de la máxima autoridad de la entidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley de Presupuesto del Sector Público Nº 27013, la Ley Nº 26850 y D.S. Nº 039.98-PCM, Ley y Reglamento de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y con las atribuciones conferidas al señor Alcalde mediante la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en vía de exoneración, la Adquisición de Servicios de Barrido de Calles, en la jurisdicción del distrito de Breña, a partir del 1 de mayo al 31 de diciembre de 1999, bajo la modalidad de Adjudi- cación Directa de Menor Cuantía, por las razones ex- puestas en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo Segundo.- Disponer que el órgano encar- gado responsable realice las acciones pertinentes a fin de proceder a la adquisición de los servicios citados, a través de los procedimientos ordinarios, por el período señalado en el numeral precedente de la presente reso- lución. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Admi- nistración haga de conocimiento de la presente resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la ley. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano a través de la Secretaría General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 7341 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan plazo para el pago de Arbi- trios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDIA Nº 016/99-MDCH Chorrillos, 1 de junio de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de mayo de 1999, vencía el plazo para el pago de los Arbitrios Municipales y de la Tasa de Licencia de Funcionamiento correspondiente al año 1999, conforme lo dispuesto al Decreto de Alcaldía Nº 015/99- MDCH;Que, existen innumerables solicitudes en el sentido de que se prorrogue la fecha de vencimiento para los pagos de los Arbitrios Municipales y de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, razón por la cual es recomendable que se prorrogue dichos plazos hasta el 30 de junio del año en curso; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipali- dades Ley Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 1999, el plazo para el pago de los Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento correspondiente al año 99. Artículo 2º.- ENCARGAR a las Oficinas de Rentas, Informática y Unidad de Tesorería, el cabal cumplimiento del presente decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 7346 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 022-99-ALC/MDLV Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 022-99- ALC/MDLV, publicada en nuestra edición del día 4 de junio de 1999, en la página 173911. DICE: Resolución Nº 022-99-ALC/MDLV DEBE DECIR: Resolución Nº 0220-99-ALC/MDLV 7385 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban Régimen de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas ORDENANZA Nº 022-MMDM Magdalena del Mar, 2 de junio de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR. POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Magdale- na, en sesión extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO : Que, conforme al Artículo 115º de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 23853, las Orde- nanzas Municipales pueden establecer las sanciones de multa, decomiso y clausura por infracción de sus disposi- ciones, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar conforme a ley; Que, de acuerdo con los Artículos 116º y 117º de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Concejos Municipales