Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 1999 (18/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 18 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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compensacion economica, a que se hace referencia en el Articulo primero de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Disponer para efectos del derecho al beneficio, que los miembros de mesa de sufragio constituidos en sus respectivos locales de votacion, hayan registrado su asistencia en la hoja de control, que sera entregada por los coordinadores de local, luego de hacer entrega de los sobres conteniendo las actas electorales completas y los demas documentos especificados en la cartilla para miembros de mesa, asi como la publicacion en la MORDAZA del local, del cartel con los resultados obtenidos en la mesa de sufragio. Registrese, comuniquese y publiquese.

- Haber participado en el evento de capacitacion electoral para su mejor desempeno como miembro de mesa. (Art. 211º Ley Organica de Elecciones). - El dia MORDAZA de la eleccion, acudir a sus respectivos locales entre las 07.30 a 08.00 horas de ser el caso, mostrando el documento que lo acredite como miembro de mesa, hasta el termino de sus labores. . Quedan descalificados para recibir la compensacion economica, quienes habiendo cumplido con los requisitos precitados incurran en abandono del cargo durante el ejercicio de sus funciones. 7. PROCEDIMIENTOS

MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales DIRECTIVA Nº 001-99-GGE/ONPE DIRECTIVA DE PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS MONTOS CORRESPONDIENTES A UNA COMPENSACION ECONOMICA DE TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30.00) POR CONCEPTO DE MOVILIDAD PARA LOS MIEMBROS DE MESA O ELECTORES QUE EJERZAN DE MANERA EFECTIVA EL CARGO DE MIEMBRO DE MESA EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 1999. 1. OBJETO Establecer los requisitos y mecanismos adecuados para el otorgamiento de una compensacion economica por movilidad a favor de los miembros de mesa de sufragio que ejerzan efectivamente el cargo durante las Elecciones Municipales Complementarias 1999. 2. ALCANCE La presente Directiva es de aplicacion para las Gerencias de Administracion y Finanzas y de Gestion Electoral, asi como para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, coordinadores de local y para los miembros de mesa que ejerzan el cargo de manera efectiva, en las circunscripciones electorales provinciales y distritales, donde se realizaran las Elecciones Municipales Complementarias. 3. OBJETIVO Compensar economicamente los gastos de movilidad en que incurran los miembros de mesa de sufragio para su desempeno en las diferentes circunscripciones electorales determinadas en la convocatoria, sin perjuicio de la obligatoriedad que la ley establece para el ejercicio de sus cargos. 4. RESPONSABILIDADES El desembolso de los montos por concepto de compensacion economica, es responsabilidad de las Gerencias de Administracion y Finanzas y Gestion Electoral, asi como tambien de los jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, ODPE, y coordinadores de local de votacion, en lo que concierne a la ejecucion de los montos transferidos, cuyo mal uso conllevara a responsabilidad administrativa, civil o penal. 5. BASE LEGAL Constitucion Politica del Estado. Ley Nº 26859, Organica de Elecciones. Decreto Supremo Nº 004-99-PCM de convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias 1999. Directivas Nºs. 001 y 002-99-GAF/ONPE de procedimientos para el otorgamiento de fondos a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. 6. REQUISITOS . Haber sido sorteado como miembro de mesa de sufragio o ser elector designado en mesa para el ejercicio del cargo con arreglo a lo dispuesto por los Articulos 55º y 250º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones. . En ningun caso deberan estar inmersos en los impedimentos para ejercer el cargo (Art. 57º Ley Organica de Elecciones). . Si se trata de miembros de mesa titulares o suplentes:

El jefe de la ODPE designado por Resolucion Jefatural, es el responsable de la recepcion y entrega de los fondos de compensacion economica, aprobada a favor de los miembros de mesa de sufragio que ejercieron sus cargos de manera efectiva en las Elecciones Municipales Complementarias 1999. La Gerencia de Administracion y Finanzas, mediante oficio, informara a los jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, sobre el empoce de los recursos por concepto de movilidad para los miembros de mesa, efectuada en la cuenta corriente abierta para el manejo del presupuesto de las ODPE. Dicha accion se efectuara con una anticipacion de diez dias de la fecha de la eleccion. La utilizacion, manejo y rendicion de cuenta documentada de los fondos asignados, estara a cargo de los jefes ODPE, siendo responsables incluso del destino de los montos concedidos. Los coordinadores de local seran responsables de hacer efectivo el pago de la compensacion economica por movilidad a los miembros de mesa, el mismo dia o al dia siguiente de realizadas las elecciones, a condicion de que los mencionados miembros de mesa hayan ejercido el cargo de manera efectiva, habiendo entregado los sobres conteniendo las actas electorales completas y los demas documentos especificados en la cartilla para miembros de mesa; asi como el material electoral sobrante y la publicacion del cartel con los resultados obtenidos en mesa. En ningun caso los montos remitidos tendran destino diferente ni favoraceran a persona distinta de la que corresponda; de ser asi, se haran responsables solidarios tanto el jefe ODPE como el coordinador de local que ejecuto el pago en forma incorrecta. Para efectos de la liquidacion correspondiente, el jefe ODPE devolvera el Formato - Planilla previamente enviado desde MORDAZA, a mas tardar dentro de los 7 dias posteriores al dia de la eleccion; en el se reflejaran los montos que por concepto de compensacion economica por movilidad, hayan sido abonados a los miembros de mesa. 7961

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Autorizan participacion de fiscal en MORDAZA sobre "Tecnicas Investigativas contra la Pirateria de Software", a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 465-99-MP-CEMP MORDAZA, 17 de junio de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Los Oficios Nº 85-99-38ºFPPL-MP y Nº 88-98-38ºFPPLMP cursados por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Trigesima Octava Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA, solicitando autorizacion para participar en el MORDAZA Internacional organizado por la Organizacion Internacional Business Software Alliance (BSA) sobre "Tecnicas Investigativas contra la Pirateria de Software" a realizarse en la MORDAZA de Fort

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