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Pág. 174210 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de junio de 1999 de 1999, ascendente a 5.53 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dentro del término establecido en el Artículo 3º de dicha resolución, encontrándose acreditado su acceso a dicho beneficio dado que la infracción sancionada fue cometida antes de la expedición del Decreto Supremo Nº 005-98-PE, por lo que su solicitud resulta procedente; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 005-98-PE, en concordancia con lo estable- cido en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 180 y 228-98-PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comisión de Sancio- nes Nº 009-99-PE/CS de fecha 11 de junio de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar PROCEDENTE el fraccionamiento de pago solicitado por PESQUERA YAGO S.A.C., respecto de la multa ascendente a 5.53 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), impuesta mediante Resolución Comisión de Sanciones Nº 118-99-PE/CS del 25 de mayo de 1999. Artículo 2º.- El pago fraccionado de la multa será efectuado en seis (6) cuotas mensuales de 0.971 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) cada una, monto que incluye el interés compensatorio correspondiente al 50% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN), disponiéndose que el pago de las referidas cuotas mensuales tendrá como fechas de vencimiento el día 14 de cada mes, iniciándose dicho período el día 14 de junio y concluyendo el día 14 de noviembre de 1999. Artículo 3º.- El importe de las cuotas deberá ser abonado en el Banco de Lima, Cuenta Corriente Nº 00-044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, siendo que el incumplimiento del pago a la fecha límite de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternas, conducirán a la extinción automática del beneficio otorgado, aplicándose al monto de la multa el interés moratorio desde la fecha de su exigibilidad, ascendente al 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente a la fecha del incumplimiento; los pagos efectuados durante el fraccionamien- to se computarán como pagos a cuenta y serán descontados del monto total adeudado resultante de aplicar a la multa impuesta los intereses compensatorios, el saldo insoluto que resulte de tal operación será materia de cobro coactivo. Artículo 4º.- La recurrente deberá acreditar el depósito correspondiente al pago de cada cuota mensual ante la Comi- sión de Sanciones, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días calendario, contados a partir de la fecha de vencimiento de cada cuota. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a la Oficina General de Administración del Ministerio de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ZUZUNAGA ZUZUNAGA Presidente de la Comisión de Sanciones SONIA PRADA VILCHEZ Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones JANINNE DELGADO SILVA Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones 7725 RELACIONES EXTERIORES Oficializan el II Congreso Internacional de Anestesia Cardiovascular que se llevará a cabo en la ciudad de Ica RESOLUCION SUPREMA Nº 251-99-RE Lima, 11 de junio de 1999 Teniendo en cuenta el Oficio SA-DVM Nº 522-99, del Viceministro de Salud, de 25 de mayo de 1999, mediante el cual solicita la oficialización del "II Congreso Interna- cional de Anestesia Cardiovascular", organizado por la Sociedad Peruana de Anestesiólogos Cardiovasculares, evento que se realizará en la ciudad de Ica, del 21 al 22 de agosto de 1999; De conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992;SE RESUELVE: 1º.- Oficializar el "II Congreso Internacional de Anestesia Cardiovascular", organizado por la Sociedad Peruana de Anes- tesiólogos Cardiovasculares, evento que se realizará en la ciu- dad de Ica, del 21 al 22 de agosto de 1999. 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7752 Autorizan viaje de funcionario de la Subdirección de Asia Pacífico y Oce- anía del Ministerio, a Japón, en comi- sión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 253-99-RE Lima, 11 de junio de 1999 De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, a la ciudad de Tokio, Japón, del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Francisco Tenya Hase- gawa, Jefe del Departamento de China, Corea y Japón de la Sub-Dirección de Asia Pacífico y Oceanía, del 7 al 13 de junio de 1999. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución por concepto de pasajes US$ 1,287.44, de viáticos US$ 2,080.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio- nes Exteriores. 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuesto de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7772 SALUD Aprueban Normas para la Aplicación del Proceso de Concurso para cubrir Jefaturas de Departamentos y Servi- cios de los Hospitales e Institutos Es- pecializados y Jefaturas de Centros de Salud RESOLUCION MINISTERIAL Nº 288-99-SA/DM Lima, 11 de junio de 1999 Visto el Oficio SA-OGP-Nº 098-99 de la Oficina General de Planificación;