Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 1999 (18/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 18 de junio de 1999

Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Woll MORDAZA como Presidente del Comite Especial encargado de la entrega en concesion al sector privado del Proyecto "Concesion del Estado MORDAZA San Lorenzo". Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria y el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 8019

Articulo 1º.- Otorgar a PESQUERA EXALMAR S.A., licencia de operacion, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, con destino al consumo humano indirecto, a traves de su planta de harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, con la siguiente capacidad instalada: Harina de pescado : 60 t/h de procesamiento de materia prima Articulo 2º.- PESQUERA EXALMAR S.A., debera operar su planta de harina de pescado con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control de MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como debera cumplir con ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en su Estudio de Impacto Ambiental calificado favorablemente por la Direccion del Medio Ambiente a traves del Oficio Nº 095-99-PE/DIREMA de fecha 12 de febrero de 1999. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado. Articulo 4º.- Incorporar al Anexo I "Plantas de Procesamiento Pesquero - Harina de Pescado" de la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, la planta de harina de pescado perteneciente a la empresa PESQUERA EXALMAR S.A. ubicada en Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA con la capacidad verificada que se detalla a continuacion, conforme a lo indicado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral.
RAZON SOCIAL Ubicac. Tolva Capacidad verificada Nº Cap (t) Cocinador Prensa Secador Planta 1.5 62.5 60.0 63.0 60.0

Otorgan a empresa licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 071-99-PE/DNPP MORDAZA, 16 de junio de 1999 Visto el expediente de registros Nº CE-00021003 con escritos de fechas 18 de marzo y 13 de MORDAZA de 1999, presentados por PESQUERA EXALMAR S.A. CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º, inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la licencia correspondiente, el que constituye un derecho que el Ministerio de Pesqueria otorga a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 028-99-PE/DNPP de fecha 15 de marzo de 1999, se otorgo a PESQUERA EXALMAR S.A., autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos para la obtencion de harina de pescado, con una capacidad de 60 t/h de procesamiento de materia prima, por cambio de ubicacion de la autorizacion para la instalacion de una planta y traslado fisico parcial de la planta de harina de pescado, del distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA y del distrito de Caleta de Carquin, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, respectivamente, al Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que, mediante los escritos del visto PESQUERA EXALMAR S.A. solicita licencia de operacion para su planta de harina de pescado instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Puerto Malabrigo, distrito de Razuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad; Que la Direccion del Medio Ambiente, mediante Oficio Nº 095-99-PE/DIREMA de fecha 12 de febrero de 1999, senala que ha recaido calificacion favorable sobre el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Direccion de Normas de la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nºs. 051-99-PE/DNPP-Dn y 079-99-PE/ DNPP-Dn de fechas 5 y 29 de MORDAZA de 1999, respectivamente, que sustentan la procedencia tecnica de lo solicitado y que senalan que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE; y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los Articulos 43º, inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los Articulos 55º, 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, la Resolucion Ministerial Nº 322-95-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE;

PESQUERA Puerto 1 EXALMAR S.A. Malabrigo

Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion Regional de Pesqueria Trujillo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 7888

Modifican resolucion referida a licencia de operacion para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 072-99-PE/DNPP MORDAZA, 16 de junio de 1999 Visto el escrito con registro Nº 02498003 de fecha 13 de MORDAZA de 1999, presentado por PESQUERA EXALMAR S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 183-95-PE, de fecha 3 de MORDAZA de 1995, se otorgo a la EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. -PESCA PERU- licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos para la produccion de harina de pescado, en su Unidad Operativa Nº 3605, ubicada en el distrito de Caleta de Carquin, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 114 t/h de procesamiento de materia prima; Que la Resolucion Directoral Nº 206-98-PE/DNPP de fecha 25 de noviembre de 1998, se autorizo, el cambio de nombre del titular de la licencia de operacion de la planta de procesamiento de productos hidrobiologicos otorgada a EMPRESA NACIONAL PESQUERA S.A. - PESCA PERU en su Unidad Operativa Nº 3605 a traves de la Resolucion Ministerial citada en el considerando anterior, a favor de PESQUERA EXALMAR S.A.;

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