Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 1999 (18/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 174382

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de junio de 1999

MORDAZA discordante del senor Consejero Abogado MORDAZA MORDAZA Nunez, en el MORDAZA Disciplinario Nº 018-97-CNM, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Juzgado Mixto de la provincia de Luya - Lamud, comprension del Distrito Judicial de Amazonas. Considerando: 1º.- Que, el MORDAZA al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se abrio a denuncia de parte. 2º.- Que, los hechos atribuidos al denunciado ocurrieron el ocho de junio de mil novecientos noventa y cinco, o sea, que a la fecha han transcurrido tres anos y once meses. 3º.- Por lo que de conformidad con el Articulo doscientos cuatro de la Ley Organica del Poder Judicial, la accion por la inconducta funcional del denunciado se halla prescrito. 4º.- Y como por la comision del delito penal, se halla en tramite; el MORDAZA del suscrito es porque se declare prescrita la accion en cuanto a la inconducta funcional del denunciado; y, con respecto al MORDAZA final que se le sigue, se este a lo que se resuelva en el mismo. SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7891

Articulo Segundo.- La citada profesional presentara a su retorno, a la Unidad de Supervision y Desarrollo y a la Escuela Nacional de Control, un informe sobre las caracteristicas, contenido y conclusiones de su participacion; asi como un ejemplar del material tecnico obtenido, dentro de los quince dias siguientes a la culminacion de la comision de servicios. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue la presente comision, seran asumidos por el presupuesto de la Contraloria General de la Republica, segun el detalle siguiente: Pasajes : US$ 820.05 (Ochocientos veinte y 05/100 dolares americanos) Viaticos : US$ 2,340.00 (Dos mil trescientos cuarenta y 00/100 dolares americanos)

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derechos a exoneracion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica

Designan sociedades de auditoria Autorizan viaje de profesional a Holan- encargadas de examinar estados fida para participar en el Taller del Grupo nancieros de entidades solicitantes de de Trabajo en Auditoria del Medio Am- concurso publico de meritos RESOLUCION DE CONTRALORIA biente de la INTOSAI Nº 073-99-CG
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 068-99-CG MORDAZA, 14 de junio de 1999 Vistos; la comunicacion Nº I 52R de fecha 15.FEB.99, remitida por la Corte de Auditoria de Holanda, la Hoja Informativa Nº 019-99-CG/DECI-CIN del Area de Cooperacion Internacional y Memorando Nº 230-99-CG/ADF. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, la Corte de Auditoria de Holanda ha invitado a la Contraloria General de la Republica a participar en el Taller del Grupo de Trabajo en Auditoria del Medio Ambiente de la INTOSAI, el cual se llevara a cabo en la MORDAZA de La MORDAZA, Holanda, los dias 17 y 18 de junio del ano en curso; Que, es atribucion de la Contraloria General, realizar auditorias al Ambiente y a los Recursos Naturales de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27066, habiendo desarrollado actividades importantes en esta materia, como son la coorganizacion del curso de Auditoria del Medio Ambiente OLACEFS, la organizacion de la V Reunion del Grupo de Trabajo de Medio Ambiente de INTOSAI en 1998 y el encargo encomendado en la XVI INCOSAI de conducir la coordinacion de los Grupos Regionales de OLACEFS CAROSAI, asi como el desarrollo de estudios y captacion de informacion sobre el tema a cargo de la Gerencia de Supervision y Desarrollo; Que, en ese contexto, considerando los crecientes avances y compromisos asumidos por este Organismo Contralor, el Taller del Grupo de Trabajo en Auditoria del Medio Ambiente en Holanda, constituira un importante espacio para captar experiencias en este ambito de accion, por lo que resulta pertinente, la participacion de un profesional de la Contraloria General de la Republica en dicho evento; De conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 24º y 40º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162 y su modificatoria Ley Nº 27066, asi como el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje en comision de servicios de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA I de la Unidad de Supervision y Desarrollo, a la MORDAZA de La MORDAZA, Holanda, entre el 14 y el 21 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. MORDAZA, 17 de junio de 1999 Visto, el Informe Nº 05-99-CG/CE de la Comision Especial de Designacion de Sociedades de Auditoria, nombrada por Resolucion de Contraloria Nº 019-99-CG de 26 de febrero de 1999, encargada de la recepcion, apertura y calificacion de las propuestas presentadas al Concurso Publico de Meritos Nº 04-99-CG para la Designacion de Sociedades de Auditoria Externa; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de sus atribuciones la Contraloria General de la Republica, mediante publicaciones efectuadas en el Diario Oficial El Peruano los dias quince y dieciseis de MORDAZA de mil novecientos noventinueve, convoco a Concurso Publico de Meritos Nº 04-99-CG, a efecto de designar Sociedades de Auditoria para realizar treintitres (33) examenes a los estados financieros y otros aspectos de gestion de treintiun (31) entidades; habiendose recibido ciento cincuentiun (151) propuestas presentadas por setentidos (72) Sociedades de Auditoria postoras; Que, no se presentaron postores para la ejecucion de dos (2) examenes para: Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavin S.A. (1998) y Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA (ex CTAR RENOM) 1998 (Direc.Reg.Agrar. 1997 y 1998); Que, de la evaluacion practicada a los ciento cincuentiun (151) propuestas presentadas para efectuar treintitres (33) examenes a los estados financieros y otros aspectos de gestion, veintinueve (29) propuestas han sido declaradas ganadoras, fueron descalificadas setenta (70) propuestas por no reunir los requisitos exigidos en las Bases del Concurso, incumpliendo los lineamientos previstos en el Articulo 16º, asi como el inciso l) y el ultimo parrafo del Articulo 21º, Articulos 24º y 27º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria y cincuentidos (52) propuestas no alcanzaron el primer lugar; quedando desierta la designacion de sociedades de auditoria para dos (2) entidades como resultado de la mencionada evaluacion; Que, las Sociedades de Auditoria declaradas ganadoras a la fecha de convocatoria del concurso, se encontraban inscritas en el Registro Unico de Sociedades de Auditoria RUNSA, en concordancia a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 850 de 25 de setiembre de 1996; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 11º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de

CONTRALORIA GENERAL

7960

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.