Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 1999 (25/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 25 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Por unica vez, prorroguese hasta el 31/3/99 la fecha de vencimiento para el pago de la MORDAZA conductiva de los Inmuebles de Uso Comercial y Puestos de MORDAZA correspondiente a los meses de enero y febrero de 1999. Cabe indicar, que la referida MORDAZA conductiva del mes de marzo de 1999 vence tambien el 31/3/99. Articulo Cuarto.- La presente ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA CRONOGRAMA TRIBUTARIO MUNICIPAL
PAGO AL CONTADO 1) Impto. Predial 16/4/99 2) Arbitrios Municipales Limp. Pub. Parq. y Jard. TRIBUTO VENCIMIENTO PAGO FRACCIONADO TRIMESTRAL 1ER.TRIM. 2DO.TRIM. 3ER.TRIM. 4TO.TRIM. 16/4/99 30/6/99 30/9/99 31/12/99 16/4/99 30/6/99 30/9/99 31/12/99

Que, los Articulos 101º, 102º y 104º del Codigo del Medio Ambiente, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 613, establecen que a nadie le es permitido arrojar a la via publica desperdicios, desechos domesticos, industriales o residuos; siendo obligacion del Estado, a traves de los Gobiernos Locales, controlar la limpieza publica considerando necesariamente las etapas de recoleccion, transporte y disposicion final de los desechos domesticos, asi como la educacion del vecindario; a tal efecto, los Gobiernos Locales deben adoptar la medidas necesarias con la finalidad de difundir los mecanismos apropiados para la clasificacion y ubicacion de los desechos domesticos en el propio lugar de origen, segun su naturaleza; Que, es necesario establecer un horario diario para sacar los residuos o desechos que en promedio coincida con el paso del camion recolector, a fin de evitar que terceras personas derramen los desperdicios por la via publica; Que, de otro lado, el hecho de arrojar residuos solidos y desmonte en las playas constituye un dano ecologico que debe ser debidamente sancionado; Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y el inciso 4) del Articulo 134º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA - HORARIO DE RECOJO DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo Primero.- Fijese en horario de 19.00 a 23.00 horas todos los dias para que el vecindario deposite debidamente embolsados los residuos solidos o desechos en la parte frontal de su predio o local. Articulo Segundo.- Prohibase arrojar residuos solidos y/o desmonte en las playas ubicadas dentro de la jurisdiccion del distrito del MORDAZA del Mar. Articulo Tercero.- Las personas naturales y/o juridicas que incumplan voluntaria o involuntariamente, con lo dispuesto en los articulos precedentes seran sancionadas de acuerdo a la normatividad que sobre el particular se encuentre vigente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 3981

Serenazgo
3) Tasa de Lic.

de Func.
4) Impuesto de Alcabala 5) Impuesto a los juegos Hasta el ultimo dia habil del mes sgte. de transferencia Periodicidad Mensual dentro de 12 primeros

16/4/99

30/6/99

30/9/99

31/12/99

dias del mes sgte.
6) Impuesto a espectaculos publicos no deportivos A la fecha de realizacion del espectaculo: * Permanente: Al 2º dia habil semana sgte. * Eventuales: Al 5º dia habil sgte. a su realizacion. En la oportunidad Que se solicite

7) Otras tasas y derechos 8) MORDAZA

el servicio
Periodicidad

Conductiva:
- Inmuebles uso comercial Puestos de mercados de propiedad municipal.

mensual.
Ultimo dia habil De cada mes*

Establecen Regimen Tributario de la Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento
ORDENANZA Nº 012-99-A­MDMM MORDAZA MORDAZA, 22 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso 3) del los Articulos 192º y 74º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley o MORDAZA de rango equivalente; Que, el Articulo 200º de la Constitucion establece que tienen rango de ley las ordenanzas municipales. Por consiguiente, mediante estas se ejercera la potestad tributaria de los gobiernos locales; Que, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA ejerce su funcion normativa, entre otros dispositivos, a traves de ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA precitada; Que, de acuerdo con lo que dispone el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, las tasas son tributos creados por los Concejos Municipales; Que, mediante Edicto Nº 188/MML que regula la Tasa de Licencia para MORDAZA Metropolitana se faculta a las Municipalidades Distritales a adecuarse a lo establecido en el mismo; Que, mediante Edicto Nº 004-94-A-MDMM, aprobado en Sesion de Concejo de 16 de marzo de 1994, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA establecio la Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento en el distrito; Que, es necesario adecuar el referido edicto distrital al ordenamiento legal vigente, en concordancia con lo esta

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Fijan horario para el recojo de residuos solidos y desechos en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 011-99-MDMM MORDAZA MORDAZA, 22 de marzo de 1999 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad a los incisos 1) y 12) del Art. 66º la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 23853, son funciones de las municipalidades normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental; asi como, ubicar las areas para la acumulacion de basura;

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