Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 1999 (18/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 18 de junio de 1999
ARTICULO IX

NORMAS LEGALES

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Cada Parte otorgara las facilidades necesarias para la entrada, permanencia y salida de su territorio de las personas designadas por la otra Parte para participar en cualquier actividad en virtud del presente Convenio. Estos participantes se someteran a las disposiciones migratorias, fiscales, sanitarias y de seguridad nacional vigentes en el MORDAZA receptor y no podran dedicarse a ninguna actividad ajena a sus funciones sin la previa autorizacion de las autoridades competentes. ARTICULO X Se establecera una Comision Peruano-Cubana sobre Cooperacion Cultural, Cientifica y Educativa, con la participacion de igual numero de representantes por cada parte, la cual se reunira bianualmente, alternando sedes en ambos paises. Esta Comision MORDAZA una evaluacion periodica del curso del presente Convenio, propondra las medidas necesarias para su implementacion progresiva, aprobara nuevas propuestas y revisara las areas prioritarias; asimismo, estudiara y acordara otras formas de cooperacion. ARTICULO XI El presente Acuerdo puede ser enmendado con el consentimiento de las Partes y a propuesta de cualquiera de ellas. La enmienda se realizara mediante el intercambio de Notas Diplomaticas. ARTICULO XII Las Partes podran desarrollar convenciones complementarias en aplicacion del presente Convenio, el cual servira de base. ARTICULO XIII Las controversias que puedan surgir entre las Partes, como consecuencia de la implementacion o de la interpretacion de este Convenio, seran resueltas mediante negociaciones directas entre las Partes. ARTICULO XIV El presente Convenio entrara en MORDAZA en la fecha de recibo por la via diplomatica de la MORDAZA notificacion sobre el cumplimiento de los respectivos procedimientos para su entrada en vigor. El presente Acuerdo tendra una vigencia indefinida y podra ser denunciado en cualquier momento, por escrito y por la via diplomatica, por cualquiera de las Partes. La denuncia surtira efecto a los seis (6) meses de la fecha de recibo de dicha notificacion. A menos que sea acordado de otra forma por las Partes, la denuncia del presente Convenio no afectara la continuidad de los programas que se esten ejecutando. ARTICULO XV A partir de la entrada en MORDAZA del presente Convenio, quedara sin efecto el Convenio de Cooperacion Cultural y Educativa entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA suscrito en La Habana, el veintiuno de MORDAZA de mil novecientos setentiseis. Hecho en La Habana, el dia quince de febrero de mil novecientos noventinueve, en dos ejemplares originales. (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU (Firma) POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE MORDAZA 8010

Debiendo realizarse la Reunion Tecnica Preparatoria de la "IX Conferencia de Esposas de Jefes de Estado y de Gobierno de las Americas", en la MORDAZA de Ottawa, Canada, del 6 al 9 de MORDAZA de 1999; Considerando la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1489, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores de 9 de junio de 1999; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la Delegacion peruana que participara en la Reunion Tecnica Preparatoria de la "IX Conferencia de Esposas de Jefes de Estado y de Gobierno de las Americas", a realizarse en la MORDAZA de Ottawa, Canada, del 6 al 9 de MORDAZA de 1999, integrada por los siguientes funcionarios: - Doctora MORDAZA Schenone Ordinola, Asesora del Despacho de la Primera Dama, quien la presidira; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Embajada el Peru en Canada; y, - Primera Secretaria en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pena Doig, Jefa del Departamento de la Mujer, Pobreza de la Direccion de Asuntos Sociales y Humanitarios. 2º.- Los gastos por la participacion de la doctora MORDAZA Schenone Ordinola, seran cubiertos por su respectivo Sector. 3º.- La participacion del Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ocasionara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 4º.- Los gastos de la Primera Secretaria MORDAZA MORDAZA Pena Doig, por concepto de pasajes US$ 1,144.68, viaticos US$ 1,100.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 8021

Modifican periodo de labores de delegacion que viajo a Ecuador para continuar con tareas de demarcacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 265-99-RE MORDAZA, 17 de junio de 1999 Vista la Resolucion Suprema Nº 0175-RE, de 19 de MORDAZA de 1999, que designo a la Delegacion peruana que continuo con las labores de demarcacion en los sectores de Cusumasa Bumbuiza-Yaupi MORDAZA y Cunhuime Sur-20 de Noviembre, desde su base de operaciones en la localidad de Gualaquiza, Republica del Ecuador, del 20 de MORDAZA al 19 de MORDAZA de 1999; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- En via de regularizacion, modificar la fecha de duracion de las labores de la Delegacion peruana, que viajo a la localidad de Gualaquiza, Republica del Ecuador, consignada en el punto 1º de la Resolucion Suprema Nº 0175-RE, de 19 de MORDAZA de 1999, debiendo ser del 20 de MORDAZA al 14 de MORDAZA de 1999, a excepcion del ingeniero MORDAZA Gozar MORDAZA, que debera ser del 20 de MORDAZA al 17 de MORDAZA de 1999.

Designan delegacion que participara en evento preparatorio de la IX Conferencia de Esposas de Jefes de Estado y de Gobierno de las Americas, a realizarse en Canada
RESOLUCION SUPREMA Nº 264-99-RE MORDAZA, 17 de junio de 1999

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