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Pág. 174371 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de junio de 1999 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 155-99-PRES Lima, 14 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 524-99-FONCODES/DE, contratos y copias de documentos, remitidos por la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES; CONSIDERANDO: Que, con el Oficio de visto de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, adjunto al cual se remiten el Convenio 304165 "Carretera El Molino Quinden Bajo" e Informes Técnicos, se aprecia que Wilder Tito Alayo Mendoza y Walter Cáceres Linares fueron promotores y firmantes de los documentos del expediente técnico presentado a FONCODES para la ejecución del proyecto "Carretera El Molino Quinden Bajo", obra imposible de ejecutar por carecer de objetivo específico; y que dicho convenio tuvo como Inspector al Ing. Eloy Vargas Guevara, quien posteriormente fue reemplazado por el Ing. César Cabrera Villa, el mismo que a su vez fue reemplazado por José Oscar Estraver Ramírez; además, se desempeñó como Supervisor de Proyectos el Ing. Jorge Vásquez Bazán; Que, habiéndose detectado hechos irregulares que cons- tituyen motivo de responsabilidad civil, por haberse ocasio- nado daños y perjuicios a FONCODES debido a responsabi- lidad extracontractual, así como a incumplimiento de obliga- ciones contractuales, es necesario autorizar al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzales, Procurador Público Ad Hoc en- cargado de los Asuntos Judiciales del FONCODES, para que en nombre y representación del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales pertinentes contra las referidas personas obligadas a resarcir civilmente a FONCODES; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzales, Procurador Público Ad Hoc encargado de los Asuntos Judiciales del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, para que en representación y defensa del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra Wilder Tito Alayo Mendoza, Walter Cáce- res Linares, Eloy Vargas Guevara, César Cabrera Villa, José Oscar Estraver Ramírez y Jorge Vásquez Bazán, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al men- cionado Procurador Público para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7897 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 156-99-PRES Lima, 14 de junio de 1999 Visto, el Oficio Nº 557-99/FONCODES-DE del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, solicitando la interposición de acciones judiciales contra ex miembros del Núcleo Ejecutor Central del Programa de Apoyo a la Educación 1996 y Programa Social de Desayunos Escolares 1997. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Auditoría Interna del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, efectuó un Examen Especial al Programa de Apoyo Social a la Educación 1996 (PASE 96) y al Programa Social de Desayu- nos Escolares 1997 (PSDE 97) a raíz de lo cual ha emitido el Informe Nº 008-98-FONCODES/OAI; Que, el mencionado informe de control da cuenta de la pérdida de S/. 28 030.00, de los recursos del Programa de Apoyo Social a la Educación - PASE 1996, a consecuencia de un asalto y robo provocado por la negligencia de los responsables del Núcleo Ejecutor Central de ese Progra- ma;Que, para la restitución de dichos fondos debe deman- darse al Ing. Rodolfo Escudero Whu Ching y al CPC Juvenal Arboleda Cortez, Presidente y Gerente de Ope- raciones, respectivamente, del Núcleo Ejecutor Central del IPASE 96, pues de conformidad con el Convenio de financiamiento y ejecución de dicho Programa, el Núcleo Ejecutor Central es responsable por la buena utilización de los recursos proporcionados por FONCODES, habién- dose pactado también que, en caso de negligencia en el cumplimiento de sus funciones el NEC es responsable por la pérdida de los fondos, insumos y/o bienes de los Progra- mas, siendo la reposición de su exclusiva responsabili- dad; Que, asimismo se ha hallado responsabilidad penal en don Guido Ayala Macedo, ex Jefe de la Unidad de Capacita- ción del Núcleo Ejecutor Central, por haberse apropiado ilícitamente de S/. 5 896.50, de los recursos del Programa Social de Desayunos Escolares 1997; Que, en consecuencia, debe autorizarse al Procurador Público respectivo para que interponga las acciones judicia- les contra las personas referidas precedentemente; Que, por Resolución Suprema Nº 51-99-JUS, se ha desig- nado al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzales como Procura- dor Público Ad Hoc para que asuma la representación y defensa de los derechos e intereses del Estado en todos los procesos judiciales en los que el Fondo Nacional de Compen- sación y Desarrollo Social - FONCODES es parte; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Dr. Walter Pedro Gutiérrez Gonzales, Procurador Público Ad Hoc del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales respectivas contra el Ing. Rodolfo Escude- ro Whu Ching, el CPC Juvenal Arboleda Cortez y don Guido Ayala Macedo, por los hechos expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al mencionado Procurador Público los antecedentes del caso para los fines a que se contrae esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7898 PESQUERIA Designan Presidente del Comité Espe- cial encargado de entregar en conce- sión al sector privado el Proyecto "Con- cesión del Estado Isla San Lorenzo" RESOLUCION SUPREMA Nº 094-99-PE Lima, 16 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 062-99-PE del 28 de abril de 1999, se constituyó el Comité Especial encargado de la entrega en concesión al sector privado del Proyecto "Concesión del Estado Isla San Lorenzo"; Que, el señor Lizandro Paredes Infante ha presentado renuncia al encargo encomendado; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 674; y la Ley Nº 27111; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Lizandro Paredes Infante al encargo encomendado median- te Resolución Suprema Nº 062-99-PE del 28 de abril de 1998 como Presidente del Comité Especial encargado de la entre- ga en concesión al sector privado del Proyecto "Concesión del Estado Isla San Lorenzo", dándole las gracias por los servi- cios prestados.