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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (18/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 174370 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de junio de 1999 Ministerio de la Presidencia y agradecer el generoso gesto de solidaridad con el pueblo de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7965 Aceptan donación efectuada por la Unión Europea a favor de proyecto de alimentación de agua potable para pue- blos jóvenes de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 153-99-PRES Lima, 14 de junio de 1999 Vista la Carta Nº 295-99/ALA-APPJ de fecha 18 de mayo de 1999, del Codirector Europeo y el Codirector Peruano del Proyecto "Alimentación de Agua Potable Para los Pueblos Jóvenes de la Ciudad de Lima" - APPJ; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Convenio ALA 92/07 de Financiación suscrito entre la Comisión de las Comunidades Europeas y la República del Perú el 15 de setiembre de 1992, se viene ejecutando obras de infraestructura y capacitación sanitaria para dotar de agua potable a los Pueblos Jóvenes de la Ciudad de Lima; Que, en el Plan Operativo Anual de 1999, aprobado por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDA- PAL y la Delegación de la Comisión de las Comunidades Europeas en el Perú mediante Carta Nº 252-D/99 del 29 de marzo de 1999; se contempla la dotación de un vehículo para uso del proyecto; Que, mediante Carta Nº 414/D/99, de fecha 14 de mayo de 1999, el Jefe de la Delegación de la Comisión Europea en el Perú, ha otorgado al Proyecto el Certificado de Donación de (1) automóvil Volkswagen en base al Conocimiento de Embarque Nº TMMUACYII01SO178, el mismo que será destinado al servicio de las actividades del Proyecto: "Alimentación de Agua Potable para los Pueblos Jóvenes de la Ciudad de Lima" - APPJ, en el que SEDAPAL es la contraparte nacional; Que, la importación de bienes donados al sector público nacional se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809, respectivamente; Que, por Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, así como las donaciones por concepto de Cooperación Técnica Interna- cional, gozarán de tratamiento preferencial en el despacho de aduanas de la República por el solo mérito de la Resolu- ción Ministerial, expedida por el Titular del Sector corres- pondiente; Estando con la opinión favorable de la Oficina de Plani- ficación, Programación y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legis- lativo Nº 719 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 015-92-PCM, con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 y las facultades otorgadas por el Decreto Ley Nº 25556 y el Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR en nombre del Gobierno Perua- no, la donación efectuada por la Unión Europea, en el marco del Convenio de Financiación entre la Comisión de las Comunidades Europeas y la República del Perú, consistente en un (1) automóvil marca: Volkswagen, modelo: Vento, origen: México, año: 1999, color: Azul Batic Perlado, motor: Nº ADD 215918 - gasolinero, chasis: Nº 3VW1671H1XM246642, con un valor CIF de nueve mil trescientos noventiuno y 94/100 dólares americanos (US$ 9,391.94); a favor del Proyecto de "Alimentación de Agua Potable para los Pueblos Jóvenes de la Ciudad de Lima" - APPJ que se ejecuta en el ámbito de SEDAPAL. Artículo 2º.- Agradecer a la Comisión de las Comunidades Europeas por su valioso aporte, que redundará en el mejor cumplimiento de las metas y objetivos del Proyecto que se ejecuta en favor de las poblaciones de menores recursos. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministe- rial a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a laContraloría General de la República dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7895 Autorizan a procurador del FONCO- DES iniciar procesos judiciales con- tra personas jurídica y naturales por presuntos adeudos y perjuicio eco- nómico RESOLUCION MINISTERIAL Nº 154-99-PRES Lima, 14 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 425-99-FONCODES/DE del Director Ejecutivo del FONCODES, sobre autorización al Procurador Público Ad Hoc del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, para que interponga acción judicial contra la empresa constructora CONCISA; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de junio de 1994, el Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social -FONCODES celebró el Convenio Nº 3696-94-FONCODES, con el Núcleo Ejecutor del Proyecto denominado "Alcantarillado Canasloche" por el monto de S/. 127,490.00 íntegramente financiado por FONCO- DES, a efecto de promover la generación de empleo produc- tivo de naturaleza temporal en la población objetivo de Canasloche, ubicado en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo departamento de Lambayeque y para que dicho poblado cuente con sistema de desagüe; Que, no obstante que el Núcleo Ejecutor contrató los servi- cios de la empresa constructora CONCISA para la construcción del Alcantarillado de la Comunidad de Canasloche la obra quedó paralizada con un adeudo del contratista de S/. 13,538.65 (trece mil quinientos treintiocho y 65/100 Nuevos Soles) corres- pondiente al saldo de la obra no ejecutada; Que, para restituir dicho monto más los intereses ge- nerados, con fecha 2 de enero de 1998, don Manuel Zamora Capelli, en su calidad de Gerente General de la empresa CONCISA se comprometió a la devolución de S/. 16,908.83 (dieciséis mil novecientos ocho y 83/100 Nuevos Soles) de cuyo importe sólo ha abonado S/. 2,000.00 (dos mil con 00/100 Nuevos Soles), quedando un adeudo de S/. 14,908.83 (catorce mil novecientos ocho y 83/100 Nuevos Soles), que no ha cumplido con pagar, pese al tiempo transcurrido; Que, en consecuencia debe autorizarse al Procurador Público respectivo para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones judiciales correspondientes ten- dientes al recupero de S/. 14,908.83 (catorce mil novecientos ocho 83/100 Nuevos Soles), más intereses legales contra la empresa constructora CONCISA; Que, por Resolución Suprema Nº 51-99-JUS, se ha desig- nado al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzales como Procura- dor Público Ad Hoc para que asuma la representación y defensa de los derechos e Intereses del Estado en todos los procesos judiciales en los que el Fondo Nacional de Compen- sación y Desarrollo Social - FONCODES es parte; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzales, Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES para que en representación y defensa del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes contra la empresa constructora CONCISA, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al men- cionado Procurador Público para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7896