Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 1999 (10/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de marzo de 1999

Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto se desprende que los ciudadanos que dicen llamarse: MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA o MORDAZA MORDAZA Loza; y, MORDAZA MORDAZA Mauleon MORDAZA o MORDAZA MORDAZA Mauleon Galleano, han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, pretendiendo inscribirse mas de una vez en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que dicen llamarse: MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA o MORDAZA MORDAZA Loza; y, MORDAZA MORDAZA Mauleon MORDAZA o MORDAZA MORDAZA Mauleon Galleano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la administracion publica y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 3218 RESOLUCION JEFATURAL Nº 047-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 18 de febrero de 1999

asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de los sujetos que han suplantado la identidad de los ciudadanos MORDAZA Cuela MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de formalizar la denuncia correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 3219 RESOLUCION JEFATURAL Nº 050-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de febrero de 1999 Visto el Informe Nº 003-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 11 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto se desprende que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en comportamiento de hacer insertar falsas declaraciones en documento publico, destinado a obtener duplicidad de inscripcion electoral; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, impropia y generica, previsto y sancionado en los Articulos 427º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Medrano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

Visto el Informe Nº 021-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 9 de febrero de 1999; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto se desprende que personas no identificadas han incurrido en comportamiento de hacer inducir a error a servidor publico y hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos MORDAZA Cuela MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huaraca; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la funcion publica y la fe publica en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la administracion publica y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 3221 RESOLUCION JEFATURAL Nº 053-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de febrero de 1999

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